MINISTERIO DE DEFENSA
Y
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución Conjunta 8/2022
RESFC-2022-8-APN-MD
Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2022
VISTO el Expediente del registro del MINISTERIO DE DEFENSA Nº
EX-2021-110421751- -APN-DPRRHH#MD, el Convenio Colectivo de Trabajo
General para la Administración Pública Nacional homologado por Decreto
214 del 27 de febrero de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas
y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto
de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA - ex IOSE), homologado por
Decreto N° 2.539 del 24 de noviembre de 2015, el Acta Nº 5 de fecha 04
de noviembre de 2021 de la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera del Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de
Seguridad (Co.P.I.C.Pe.Ci.Fa.Se), y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio Colectivo de Trabajo General aprobado por el Decreto N°
214/2016 establece como uno de los derechos del personal de Planta
Permanente el derecho a la retribución por los servicios, con más los
Adicionales, Suplementos y Bonificaciones que correspondan.
Que el artículo 37, Título V – CAMBIO DE AGRUPAMIENTO y el artículo 70,
Titulo VI – SISTEMA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO LABORAL del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil
de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y
Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA -
ex IOSE), establece que los procedimientos para implementar los
regímenes de Evaluación de Desempeño y Cambio de Agrupamiento que se
establecen en el presente Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial,
deberán ser aprobados por el Estado Empleado, previa consulta a las
entidades gremiales signatarias del presente Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, en el marco de la Co.P.I.C.Pe.Ci.FA.Se.
Que mediante el Acta Nº 5 de fecha 04 de noviembre de 2021 de la
Comisión Permanente de Interpretación y Carrera del Personal Civil y
Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad
(Co.P.I.C.Pe.Ci.Fa.Se), las entidades gremiales signatarias
manifestaron su parecer favorable con la aprobación del SISTEMA DE
EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO LABORAL y RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL
CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO para el Personal Civil y Docente
Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y
17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas
(IOSFA - ex IOSE) propuesto por el Estado Empleador.
Que, en virtud de ello, es necesario aprobar SISTEMA DE EVALUACIÓN DE
DESEMPEÑO LABORAL y RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO DE
AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO del mencionado personal.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA
y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD
han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 4º, inciso b), apartados 6 y 9 de la Ley de
Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias (T.O. 1992).
Por ello,
EL MINISTRO DE DEFENSA
Y
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase, a partir de la firma de la presente Resolución
Conjunta, el SISTEMA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO LABORAL y sus
respectivos Formularios que integra la presente como ANEXO I
(IF-2022-15325065-APN-SSGA#MD), y RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL
CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO del Personal Civil y Docente Civil
de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y
Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA -
ex IOSE) que integra la presente como ANEXO II
(IF-2022-15324957-APN-SSGA#MD).
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Jorge Enrique Taiana - Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/03/2022 N° 16930/22 v. 22/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)