Resolución 1758/2021
RESOL-2021-1758-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2021
VISTO el EX-2020-58279137- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el RE-2020-58279056-APN-DGD#MT del EX-2020-58279137-
-APN-DGD#MT, obra el acuerdo celebrado entre la empresa METALSA
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, y la UNIÓN OBRERA
METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – Seccional Vicente López, por la
parte sindical, ratificado por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA – Central en el RE-2020-71880628-APN-DGD#MT del
EX-2020-71880667- -APN-DGD#MT, vinculado al principal, conforme lo
dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través de dicho acuerdo las partes pactan el pago de una
gratificación extraordinaria no remunerativa, a partir del mes de
agosto de 2020, aplicable a los trabajadores alcanzados por el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 260/75, conforme los detalles allí impuestos.
Que en relación con el carácter atribuido a la suma pactada en la
cláusula primera del acuerdo, se hace saber a las partes lo establecido
en el Artículo 103 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976).
Que el ámbito de aplicación se circunscribe estrictamente a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente por ante esta Cartera de Estado.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el
RE-2020-58279056-APN-DGD#MT del EX-2020-58279137- -APN-DGD#MT,
celebrado entre la empresa METALSA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la
parte empleadora, y la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA – Seccional Vicente López, por la parte sindical, ratificado
por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – Central en
el RE-2020-71880628-APN-DGD#MT del EX-2020-71880667- -APN-DGD#MT,
vinculado al principal, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines del registro del
instrumento homologado por el Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de
Trabajo N° 260/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no efectúe la publicación de
carácter gratuito del instrumento homologado, y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/03/2022 N° 7716/22 v. 03/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)