Resolución 155/2022
RESOL-2022-155-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2022
VISTO el Expediente EX-2022- 21557233-APN-DNCJYMP#MSG, del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y
D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, y la Resolución M.S.
N° 828/2019 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el AGENTE FISCAL DE LA UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y
JUICIO N° 5, descentralizada de ESCOBAR, DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL
ZARATE - CAMPANA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, sita en la calle 698
esquina Estrada de Escobar, con intervención del Juzgado de Garantías
Nº 3 Departamental, a cargo del Doctor Luciano MARINO, tramita la I.P.P
Nº PP-18-00-3760/20, CARATULADA “MOLINA JONATHAN MANUEL S/ HOMICIDIO
AGRAVADO, VTMA CABANA JONATHAN”.
Que la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, mediante Oficio de fecha del 2 de
marzo de 2022, solicitó a la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y
COOPERACIÓN JUDICIAL, se ofrezca una recompensa destinada a aquellas
personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos
útiles que permitan lograr con la aprehensión de MOLINA JONATHAN
MANUEL, titular del D.N.I Nº 38.165.006, argentino, nacido el 17 de
enero de 1994, hijo de Manuel Esteban Molina y de María Balmaceda, con
ultimo domicilio conocido en la calle Defensa Nº 2793 de Troncos del
Talar.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y la
Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL
($1.500.000), destinada a aquellas personas que sin haber intervenido
en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan lograr con la
aprehensión de MOLINA JONATHAN MANUEL, titular del D.N.I Nº 38.165.006,
argentino, nacido el 17 de enero de 1994, hijo de Manuel Esteban Molina
y de María Balmaceda, con ultimo domicilio conocido en la calle Defensa
Nº 2793 de Troncos del Talar.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA de este
Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando
la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como
(IF-2022-22253695-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entra en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/03/2022 N° 17589/22 v. 25/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)