Disposición 170/2022
DI-2022-170-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2022
VISTO el EX-2019-98468648-APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota NO-2019-00427395-AFIP-DIEDRH#SDGRHH del
EX-2019-98468648-APN-DGDMT#MPYT, obra el Acta Acuerdo Nº 18/19
celebrada con fecha 29 de octubre de 2019 entre ASOCIACION DE EMPLEADOS
FISCALES E INGRESOS PUBLICOS (A.E.F.I.P.), por la parte sindical, y la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), por la parte
empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del acuerdo de autos las partes convienen la incorporación
a la Escala de Compensación por Residencia- Área Nº 5, que forma parte
del Art. 143 del LAUDO Nº 15/91 (T.O. Resolución S.T. Nº 925/10) a la
localidad de San Ramón de la Nueva Orán a partir del 1º de Octubre de
2019.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre
la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la
entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión
Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologada el Acta Acuerdo Nº 18/19 que luce
embebida mediante Nota NO-2019-00427395-AFIP-DIEDRH#SDGRHH del
EX-2019-98468648-APN-DGDMT#MPYT, celebrada con fecha 29 de octubre de
2019 entre ASOCIACION DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PUBLICOS
(A.E.F.I.P.), por la parte sindical, y la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS (AFIP), por la parte empleadora, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del Acta
Acuerdo Nº 18/19 que luce embebida mediante Nota
NO-2019-00427395-AFIP-DIEDRH#SDGRHH del EX-2019-98468648-APN-DGDMT#MPYT.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el LAUDO Nº
15/91.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acta acuerdo homologada y de esta Disposición,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/03/2022 N° 18493/22 v. 30/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)