COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 921/2022
RESGC-2022-921-APN-DIR#CNV - Elaboración Participativa de Normas. Aplicación.
Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2021-124754311- -APN-GFCI#CNV, caratulado
“PROYECTO DE RG S/ MODIFICACIÓN AL PLAN Y MANUAL DE CUENTAS DE FCI”, lo
dictaminado por la Subgerencia de Fondos Comunes de Inversión Abiertos,
la Gerencia de Fondos Comunes de Inversión, la Subgerencia de Normativa
y la Gerencia de Asuntos Legales; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Financiamiento Productivo N° 27.440, introdujo
modificaciones a la Ley de Fondos de Comunes de Inversión N° 24.083 y
actualizó el régimen legal aplicable.
Que, entre las modificaciones introducidas, se sustituyó el artículo 32
de la Ley N° 24.083, ampliando las facultades de la Comisión Nacional
de Valores (CNV) en materia de fiscalización, supervisión y registro de
la Sociedad Gerente y de la Sociedad Depositaria, como así también, de
las demás personas que se vinculen con los Fondos Comunes de Inversión
(FCI) y de todas las operaciones, transacciones y relaciones de
cualquier naturaleza referidas a los mismos.
Que mediante el dictado de la Resolución General No 750 se estableció
la aplicación uniforme de un Plan y Manual de Cuentas a ser utilizado
por las Sociedades Gerentes de Fondos Comunes de Inversión en la
contabilización de las operaciones de los Fondos Comunes de Inversión
Abiertos o Cerrados, en este último caso, cuyos patrimonios sean
integrados exclusivamente por los mismos activos autorizados para los
Fondos Comunes de Inversión Abiertos.
Que teniendo en cuenta la especificidad de la materia de que se trata,
la utilización de los referidos Plan y Manual de Cuentas responde a la
necesidad de contar con información uniforme y estandarizada que
permita efectuar comparaciones entre los FCI administrados por
distintas Sociedades Gerentes cuyos objetivos de inversión sean
similares, atento que tal sistematización de la información permitirá a
la CNV llevar el control de dichas entidades de forma más eficaz.
Que, en ese marco, se considera oportuno introducir ciertas
modificaciones al Plan y Manual de Cuentas vigentes, relacionadas con
la contabilización de nuevas operaciones e instrumentos, como así
también receptar los criterios de valuación aplicables a los Fondos
Comunes de Inversión.
Que, en consecuencia, corresponde establecer un plazo de adecuación
para la aplicación de las reformas introducidas, acorde a la
actualización de los sistemas contables de las Sociedades Gerentes.
Que, atendiendo a las circunstancias descriptas, corresponde la
aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas”
aprobado por el Decreto N° 1172 (B.O. 3-12-2003).
Que, conforme lo determina el referido Decreto, la “Elaboración
Participativa de Normas” es un procedimiento que, a través de consultas
no vinculantes, involucra a sectores interesados y a la ciudadanía en
general en la elaboración de normas cuando las características del
caso, respecto de su viabilidad y oportunidad, así lo impongan.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 1° y 32 de la Ley N° 24.083, 19, incisos c), d), g) y h)
de la Ley N° 26.831 y el Decreto N° 1172/2003.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer la aplicación del procedimiento de
“Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto N°
1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o
propuestas respecto de la adopción de una reglamentación sobre
“MODIFICACIÓN AL PLAN Y MANUAL DE CUENTAS DE FCI”, tomando en
consideración el texto contenido en el Anexo I
(IF-2022-14192738-APN-GAL#CNV) que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Designar a las contadoras Cecilia LENTINI y Paula SÁNCHEZ
para dirigir el procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas”
conforme al Decreto N° 1172/2003.
ARTÍCULO 3°.- Autorizar a ingresar las opiniones y/o propuestas y a
tomar vista del Expediente N° EX-2021-124754311- -APN-GFCI#CNV a través
del Sitio Web www.argentina.gob.ar/cnv.
ARTÍCULO 4°.- Aprobar el Formulario que se adjunta como Anexo II
(IF-2022-14194660-APN-GAL#CNV) que forma parte integrante de la
presente Resolución, como modelo para ingresar las opiniones y/o
propuestas a través del Sitio Web www.argentina.gob.ar/cnv.
ARTÍCULO 5°.- Fijar un plazo de QUINCE (15) días hábiles para realizar
presentaciones de opiniones y/o propuestas, las que deberán efectuarse
a través del Sitio Web www.argentina.gob.ar/cnv.
ARTÍCULO 6°.- Publíquese la presente Resolución General por el término
de DOS (2) días en el Boletín Oficial de la República Argentina, cuya
entrada en vigencia será a partir del día siguiente al de su última
publicación.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial, incorpórese en el Sitio Web del
Organismo www.argentina.gob.ar/cnv y archívese.
Matías Isasa - Martin Alberto Breinlinger - Sebastián Negri - Mónica Alejandra Erpen - Adrián Esteban Cosentino
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/02/2022 N° 8864/22 v. 22/02/2022
(Nota
Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI AnexoII)