ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 438/2021
RESOL-2021-438-APN-ANAC#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-43504288-APN-ANAC#MTR, los Decretos N°
1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y N° 1.770 de fecha 29 de
noviembre de 2007 y la Parte 91 “Reglas de vuelo y Operación General”
de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Expediente citado en el Visto, tramita una propuesta
de enmienda de la Parte 91 “Reglas de vuelo y Operación General” de las
REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).
Que deviene necesaria una actualización a fin de incorporar las
enmiendas al Anexo 2 Reglamento del Aire y al Anexo 6 Operación de
Aeronaves al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago,
1944) ratificado por la Ley N° 13.891, que contienen las normas y
métodos recomendados adoptados por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL
INTERNACIONAL (OACI), como normas mínimas aplicables a la operación de
aeronaves.
Que el proyecto contribuirá al correcto ejercicio de la responsabilidad
primaria conferida a esta Administración Nacional por el Decreto N°
1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, en materia de revisión y
actualización periódica de los reglamentos.
Que, en el caso, corresponde implementar el procedimiento de
Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172
de fecha 3 de diciembre de 2003.
Que el procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores
interesados y toda persona, en general, puedan expresar su opinión y
propuestas respecto del proyecto elaborado.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) y la
DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA) ambas de
la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) han tomado la
intervención de su competencia, analizando la factibilidad técnica a
través de sus áreas competentes.
Que la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de la ANAC ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ANAC, ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos N° 1.172 /2003 y N° 1.770/ 2007.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase abierto el procedimiento de Elaboración
Participativa de Normas respecto de la enmienda de la Parte 91 “Reglas
de vuelo y Operación General”, de las REGULACIONES ARGENTINAS DE
AVIACIÓN CIVIL (RAAC), que como Anexo GDE N°
IF-2021-54557301-APN-DNSO#ANAC forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Se recibirán comentarios y observaciones hasta QUINCE
(15)días corridos a contar de la fecha de publicación en el BOLETÍN
OFICIAL de la presente medida, los que deberán ser dirigidos al
Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos
dependiente de la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG)
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y
Procedimientos Internos de la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE
GESTIÓN (UPYCG) de la ANAC para llevar el registro de las
presentaciones a que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al
Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y habilitase la
casilla de correo “normaer@anac.gob.ar” a los efectos de recibir los
comentarios aludidos en el Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.
ARTÍCULO 4°. Póngase a disposición de los interesados por un plazo de
QUINCE (15) días en la página “web” institucional, cumplido, vuelva al
Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de
la UPYCG de la ANAC.
ARTÍCULO 5°.- Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su
publicación por DOS (2) días en el BOLETÍN OFICIAL, y cumplido
archívese.
Paola Tamburelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa
e. 22/02/2022 N° 8838/22 v. 23/02/2022