MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución 171/2022
RESOL-2022-171-APN-MDP
Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-74109047-APN-DGD#MDP, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, las Resoluciones Nros. 601 de fecha 23 de septiembre de
2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y 112 de fecha 22 de
octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución N° 601 de fecha 23 de septiembre de 2021
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se creó el PROGRAMA DE
REACTIVACIÓN Y DESARROLLO PRODUCTIVO COOPERATIVO (REDECO), a fin de
asistir económicamente a Empresas Recuperadas conformadas como
Cooperativas, que requieran apoyo para reactivar o desarrollar sus
actividades productivas, y se encuentren debidamente inscriptas en el
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES),
organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.
Que por el Artículo 2° de la referida Resolución se convocó a dichas
empresas a presentar sus proyectos hasta el 22 de octubre de 2021,
prorrogándose luego hasta el 5 de noviembre de 2021, conforme la
Resolución N° 112 de fecha 22 de octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que por el Artículo 6° de la Resolución N° 601/21 del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO se estableció que esta Convocatoria sería
financiada por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), con
un monto máximo de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000).
Que por el Artículo 3º de la citada Resolución, se aprobaron las Bases
y Condiciones que definen los procedimientos que rigen la ejecución y
administración del mencionado Programa, como así también su
convocatoria.
Que en dicho procedimiento se previó la intervención del INSTITUTO
NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) en la recepción,
evaluación, orden de mérito y aprobación de los proyectos.
Que en fecha 21 de febrero de 2022 el INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) ha remitido a la SECRETARÍA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES el orden de mérito
resultante de la Convocatoria, concluyendo que ha recibido OCHENTA Y
CINCO (85) proyectos de los cuales recomienda aprobar SESENTA Y CUATRO
(64) y desestimar VEINTIUNO (21) por no cumplir con los requerimientos
de las Bases y Condiciones del Programa.
Que en fecha 22 de febrero de 2022 el INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) ha solicitado a la referida
Secretaría que evalúe el aumento del monto máximo de la convocatoria
fijado en PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000), considerando que
las aprobaciones sugeridas implicarían el desembolso de aproximadamente
PESOS MIL DOSCIENTOS MILLONES ($ 1.200.000.000).
Que, al respecto, la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES -en su carácter de Autoridad de Aplicación del Programa-
ha compartido el criterio propiciando el aumento requerido.
Que del análisis de los proyectos cuya aprobación se propicia, surge
que se trata de empresas, actividades y rubros de carácter estratégico
y alto impacto, que podrían contribuir al proceso de reactivación y
desarrollo cooperativo que se espera alcanzar mediante la presente
convocatoria.
Que, en razón de lo expuesto y a los fines indicados, resulta oportuno
ampliar el monto previsto para la citada convocatoria en la suma de
PESOS SETECIENTOS MILLONES ($ 700.000.000), alcanzando así la suma de
PESOS MIL DOSCIENTOS MILLONES ($ 1.200.000.000).
Que el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PRODUCTIVO (FONDEP) cuenta con
fondos suficientes para hacer frente a la ampliación del cupo
propiciada.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92)
y sus modificaciones, y el Decreto N° 606 de fecha 28 de abril de 2014
y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 6° de la Resolución Nº 601 de
fecha 23 de septiembre de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
por el siguiente:
“ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
resolución será financiado por el Fondo Nacional de Desarrollo
Productivo (FONDEP), que destinará el monto máximo de PESOS MIL
DOSCIENTOS MILLONES ($ 1.200.000.000) para la presente convocatoria”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el inciso 2.2 del Artículo 2º de las Bases y
Condiciones del “PROGRAMA DE REACTIVACIÓN Y DESARROLLO PRODUCTIVO
COOPERATIVO (REDECO)” -aprobadas mediante el Artículo 3° de la
Resolución Nº 601/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO- por el
siguiente: “2.2) Para esta Convocatoria se destinará la suma de PESOS
MIL DOSCIENTOS MILLONES ($ 1.200.000.000) y la misma estará vigente
desde la fecha de aprobación de estas Bases y Condiciones, hasta el 5
de noviembre de 2021.
El INAES elevará el orden de mérito de los Proyectos al Comité
Ejecutivo del FONDEP, para la aprobación o rechazo de los mismos”.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Matías Sebastián Kulfas
e. 11/03/2022 N° 13676/22 v. 11/03/2022