ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5170/2022
RESOG-2022-5170-E-AFIP-AFIP -
Procedimiento. Sistema integral de control, rastreo y localización de
productos “TRAFIP”. Resolución General N° 2.996 y su complementaria. Su
modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-00305797- -AFIP-SADMDILEGI#SDGASJ, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General N° 2.996 se aprobó el sistema
integral de control, rastreo y localización de determinados productos
gravados con impuestos internos denominado “TRAFIP”.
Que la complejidad de un sistema de tales características aconsejó
disponer la creación de la “Comisión TRAFIP” para el relevamiento,
análisis, diseño y seguimiento del desarrollo e implementación del
referido sistema integral de control.
Que mediante el dictado de la Disposición Nº 178 (AFIP) del 8 de junio de 2011 se integró dicha Comisión.
Que del informe elaborado por la Dirección de Gestión Organizacional
sobre el estado y funcionamiento de las comisiones y los comités en los
que participan las máximas autoridades del Organismo, surge la
necesidad de suprimir aquellos que actualmente se encuentran sin
operatividad.
Que atento lo expuesto, resulta necesario dar de baja la Comisión
mencionada con motivo de haberse alcanzado los objetivos por los cuales
fue creada oportunamente.
Que, conforme a lo expresado, se entiende pertinente adecuar el texto
de la Resolución General N° 2.996 y su complementaria, eliminando la
referida comisión, así como también proceder a la abrogación de la
disposición complementaria.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 6° y 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución General N° 2.996 y su complementaria, en la forma que se indica a continuación:
a) Derogar el artículo 9º y el Anexo II.
b) Sustituir el artículo 10, por el siguiente:
“ARTÍCULO 10.- Aprobar el Anexo I que forma parte de la presente.”.
ARTÍCULO 2°.- Abrogar la Disposición N° 178 (AFIP) del 8 de junio de 2011.
ARTÍCULO 3°.- Esta norma entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en la
Biblioteca Electrónica y archívese.
Mercedes Marco del Pont
e. 28/03/2022 N° 18041/22 v. 28/03/2022