ARMADA ARGENTINA
HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO
Disposición 36/2022
DI-2022-36-APN-DGSA#ARA
Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022
VISTO el expediente electrónico EX-2021-72097012- -APN-DGSA#ARA, el
artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la
Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS prorrogada por Decreto N° 167/2021 y la Disposición Nº
48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según
Disposición ONC N° 55/20), y
CONSIDERANDO:
Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó
la inmediata ADQUISICIÓN DE TELAS ADHESIVAS, APÓSITOS HIDROCOLOIDES,
FILTROS, LLAVES DE TRES VÍAS, BAJALENGUAS, CUBREOBJETOS, CASSETTES PARA
TEJIDO Y PORTAOBJETOS PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES INTERNADOS POR
COVID-19.
Que ante la situación epidemiológica y una curva creciente de contagios
de pacientes Covid-19, fue de gran importancia, que estos insumos
básicos sean adquiridos con la urgencia que la situación crítica
requiere.
Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido
fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y
que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.
Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumplió
con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 14.
Que, a las diez horas del día 30 de agosto de 2021, el acto de apertura
de ofertas se realizó tal como estaba previsto en número de orden 15.
Que se puso en conocimiento el procedimiento a la INSPECCIÓN GENERAL DE
LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA,
en número de orden 6.
Que en función de los resultados del informe técnico en número de orden 32, surgió:
· ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT N° 30656875786, cumple técnicamente con lo
solicitado para el renglón N° 10. No cumple con lo solicitado en el
renglón N° 11, la muestra es de una longitud menor a la solicitada.
· PROPATO HNOS S.A.I.C. CUIT 30554258693, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones cotizados.
· FLOSAN SRL CUIT 30708111259, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones cotizados.
· NIPRO MEDICAL CORPORATION SUC. ARG. CUIT 33693501739, no cumple con lo solicitado en el renglón N° 9, no presenta muestras.
· RAUL JORGE LEON POGGI CUIT 20083367599, cumple técnicamente con lo
solicitado para los renglones nros. 2 y 15. No cumple con lo solicitado
en los renglones nros. 12, 13 y 14, la muestra es de mala calidad, la
superficie del cubreobjeto presenta suciedad lo que imposibilita
trabajar con normalidad. No presenta muestras para el renglón N° 16.
· FOC S.R.L. CUIT 30657002247, cumple técnicamente con lo solicitado
para los renglones nros. 3 y 4. No presenta muestras para el renglón N°
3 alternativa.
· EURO SWISS SA CUIT 30708953896, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones cotizados.
· DCD PRODUCTS S.R.L. CUIT 30663934690, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones cotizados.
Que la Unidad Operativa de Contrataciones en número de orden 40, recomendó:
· Desestimar la oferta del oferente ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. CUIT N°
30656875786, para el renglón N° 11 por no cumplir técnicamente con lo
solicitado en la muestra presentada.
· Desestimar la oferta del oferente NIPRO MEDICAL CORPORATION SUC. ARG.
CUIT 33693501739, por no presentar muestras según lo requerido en el
pliego.
· Desestimar la oferta del oferente RAUL JORGE LEON POGGI CUIT
20083367599, en los renglones 12, 13 y 14 por presentar muestras que no
cumplen con lo requerido en las especificaciones técnicas. En el
renglón N° 16 por no presentar muestras.
· Desestimar la oferta del oferente FOC S.R.L. CUIT 30657002247, por no
presentar muestras en el renglón N° 3 alternativa, según lo requerido
en el pliego.
· Adjudicar al oferente EURO SWISS SA CUIT 30708953896, los renglones
nros. 1, 10 y 11, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por
la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON
SESENTA CENTAVOS ($ 75.827,60).
· Adjudicar al oferente FLOSAN SRL CUIT 30708111259, los renglones
nros. 5, 7 y 8, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por
la suma de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS UNO CON CINCUENTA
CENTAVOS ($ 212.501,50).
· Adjudicar al oferente RAUL JORGE LEON POGGI CUIT 20083367599, el
renglón N° 2, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la
suma de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON CERO CENTAVOS ($
14.990,00).
· Adjudicar al oferente PROPATO HNOS S.A.I.C. CUIT 30554258693, los
renglones nros. 9, 13 y 15, por ser menor precio y ajustarse a lo
solicitado, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO
TREINTA Y CUATRO CON CERO CENTAVOS ($ 275.134,00).
· Adjudicar al oferente FOC S.R.L. CUIT 30657002247, los renglones
nros. 3 y 4, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la
suma de PESOS VEINTIDOS MIL TREINTA Y NUEVE CON SESENTA CENTAVOS ($
22.039,60).
· Asignar Orden de Merito 2 al oferente DCD PRODUCTS S.R.L. CUIT
30663934690 para los renglones nros 5, 7 y 8. Al oferente EURO SWISS SA
CUIT 30708953896 para el renglón N° 9. Al oferente RAUL JORGE LEON
POGGI CUIT 20083367599 para el renglón N° 15. Al oferente PROPATO HNOS
S.A.I.C. CUIT 30554258693 para el renglón N° 1.
· Declarar formalmente desierto el renglón N° 6.
· Declarar formalmente fracasados los renglones nros. 12, 14 y 16, por no haber ofertas admisibles.
Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD N° 265/16.
Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la
ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la
Resolución ministerial indicada.
Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia
para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la
contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma
equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500).
Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES
“CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le
corresponde en número de orden 52.
Que el suscripto, no considera que los elementos a compulsar deban ser adquiridos bajo esta modalidad con prioridad de urgencia.
Que, en función de cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, es necesario dejar sin efecto las presentes actuaciones.
Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº
409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N°
1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD N° 265/16, el suscripto es
competente para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Convalídase y déjase sin efecto lo actuado en la Compulsa
- COVID-19 N° 0323 - ADQUISICIÓN DE TELAS ADHESIVAS, APÓSITOS
HIDROCOLOIDES, FILTROS, LLAVES DE TRES VÍAS, BAJALENGUAS, CUBREOBJETOS,
CASSETTES PARA TEJIDO Y PORTAOBJETOS PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES
INTERNADOS POR COVID-19.
ARTICULO 2º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.
ARTICULO 3º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO
CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO
MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto Hugo Croci
e. 26/01/2022 N° 2703/22 v. 26/01/2022