JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 44/2022
RESOL-2022-44-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2022
VISTO el Expediente N° EX-2020-45140895- -APN-SGYEP#JGM del Registro de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 24.127, los Decretos
Nros. 1513 del 19 de julio de 1993 y su modificatorio 440 del 1º de
junio de 2000 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la
Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 186 del 20 de
agosto de 1993, las Resoluciones de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 4 del 7 de agosto
de 2002 y sus modificatorias y 45 del 12 de julio de 2004 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.127 se instituyó el PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Que por el Decreto Nº 1513 del 19 de julio de 1993, modificado por su
similar Nº 440 del 1° de junio de 2000, se estableció que la entonces
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS es la autoridad de aplicación del referido premio.
Que el artículo 17 del Decreto N° 1513 del 19 de julio 1993 y su
modificatorio, confiere a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la responsabilidad de intervenir
como autoridad de aplicación de la Ley Nº 24.127 que instituye el
PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD, y el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, establece que la SUBSECRETARÍA DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL asiste técnicamente a la Secretaría en lo
referido al Sector Público.
Que por la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 45 del 12 de julio de 2004 y
sus modificatorias, se estableció que la Junta de Evaluación debe estar
compuesta por la Junta de Jueces y los equipos de evaluadores; que el
desempeño de los integrantes de la referida Junta es con carácter ad
honorem y que la designación de sus integrantes debe ser aprobada a
través de un acto administrativo suscripto por el entonces
Subsecretario de Gestión y Empleo Público de la ex SECRETARÍA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, en el mismo sentido, estableció que la selección de los miembros
de la Junta de Evaluación sea por convocatoria pública y esté dirigida
a especialistas provenientes de los sectores público y privado.
Que la citada resolución determinó que la Junta de Jueces debe estar
compuesta por no menos de TRES (3) ni más de NUEVE (9) miembros, que
debe ser renovado anualmente un tercio de sus integrantes y que tendrá
una validez de TRES (3) años; y que la designación en los cargos de
Evaluadores tendrán validez hasta el 31 de diciembre del año en que
fueran nombrados.
Que, así las cosas, a través de la Resolución de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 9
del 20 de enero de 2022 se designó a TRES (3) jueces de la Junta de
Jueces de la JUNTA DE EVALUACIÓN.
Que resulta necesario renovar a TRES (3) integrantes de la nombrada
Junta y seleccionar a los equipos de evaluadoras/es que deberán
integrar la Junta de Evaluación del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD.
Que, a fin de garantizar, un procedimiento adecuado es necesario
establecer plazos de inscripción de la convocatoria y el cronograma
para su desarrollo.
Que por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 186
del 20 de agosto de 1993 se creó la SECRETARÍA TÉCNICA DEL PREMIO
NACIONAL A LA CALIDAD.
Que el artículo 17 del Decreto Nº 1513/93, modificado por su similar Nº
440/00, le confirió a la referida Secretaría las atribuciones de
difundir, asesorar, administrar y proveer el entrenamiento necesario a
todos los actores que participen en las diferentes etapas del PREMIO
NACIONAL A LA CALIDAD y el Capítulo IV, apartado 1 del Anexo II de la
Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS Nº 45/04 y sus modificatorias, la desarrollar
el proceso de selección de los postulantes de la Junta de Evaluación.
Que a los fines de brindar apoyo técnico y administrativo a los actores
involucrados en llevar adelante el PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD y
dirigir el proceso de selección de la Junta de Evaluación, es que
resulta necesario designar al Secretario Técnico del PREMIO NACIONAL A
LA CALIDAD.
Que mediante IF-2022-14682496-APN-DNMAC#JGM, la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MEJORA DE LOS SERVICIOS A LA CIUDADANÍA de la SUBSECRETARÍA DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se expidió en el ámbito
de su competencia.
Que mediante IF-2022-20504712-APN-DGAJ#JGM, la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 17 del Decreto N° 1513/93 y su modificatorio N° 440/00
y el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Llámese a convocatoria de selección para renovar TRES (3)
vacantes para conformar la Junta de Jueces y Juezas que integrarán la
Junta de Evaluación en el marco del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD. Las y
los postulantes deberán reunir los requisitos del perfil deseable
establecido en el punto IV.2. del Anexo II de la Resolución de la ex
SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 45 del 12 de julio de 2004 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Fíjase como período de inscripción de la convocatoria,
conforme al artículo precedente, el comprendido entre las 10:00 horas
del 2 de mayo de 2022, y hasta las 16:00 horas del 22 de mayo de 2022.
La inscripción se efectuará a través de la dirección web
http://www.argentina.gob.ar/pnc y/o por correo electrónico
apcalidad@jefatura.gob.ar.
ARTÍCULO 3°.- Fíjase como cronograma para el desarrollo de la
convocatoria a la Junta de Jueces que integrarán la Junta de Evaluación
el siguiente: Evaluación de antecedentes de las y los postulantes,
desde el día 19 de agosto de 2022 al 26 de agosto de 2022; su elección
desde el día 5 de septiembre de 2022 al 9 de septiembre de2022; y su
designación desde el 12 de septiembre de 2022 al 19 de septiembre de
2022.
ARTÍCULO 4º.- Llámese a convocatoria de selección de evaluadoras y
evaluadores que integrarán los equipos de la Junta de Evaluación en el
marco del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD. Las y los postulantes deberán
reunir los requisitos del perfil deseable establecido en el Punto IV.3
del Anexo II de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 45/04 y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 5º.- Fíjase como período de inscripción de la convocatoria de
las y los evaluadores que integrarán los equipos de la Junta de
Evaluación, el comprendido entre las 10:00 horas del día 4 de abril de
2022, y hasta las 16:00 horas del 2 de mayo de 2022. La inscripción se
efectuará a través de la dirección web http://www.argentina.gob.ar/pnc
y/o por correo electrónico a pcalidad@jefatura.gob.ar.
ARTÍCULO 6°.- Fíjase como cronograma para el desarrollo de la presente
convocatoria a evaluadoras y evaluadores que integrarán los equipos de
la Junta de Evaluación el siguiente: Análisis y evaluación de los
antecedentes de las y los postulantes desde el día 18 de mayo de 2022
al 27 de mayo de 2022; taller de nivelación desde el día 18 de mayo de
2022 al 20 de mayo de 2022; elaboración del orden de mérito el día 6 al
8 de junio de 2022 y designación de las y los postulantes desde el día
11 de julio al 22 de julio de 2022.
ARTÍCULO 7°.- Fíjase como sede de asesoramiento y comunicación de
información adicional la correspondiente a la SECRETARÍA TÉCNICA DEL
PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD, de lunes a viernes en el horario
comprendido entre 10:00 y 17:00 horas, correo electrónico
pcalidad@jefatura.gob.ar
ARTÍCULO 8°.- Encomiéndese al Licenciado Hugo Oscar CARRACHINO (D.N.I.
N° 17.983.061) las funciones de Secretario Técnico del PREMIO NACIONAL
A LA CALIDAD, conforme con el Decreto N° 1513 del 19 de julio de 1993 y
su modificatorio N° 440 del 1° de junio de 2000.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
e. 15/03/2022 N° 14726/22 v. 15/03/2022