Resolución 119/2022
RESOL-2022-119-APN-BNMM#MC
Ciudad de Buenos Aires, 29/03/2022
VISTO, el expediente electrónico Nº 2022-24508418-APN-DGCA#BNMM, la
Decisión Administrativa Nº 641 del 25 de junio de 2021, el Decreto 1386
del 29 de noviembre de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario avanzar en el proceso de fortalecimiento de la
seguridad de la información que reciben, producen y administran las
entidades y jurisdicciones del Sector Público Nacional comprendidas en
el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y
sus modificatorias, con el fin de dotarlas de las características de
confidencialidad, integridad y disponibilidad.
Que, en ese marco la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha aprobado
mediante la Decisión Administrativa Nº 641/2021, los “REQUISITOS
MÍNIMOS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN PARA LOS ORGANISMOS DEL SECTOR
PÚBLICO NACIONAL”, a la vez que estableció el deber de que cada
organismo apruebe un “Plan de Seguridad” que establezca los plazos en
que dará cumplimiento a cada uno de esos “requisitos mínimos”, plazos
que no deberán exceder la fecha del 31 de diciembre de 2022.
Que atento a lo dispuesto por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los
organismos públicos deben desarrollar una Política de Seguridad de la
Información compatible con la responsabilidad primaria y las acciones
de su competencia, sobre la base de una evaluación de los riesgos que
pudieran afectarlos
Que una Política de Seguridad de la Información es un documento central
para la protección de los datos y de los recursos utilizados para su
tratamiento, que define la postura de una organización respecto al
comportamiento que espera de empleados, autoridades y terceros que
tomen contacto con dichos datos y/o recursos, para su protección.
Que en virtud de lo mencionado, el Departamento de Sistemas ha
elaborado el documento Políticas de Seguridad de la Información –
Versión 1.0, el que será utilizado como base para establecer un
conjunto de normas, procedimientos, lineamientos y guías acordes a los
procesos que se llevan adelante en el Organismo, su plataforma
tecnológica y demás recursos de los que disponga.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto 1386/1996 y la Decisión Administrativa 641/2021.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA BIBLIOTECA DOCTOR MARIANO MORENO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
-Versión 1.0 de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, que como
Anexo I (IF-2022-27301779-APN-BNMM#MC) es parte integral de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el sitio web y en la Intranet del organismo.
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese la DIRECCIÓN NACIONAL DE
CIBERSEGURIDAD de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, y publíquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y oportunamente, archívese.
Juan Sasturain
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/03/2022 N° 19502/22 v. 31/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)