ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5137/2022
RESOG-2022-5137-E-AFIP-AFIP -
Seguridad Social. Decreto N° 191/21. Régimen de Promoción de Generación
de Empleo en el Norte Grande. Reducción de contribuciones patronales.
Resolución General Nº 4.984. Norma modificatoria.
Ciudad de Buenos Aires, 25/01/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-00069217- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 191 del 23 de marzo de 2021 se implementó un
Régimen de Promoción de Generación de Empleo en el Norte Grande, a
través del cual se establecieron una serie de requisitos y condiciones
para que los empleadores del sector privado que realicen determinadas
actividades cuyas tareas se presten en las provincias de CATAMARCA,
CHACO, CORRIENTES, FORMOSA, JUJUY, LA RIOJA, MISIONES, SALTA, SANTIAGO
DEL ESTERO o TUCUMÁN, reciban un beneficio, por la incorporación de
nuevos puestos de trabajo.
Que dicho beneficio consiste en una reducción gradual y temporaria de
las contribuciones patronales con destino al Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJYP), Ley N°
19.032 y sus modificatorias; al Fondo Nacional de Empleo (FNE), Ley N°
24.013 y sus modificatorias; al Sistema Integrado Previsional Argentino
(SIPA), Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias; y al
Régimen Nacional de Asignaciones Familiares (RNAF), Ley N° 24.714 y sus
modificatorias, correspondientes a aquellas relaciones laborales que
inicien y empleen a trabajadoras mujeres, travestis, transexuales y
transgénero, siendo la reducción del OCHENTA POR CIENTO (80%) el primer
año, CINCUENTA Y CINCO POR CIENTO (55%) el segundo año y TREINTA POR
CIENTO (30%) el tercer año, y para nuevas contrataciones de
trabajadores varones una reducción del SETENTA POR CIENTO (70%) para el
primer año, CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) el segundo año y VEINTE
POR CIENTO (20%) el tercer año.
Que en este sentido, la Resolución General N° 4.984 estableció los
códigos de modalidad de contratación para identificar a los
trabajadores alcanzados por la reducción de la alícuota de
contribuciones patronales y el código de actividad que deberán utilizar
los empleadores a efectos del goce del aludido beneficio, a la vez que
dispuso la adecuación de los sistemas informáticos para la
determinación de los aportes y contribuciones con destino a la
seguridad social.
Que con la finalidad de no afectar la sustentabilidad económica de las
unidades productivas y preservar el nivel de trabajo registrado, el
Decreto Nº 899 del 28 de diciembre de 2021 dispuso que el beneficio
previsto por el Decreto N° 191/21 resultará aplicable para las nuevas
relaciones laborales que se inicien desde su vigencia hasta el 30 de
junio de 2022, inclusive.
Que en consecuencia, corresponde modificar la resolución general
mencionada precedentemente, a efectos de comprender dentro de los
alcances del referido beneficio las contrataciones de nuevas
trabajadoras y trabajadores efectuadas entre el 1 de abril de 2021 y el
30 de junio de 2022.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Recaudación, Sistemas y Telecomunicaciones, Coordinación Operativa de
los Recursos de la Seguridad Social y Técnico Legal de los Recursos de
la Seguridad Social, y la Dirección General de los Recursos de la
Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 10 del Decreto Nº 191/21 y por el artículo 7º del Decreto
N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus
complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir en el artículo 1° de la Resolución General N°
4.984 la expresión “...y durante los 12 meses siguientes…”, por la
expresión “...y hasta el 30 de junio de 2022, inclusive…”.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Mercedes Marco del Pont
e. 27/01/2022 N° 2958/22 v. 27/01/2022