INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 237/2022
RESOL-2022-237-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 23/02/2022
VISTO el EX-2021-45243343-APN-GCYCG#INCAA, del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 24.156, N° 17.741
(t.o. 2001) y modificatorias, los Decretos N° 705 de fecha 18 de mayo
de 1995, N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de
enero de 2020, las Resoluciones INCAA N° 3100 de fecha 11 de octubre de
2013 y modificatorias; N° 3785 de fecha 2 de diciembre de 2013 y
modificatorias; N° 1086-E y 1087-E de fecha 19 de julio de 2019; N°
1260-E de fecha 10 de agosto de 2018 y N° 1673-E de fecha 31 de octubre
de 2019, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17741 (t.o. 2001) y sus modificatorias tiene como
objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad
cinematográfica en el territorio nacional.
Que entre los deberes y atribuciones que se establecen por la ley
mencionada, el inciso h) del Artículo 3°, refiere a inspeccionar y
verificar por intermedio de sus funcionarios debidamente acreditados,
el cumplimiento de las leyes, reglamentaciones y resoluciones que rigen
la actividad cinematográfica y la exhibición de películas.
Que por Resolución INCAA N° 1260-E/2018 se aprobó la nueva estructura
organizativa del Instituto hasta nivel de Coordinación y por Resolución
INCAA N° 1673-E/2019 se aprobó la estructura administrativa de nivel
Departamental.
Que la Subgerencia de Fiscalización a la Industria Audiovisual no
cuenta, actualmente, con Manuales de Procedimientos Administrativos.
Que el artículo 101 del Anexo del Decreto N° 1344/2007, reglamentario
de la Ley de Administración Financiera N° 24.156, indica que: “La
autoridad superior de cada jurisdicción o entidad dependiente del PODER
EJECUTIVO NACIONAL requerirá opinión previa favorable de la
correspondiente Unidad de Auditoría Interna para la aprobación de los
reglamentos y manuales de procedimientos.
Que la Unidad de Auditoría Interna ha tomado la intervención de su
competencia, conforme lo dispuesto por la normativa, sin encontrar
objeciones que formular al procedimiento que por la presente se aprueba.
Que la Subgerencia de Fiscalización a la Industria Audiovisual, la
Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia General han tomado la
intervención que les compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la
Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y los Decretos N°
1536/2002 y N° 90/2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE LA
SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN A LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL, que como Anexo
I, identificado mediante IF-2021-124298169-APN-SGFIA#INCAA, forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Adalberto Puenzo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/02/2022 N° 10396/22 v. 25/02/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)