COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Disposición 19/2022
DI-2022-19-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2022
Visto el Expediente N° EX-2021-100176104-APN-DCSYL#CNRT, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación
Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0054-CDI21
denominada “Compulsa COVID 11/2021”, llevada a cabo para la
contratación del servicio integral de limpieza con provisión de insumos
para las dependencias de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL
TRANSPORTE ubicadas en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por el
término de SEIS (6) meses con opción a prórroga por un período igual al
inicial o fracción menor, en el marco de la pandemia de COVID-19.
Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo
dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las
Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y
DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO
INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus
complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la
Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por el
ÁREA ARQUITECTURA de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS
mediante las Notas Nros. NO-2021-77515066-APN-DCSYL#CNRT y
NO-2021-82087349-APN-DCSYL#CNRT, toda vez que por Resolución N° 91/2021
de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, se ha dispuesto el retorno paulatino a la
presencialidad laboral, bajo estándares de seguridad predefinidos por
la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT) o al
protocolo que resulte de la normativa vigente.
Que cabe señalar que el servicio de limpieza con provisión de insumos
para esta Comisión Nacional es considerado esencial para el normal y
habitual desarrollo de las actividades del Organismo bajo condiciones
óptimas de seguridad y salubridad, máxime cuando el mismo resulta
indispensable para evitar el contagio del virus COVID-19.
Que atento a las motivaciones descriptas ut supra, se inició un
procedimiento de selección enmarcado en una “CONTRATACION DIRECTA POR
EMERGENCIA- COVID-19, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en el
artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, en
el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo
1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 2° de la Disposición ONC N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al
expediente de la referencia como informe N°
PLIEG-2021-100546821-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella,
todos las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente
contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2021-100216960-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte
integrante de la presente medida.
Que el 5 de noviembre de 2021, se efectuó el Acto de Apertura,
generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose
las ofertas de la firma LAREDO Y ASOCIADOS S.R.L. (CUIT N°
30-59089254-4), la firma LYME S.A. (CUIT N° 30-63935839-5), la firma
DISTRIBON S.R.L. (CUIT N° 33-70891842-9), la firma ALMAMI S.R.L (CUIT
N° 30-70868360-0), la firma LIMPOL S.A. (CUIT N° 30-58305836-9), la
firma CLARYTY S.R.L. (CUIT N° 30-70863051-5) y la firma SERVICIOS ROM
S.R.L. (CUIT N° 30-71494967-1).
Que analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y
LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe N°
IF-2021-119743264-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar la Contratación
Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia N° 73-0054-CDI21, a la
firma CLARYTY S.R.L. (CUIT N° 30-70863051-5) por la suma de PESOS TRECE
MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS CON
50/100 ($ 13.462.762,50.-), por resultar su oferta admisible y
conveniente, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación,
cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego,
cumplir con lo solicitado por la Unidad Requirente y ser sus precios
convenientes.
Que en ese mismo orden de ideas, aconseja desestimar la oferta de la
firma ALMAMI S.R.L. por no cumplir con la presentación del Anexo XI y
XII del artículo 4.3.4, y la documentación solicitada en el inciso a)
del artículo 4.3.5; desestimar la oferta de la firma DISTRIBON S.R.L.
por no cumplir con la presentación del Anexo IX del artículo 4.3.4;
desestimar la oferta de la firma LAREDO Y ASOCIADOS S.R.L. por no
cumplir con la presentación del Anexo IX del artículo 4.3.4 y no
presentar las muestras solicitadas en el artículo 5° del referido
Pliego; desestimar la oferta de la firma LYME S.A. por presentar las
muestras solicitadas en el artículo 5° del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares fuera de término y desestimar la oferta de la
firma SERVICIOS ROM S.R.L. por no cumplir con la presentación de la
documentación solicitada en los incisos c), d) y f) del artículo 4.3.5.
Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros
titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la
reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84
y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus
modificatorios y complementarios.
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES de la
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS, ha tomado intervención
de su competencia.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N°
DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07,
sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35,
y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por
Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el
Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios y en los términos del Decreto
Nº 497/2021.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
(Expresión “EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO
DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE DISPONE” rectificada por
la expresión “EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE
REGULACIÓN
DEL TRANSPORTE DISPONE” por art. 1° de la Disposición N° 43/2022 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte B.O. 02/02/2022)
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Contratación Directa por Compulsa Abreviada
por Emergencia Nº 73-0054-CDI21 denominada “Compulsa COVID 11/2021”,
llevada a cabo para la contratación del servicio integral de limpieza
con provisión de insumos para las dependencias de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ubicadas en la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, por el término de SEIS (6) meses con opción a prórroga
por un período igual al inicial o fracción menor, en el marco de la
pandemia de COVID-19, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos
de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus
modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº
DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la
SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus
modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la
Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como
una PANDEMIA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese las condiciones particulares y técnicas que
rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones
Particulares N° PLIEG-2021-100216960-APN-DCSYL#CNRT que como anexo,
forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada
por Emergencia N° 73-0054-CDI21, a la firma CLARYTY S.R.L. (CUIT N°
30-70863051-5) por la suma de PESOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS
SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS CON 50/100 ($
13.462.762,50.-), por resultar su oferta admisible y conveniente,
ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares que rige la presente contratación, cumplir con
la documentación solicitada en el mencionado Pliego, cumplir con lo
solicitado por la Unidad Requirente y ser sus precios convenientes.
ARTÍCULO 4°.- Desestimese las ofertas de las firmas ALMAMI S.R.L.,
DISTRIBON S.R.L., LAREDO Y ASOCIADOS S.R.L., LYME S.A. y SERVICIOS ROM
S.R.L. por las razones vertidas en los considerandos de la presente
Disposición.
ARTÍCULO 5°.- Establécese que intervendrán en la recepción de los
bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los
miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con
lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por
el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º se
imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y a las partidas
que correspondan.
ARTÍCULO 7º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.
ARTÍCULO 8º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN
(1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según
lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de
la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo
anterior y archívese.
Jose Ramon Arteaga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en su totalidad a través del
sitio “COMPR.AR” ingresando el número de proceso.
e. 02/02/2022 N° 3731/22 v. 02/02/2022