ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 49/2022
ACTA N° 1746
Expediente ENRE N° EX-2019-13533379-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 22 DE FEBRERO DE 2022
La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.-Dar a publicidad la solicitud de Acceso y Ampliación del Sistema de
Transporte Existente, presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE
ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a requerimiento de la DIRECCIÓN
DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (DEBA) para el otorgamiento
del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública de la obra de
Ampliación consistente en la construcción de la nueva Estación
Transformadora (ET) denominada Guaminí compuesta por DOS (2)
transformadores de 132/33/13,2 kV de 30/30/20 MVA cada uno, UNA (1)
línea de 132 kV entre ET Coronel Suárez y ET Guaminí de SESENTA Y SIETE
KILÓMETROS (67 km) aproximadamente y la Ampliación de la ET Coronel
Suárez.
2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO
en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo
de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días
consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se
construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente,
otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la
última publicación efectuada, para que quién considere que la solicitud
en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas
recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por
escrito ante el ENRE.
3.- Establecer que, en caso de existir presentaciones fundadas comunes
a varios usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir
las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y
exponer sus argumentos.
4.- Disponer que en caso que no hubiera presentación fundada al
vencimiento de los plazos señalados, este Ente Nacional procederá a
dictar un acto administrativo, a fin de otorgar el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la obra detallada en el artículo
1.
5.- DEBA deberá dar estricto cumplimiento a las observaciones y
comentarios efectuados por TRANSBA S.A. y por CAMMESA en el marco de
sus respectivos informes y opiniones técnicas.
6.- Hacer saber a TRANSBA S.A. que, en el marco de su Sistema de
Gestión Ambiental (SGA) - implementado en cumplimiento de la Resolución
ENRE N° 555 de fecha 17 de octubre de 2001 y complementarias-, deberá
incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de
finalizadas las obras involucradas en esta solicitud, la Auditoría
Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a
fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos
Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los
estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex
SE) N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998.
7.- Hacer saber que la Línea Aérea Coronel Suárez- Guaminí deberá
cumplir con las Resoluciones ENRE N° 37 de fecha 10 de febrero de 2010,
N° 33 de fecha 21 de enero de 2004, N° 400 de fecha 29 de mayo de 2011
y Nº 382 de fecha 23 de septiembre de 2015; y la ET Guaminí y Coronel
Suárez con las Resoluciones ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 y
N° 400/2011. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 25/02/2022 N° 10095/22 v. 25/02/2022