MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 48/2022
RESOL-2022-48-APN-MOP
Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2021-125052976-APN-DGD#MOP, la Ley
Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (texto ordenado
2014) y sus modificatorias, la Ley Nº 27.431 y sus modificatorias, el
Decreto Nº 167 del 2 de marzo de 2018, las Resoluciones Nros. 5 del 18
de febrero de 2020 y 425 del 29 de diciembre de 2021, ambas del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 5 del 18 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS se creó la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD
BELGRANO - NORTE GRANDE” en el ámbito de este MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS, con el objetivo de contribuir a mejorar las condiciones de
accesibilidad, eficiencia y seguridad de las regiones NEA y NOA de la
REPÚBLICA ARGENTINA, mediante la ampliación, rehabilitación y mejora de
redes viales provinciales que conectan centros de producción con
mercados locales y externos, entre otros.
Que, por el artículo 4º de la citada Resolución Nº 5/20 del MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS, se dispuso que la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL
TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO -NORTE GRANDE” quedaría disuelta el 31 de
diciembre de 2021.
Que dicha Unidad fue creada en el marco de las previsiones establecidas
por el Decreto Nº 167/18, por el que se facultó a los Ministros a
crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES
TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y a
designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431, incorporado a la Ley
Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 y sus
modificatorias, estableció que dichas unidades tendrán una duración que
no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto
del año correspondiente al vencimiento del plazo.
Que, en ese marco, mediante la Resolución Nº 425 del 29 de diciembre de
2021 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, se prorrogó hasta el día 21 de
febrero de 2022 el plazo de vigencia de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL
TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO -NORTE GRANDE”, establecido en el artículo
4º de la Resolución Nº 5 del 18 de febrero de 2020 de este MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS, publicada en el Boletín Oficial el 21 de febrero del
mismo año.
Que, la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO -NORTE
GRANDE” viene impulsando, en coordinación con la SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA, el ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS
DE SANEAMIENTO y la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, el desarrollo de un
Plan de Infraestructura que repare las asimetrías existentes en las
diez provincias del norte de nuestro país.
Que la citada Unidad gestiona la reactivación de proyectos de acceso al
agua potable, saneamiento y cloacas, el desarrollo de obras para
mitigar el efecto de las inundaciones y proyectos de mejoras en rutas
nacionales y provinciales en las provincias de Tucumán, Salta, Santiago
del Estero, Catamarca, La Rioja, Jujuy, Chaco, Corrientes, Misiones y
Formosa, en el marco del mencionado Plan de Infraestructura.
Que, en tal sentido, y en virtud de la necesidad de continuar con los
trabajos y actividades que viene desarrollando la UNIDAD EJECUTORA
ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO -NORTE GRANDE” para el
cumplimiento de los objetivos asignados, a fin de no resentir las
tareas que se encuentran en plena ejecución, deviene indispensable que
la Unidad creada mantenga su vigencia en forma ininterrumpida.
Que, a tal fin, conforme el artículo 108 de la Ley Nº 27.431,
incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672
y sus modificatorias, resulta necesario contar con la autorización en
la ley de presupuesto del año correspondiente.
Que sobre el particular, el proyecto de Ley de Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal 2022, enviado al
Honorable Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional el 15
de septiembre de 2021 no recibió la aprobación de la Cámara de
Diputados (conforme sesión del 17 de diciembre de 2021).
Que a los fines de que la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD
BELGRANO - NORTE GRANDE” pueda continuar vigente, dado lo
imprescindible de su labor en el manejo y ejecución de programas de
infraestructura localizados geográficamente en las regiones NOA y NEA,
con la finalidad de compensar las asimetrías de inversión en obra
pública en desmedro de la región, deviene necesario el dictado de la
presente medida.
Que se ha dado intervención a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 1º del Decreto Nº 167/18.
Por ello,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase la vigencia de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL
TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO -NORTE GRANDE”, creada por la Resolución Nº
5 del 18 de febrero de 2020 de este MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, hasta
su autorización en la próxima ley de presupuesto, o hasta el
cumplimiento del objetivo para el cual fue creada si se realiza con
anterioridad.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la
Jurisdicción 64 – MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriel Nicolás Katopodis
e. 24/02/2022 N° 9896/22 v. 24/02/2022