BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO

Decisión Administrativa 327/2022

DECAD-2022-327-APN-JGM - Estructura organizativa. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 25/03/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-119567196-APN-DGCA#BNMM, los Decretos Nros. 1386 del 29 de noviembre de 1996 y su modificatorio, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa Nº 676 del 8 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1386/96 se dispuso que la BIBLIOTECA NACIONAL desarrollará su acción como organismo descentralizado y autárquico en Jurisdicción de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobaron el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el artículo 3° del citado decreto se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados de la Administración Pública Nacional, entre ellos la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO como organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA.

Que por la Decisión Administrativa Nº 676/19 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA.

Que uno de los objetivos de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO es el de realizar y fomentar toda actividad cultural, acorde con los objetivos de la institución.

Que en el marco de dicho objetivo resulta conveniente incorporar la DIRECCIÓN DEL MUSEO DEL LIBRO Y DE LA LENGUA a la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado organismo.

Que, asimismo, corresponde la incorporación del citado cargo en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, como así también, en función de su adecuación al citado convenio, reasignar el Nivel de Función Ejecutiva de la DIRECCIÓN ESCUELA NACIONAL DE BIBLIOTECARIOS.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su competencia.

Que los servicios jurídicos permanentes de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO y del MINISTERIO DE CULTURA han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Anexo I del artículo 1º de la Decisión Administrativa N° 676 del 8 de agosto de 2019, correspondiente a la estructura organizativa de primer nivel operativo de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2022-18127845-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase al Anexo II del artículo 1º de la Decisión Administrativa N° 676 del 8 de agosto de 2019, correspondiente a la estructura organizativa de primer nivel operativo de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección del Museo del Libro y de la Lengua, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2022-26164445-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse y reasígnanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, los cargos pertenecientes a la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, de conformidad con la PLANILLA ANEXA (IF-2022-18130442-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 72 - MINISTERIO DE CULTURA, Entidad 116 - BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/03/2022 N° 18613/22 v. 28/03/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)







PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°

MINISTERIO DE CULTURA

BIBLIOTECA NACIONAL

DOCTOR MARIANO MORENO

DIRECCION DEL MUSEO DEL LIBRO Y DE LA LENGUA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar y desarrollar contenidos museográficos y planificar exposiciones destinadas a producir un conocimiento amplio de la historia del libro argentino y una vivencia singular de la lengua como acervo, partiendo del estado actual de las lenguas habladas en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, considerando sus variedades y su genealogía.

ACCIONES:

1. Diseñar abordajes y estrategias que permitan el desarrollo del Museo del Libro y de la Lengua como un espacio abierto para la participación ciudadana activa, con el fin de integrar las diversas culturas urbanas.

2. Implementar la exposición permanente y las exposiciones temporarias respecto de la historia del libro, la lectura y la lengua con eje en la culturapopular y sus géneros.

3. Reconstruir y diseñar el mapa de la lengua hablada en la REPÚBLICA ARGENTINA.

4. Desarrollar investigaciones sobre la lengua hablada y escrita en la REPÚBLICA ARGENTINA.

5. Proponer la firma de convenios con instituciones universitarias y demás centros educativos, y de la sociedad civil para producir contenidos para el Museo del Libro y de la Lengua, en el ámbito de su competencia, y diseñar intervenciones culturales y pedagógicas en coordinación con las mismas.

6. Proponer la contratación de expertos como curadores y/o conocedores idóneos no académicos, para la realización de las muestras.

7. Elaborar material pedagógico vinculado con los pueblos originarios, en colaboración con artistas, escritores y con hablantes de distintas lenguas, dialectos y jergas que se hablan en nuestro país, en el marco de su competencia.

8. Promover o propiciar instancias educativas en relación al Museo del Libro y de la Lengua y de la historia material del libro.

9. Promover la realización de cursos, jornadas, conferencias y seminarios sobre la lengua en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, y sobre el libro nacional y sus autores más relevantes, en el marco específico de su competencia.

10.Proponer la publicación de libros y de colecciones editoriales vinculados a los temas de la lengua y del libro.