JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 13/2022

RESOL-2022-13-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2020-01576276- -APN-DNO#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 27.431 y sus modificatorios y el Decreto Nº 167 del 2 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que a través del artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorios, incorporado como artículo sin número a la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a crear UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y la asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que esas Unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.

Que mediante el Decreto Nº 167 del 2 de marzo de 2018 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorios, y a designar a sus titulares, previa intervención de LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la citada norma se establece que las UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS deberán contemplar el plazo en que las mismas cumplimentarán los objetivos que se le asignen y estarán a cargo de un funcionario cuyo nivel no podrá exceder el correspondiente a Secretario de Estado, cuya determinación será dispuesta juntamente con la creación de dicha Unidad.

Que en ese marco, mediante el artículo 1° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 9 del 29 de enero de 2020, se creó la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “EL ESTADO EN TU BARRIO”, con el objeto de coordinar y articular, con el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y con las jurisdicciones y organismos participantes en la instrumentación del programa “EL ESTADO EN TU BARRIO”, acciones, proyectos y propuestas que faciliten el acceso de los ciudadanos a los servicios del ESTADO NACIONAL; colaborar en la articulación de capacidades de gobierno que respondan a necesidades de la ciudadanía; promover en la órbita del ESTADO NACIONAL una cultura de servicio al ciudadano, abordada desde el diseño de los planes de gestión, su implementación, los puntos de contacto, los canales de participación y la comunicación; y coordinar las actividades en torno a la formulación, ejecución y seguimiento de los compromisos adoptados por el gobierno en los estándares de atención al ciudadano.

Que conforme el artículo 4° de la citada resolución, la Unidad creada quedará disuelta el 31 de diciembre de 2021.

Que en tal sentido y en virtud de que las circunstancias que le dieron origen se encuentran en pleno curso de ejecución y que sus objetivos no se encuentran agotados, deviene indispensable que la Unidad creada mantenga su vigencia en forma ininterrumpida de acuerdo a lo informado por su titular (v. IF-2022-03939616- APN-UEETEB#JGM).

Que conforme el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorios, incorporado a la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) resulta la necesidad de contar con la autorización en la Ley de Presupuesto del año correspondiente.

Que, sobre el particular, el proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal 2022, enviado al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN por el PODER EJECUTIVO NACIONAL el 15 de septiembre de 2021 no recibió la aprobación de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS (conforme sesión del 17 de diciembre de 2021).

Que, acontecido el rechazo legislativo antes mencionado, el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante el artículo 1º del Decreto Nº 882 del 23 de diciembre de 2021 estableció que a partir del 1° de enero de 2022 rigen, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 5 de enero de 2022 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.591 antes mencionada, contemplándose en su distribución las partidas correspondientes a la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “EL ESTADO EN TU BARRIO”.

Que a los fines de que la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “EL ESTADO EN TU BARRIO” pueda pervivir dado lo imprescindible de su continuidad en el contexto actual y en el marco de los objetivos específicos que dieron lugar a su creación, deviene necesario el dictado de la presente medida.

Que mediante IF-2022-05177378-APN-SSL#JGM la DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 167/18 y en la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 9/20.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada a partir del 1º de enero del año 2022 la vigencia de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “EL ESTADO EN TU BARRIO” creada en el ámbito de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por el artículo 1° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 9 del 29 de enero de 2020, hasta su autorización en la próxima ley de presupuesto, o hasta el cumplimiento del objetivo para el cual fue creada si se realiza con anterioridad.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes a Jefatura de Gabinete de Ministros para el Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur

e. 26/01/2022 N° 2701/22 v. 26/01/2022