MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 278/2022
DECAD-2022-278-APN-JGM - Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0035-CDI21.
Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2021-32048987-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros.
1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos
con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Contratación
Directa por Exclusividad N° 80-0035-CDI21 del MINISTERIO DE SALUD,
llevada a cabo para la adquisición de medicamentos inmunosupresores,
solicitada por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE
ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), organismo descentralizado de la citada
cartera ministerial.
Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.
Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de
Precios Testigo conforme lo establecido en el artículo 3°, inciso e)
del Anexo I de la Resolución N° 36/17 de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN y sus modificatorias.
Que conforme el Acta de Apertura de fecha 2 de julio de 2021 surge la
presentación de la oferta de la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. por un
monto total de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS
OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE CON CUARENTA Y DOS
CENTAVOS ($585.282.877,42).
Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E
IMPLANTE (INCUCAI) elaboró el correspondiente Informe Técnico referido
a la oferta presentada, en donde se determinó el cumplimiento de las
Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares que rigió el llamado.
Que con el fin de alinear los precios ofertados a los Valores de
Referencia brindados por la unidad requirente, se solicitó una mejora
de precios a la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A para los renglones 1, 2,
3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD,
en función de los análisis administrativos, económicos, financieros,
técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones,
recomendó la adjudicación de la oferta válida y conveniente
correspondiente a la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. para los renglones
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.
Que, por otra parte, el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE
ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), debido a una reducción de los
trasplantes en el marco de la pandemia de la COVID-19, solicitó la
disminución de hasta TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) de las
cantidades oportunamente requeridas para el renglón 3, el TREINTA POR
CIENTO (30 %) para el renglón 4, hasta el TREINTA Y DOS POR CIENTO (32
%) para el renglón 6 y hasta el TREINTA Y UNO POR CIENTO (31 %) para el
renglón 7, y que se dejen sin efecto los renglones 10 y 11.
Que la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. prestó conformidad a la
disminución de hasta el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) de las
cantidades cotizadas para los renglones 3, 4, 6 y 7, de conformidad con
lo establecido en el artículo 100, inciso a), apartado 1 del Reglamento
aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Que de acuerdo lo solicitado por la unidad requirente resulta
procedente la disminución de la adjudicación, reduciendo la cantidad de
productos a adquirir en los porcentajes mencionados precedentemente y
dejar sin efecto los renglones 10 y 11.
Que mediante la Resolución N° 3498 de fecha 6 de diciembre de 2021 del
MINISTERIO DE SALUD se autorizó la convocatoria de la Contratación
Directa por Exclusividad N° 80-0035-CDI21 y se aprobaron el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares y el procedimiento llevado a cabo en
la referida contratación directa.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y
PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES dependiente del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, en el marco de lo establecido en la Ley N°
27.437, su reglamentación y normas complementarias.
Que, por lo expuesto, procede adjudicar la referida Contratación
Directa por Exclusividad N° 80-0035-CDI21 del MINISTERIO DE SALUD,
teniendo en cuenta la recomendación de fecha 28 de octubre de 2021 del
citado Ministerio, con las modificaciones indicadas en los
considerandos anteriores.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SALUD ha certificado la existencia de crédito presupuestario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la
Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el
Decreto N° 1344/07, sus modificatorios y complementarios y por lo
dispuesto en los incisos e) y h) del artículo 9° y su Anexo del
Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,
aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N°
80-0035-CDI21 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la
adquisición de medicamentos inmunosupresores, a favor de la firma
NOVARTIS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-51662039-7), por las cantidades y
sumas que a continuación se detallan:
Renglón 1 por 147.120 unidades, por la suma de: $18.272.304.-
Renglón 2 por 1.288.920 unidades, por la suma de: $320.141.949,60.-
Renglón 3 por 41.700 unidades, por la suma de: $12.003.345.-
Renglón 4 por 69.000 unidades, por la suma de: $39.723.300.-
Renglón 5 por 139.680 unidades, por la suma de: $120.620.664.-
Renglón 6 por 94.500 unidades, por la suma de: $4.071.060.-
Renglón 7 por 53.100 unidades, por la suma de: $5.084.325.-
Renglón 8 por 59.250 unidades, por la suma de: $9.655.380.-
Renglón 9 por 21.450 unidades, por la suma de: $6.335.043.-
TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: $535.907.370,60.-
ARTÍCULO 2°.- Disminúyense las cantidades adjudicadas en el artículo
precedente, de acuerdo al siguiente detalle: VEINTISIETE MIL CIENTO
VEINTE (27.120) unidades para el renglón 3, CUARENTA Y OCHO MIL
TRESCIENTAS (48.300) unidades para el renglón 4, SESENTA Y CUATRO MIL
SETECIENTAS CUARENTA (64.740) unidades para el renglón 6 y TREINTA Y
SEIS MIL NOVECIENTAS (36.900) unidades para el renglón 7.
ARTÍCULO 3°.- Déjanse sin efecto los renglones 10 y 11.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que con las disminuciones indicadas en el
artículo 2º, la adjudicación final a la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A.
(CUIT N° 30-51662039-7) es por las cantidades y montos que a
continuación se detallan:
Renglón 1 por 147.120 unidades, por la suma de: $18.272.304.-
Renglón 2 por 1.288.920 unidades, por la suma de: $320.141.949,60.-
Renglón 3 por 27.120 unidades, por la suma de: $7.806.492.-
Renglón 4 por 48.300 unidades, por la suma de: $27.806.310.-
Renglón 5 por 139.680 unidades, por la suma de: $120.620.664.-
Renglón 6 por 64.740 unidades, por la suma de: $2.788.999,20.-
Renglón 7 por 36.900 unidades, por la suma de: $3.533.175.-
Renglón 8 por 59.250 unidades, por la suma de: $9.655.380.-
Renglón 9 por 21.450 unidades, por la suma de: $6.335.043.-
TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: $516.960.316,80.-
ARTÍCULO 5°.- La suma total de PESOS QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES
NOVECIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS CON OCHENTA CENTAVOS
($516.960.316,80) a la que asciende la presente adjudicación se
imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE
SALUD para el presente ejercicio.
ARTÍCULO 6°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del
MINISTERIO DE SALUD a emitir la pertinente Orden de Compra.
ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la
ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración
de caducidad y aplicación de penalidades a la adjudicataria y/o
contratante respecto de la contratación directa que por este acto se
adjudica.
ARTÍCULO 8°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer,
a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10)
días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo
dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su
notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto
impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90
del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 -
T.O. 2017.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Carla Vizzotti
e. 15/03/2022 N° 14627/22 v. 15/03/2022