SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
Decreto 128/2022
DCTO-2022-128-APN-PTE - Dase por designada Directora Nacional de Gestión del Conocimiento.
Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-08144103-APN-SIP#JGM, la Ley Nº 27.591,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, 802 del 14 de octubre de 2020 y 882 del 23
de diciembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la
Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios vacantes y financiados presupuestariamente, en las
Jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la Presidencia
de la Nación, de conformidad con las estructuras organizativas, será
efectuada por el Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 9° del Título III
de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N°
438/92 y sus modificatorias) y se creó, entre otras, la SECRETARÍA DE
ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría
y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto N° 802/20 se aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director o Directora Nacional de Gestión del
Conocimiento de la SUBSECRETARÍA DEL CONOCIMIENTO PARA EL DESARROLLO de
la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico
permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del
1° de febrero de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, a la licenciada Magdalena DE LUCCA (D.N.I. N° 34.828.509) en
el cargo de Directora Nacional de Gestión del Conocimiento de la
SUBSECRETARÍA DEL CONOCIMIENTO PARA EL DESARROLLO de la SECRETARÍA DE
ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel A - Grado 0
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir la licenciada DE LUCCA los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de febrero
de 2022.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto
será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción
20 - 01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur
e. 15/03/2022 N° 14917/22 v. 15/03/2022