Resolución 127/2022
RESOL-2022-127-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2021-124094312-APN-DGAYF#MAD del Registro del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la ley N° 24.375
aprobatoria del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD), la ley N°
26.331 de Presupuestos Mínimos de protección ambiental de los bosques
nativos, la Ley de Procedimientos Administrativos n° 19549, el Decreto
1347 del 16 de diciembre de 1997, el Decreto 91 del 16 de febrero de
2009, la Resolución MAyDS n° 151 del 28 de marzo de 2017 aprobatoria de
la Estrategia Nacional de Biodiversidad y Plan de Acción 2016/2020, la
Decisión Administrativa N° 928 del 20 de setiembre de 2021,
modificatoria de la n° 262/2020, y
CONSIDERANDO:
Que la ley N.° 24.375 aprobó el Convenio sobre la Diversidad Biológica
(CBD) y su decreto reglamentario N.°1347/97 designó a la entonces
Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, actual
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE como su autoridad de
aplicación.
Que en el artículo 2° de dicho instrumento internacional se define el
uso sostenible como “la utilización de los componentes de la diversidad
biológica de un modo y a un ritmo que no ocasione la disminución a
largo plazo de la diversidad biológica, con lo cual se mantienen las
posibilidades de esta de satisfacer las necesidades y aspiraciones de
las generaciones actuales y futuras”.
Que el artículo 7° inciso a) del Convenio dispone que “cada Parte
Contratante … identificará los componentes de la diversidad biológica
que sean importantes para su conservación y utilización sostenible.”
Que el artículo 2° de la Ley 26.331, define a los bosques nativos como:
“… los ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente
por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y
fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea —suelo,
subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos—, conformando una trama
interdependiente con características propias y múltiples funciones, que
en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio
dinámico y que brinda diversos servicios ambientales a la sociedad,
además de los diversos recursos naturales con posibilidad de
utilización económica”.
Que de acuerdo con el Decreto 91/2009, el actual MINISTERIO DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN es la autoridad de aplicación de
la ley 26.331.
Que los productos forestales no madereros (PFNM) son recursos naturales
renovables obtenidos de los bosques, de otras áreas forestales y de
árboles fuera de los bosques que no incluyen a la madera, la leña y el
carbón. Son alimentos, medicinas, tintes, aceites esenciales, gomas,
resinas, fibras textiles y materiales para la construcción, entre
otros, que le dan valor agregado al bosque y los servicios que estos
brindan y contribuyen a la seguridad alimentaria, la inclusión social y
al desarrollo económico mediante la generación de empleo verde e
ingresos para las comunidades que los habitan.
Que dichos productos son una manifestación palmaria del uso sostenible
de la diversidad biológica, a la que la ESTRATEGIA NACIONAL SOBRE LA
BIODIVERSIDAD (ENB), adoptada por la Resolución 151/2017 del ex
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, reconoce como objetivo
fundamental para alcanzar un desarrollo inclusivo que tenga como
pilares tanto la conservación como el mentado uso sostenible (conf. Eje
1).
Que asimismo, los productos mencionados están reflejados en diversos
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, tales
como el Objetivo 2: poner fin al hambre, lograr la seguridad
alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura
sostenible, el Objetivo 5: lograr la igualdad entre los géneros y
empoderar a todas las mujeres y las niñas, el Objetivo 12: Garantizar
modalidades de consumo y producción sostenibles, el Objetivo 15:
Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas
terrestres, gestionar los bosques de forma sostenible, luchar contra la
desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y
poner freno a la pérdida de la diversidad biológica.
Que desde el año 1994 un área de la entonces Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable, comenzó una línea de trabajo sobre PFNM con un
grupo de técnicos especializados en el tema, donde se dio respuesta a
demandas de productores/as y técnicos/as, permitiendo mejorar aspectos
del aprovechamiento, el procesamiento y la comercialización de los
PFNM, desde un enfoque regional y nacional.
Que desde el año 2015, se ha llevado a cabo el Proyecto PNUD ARG 15/G53
“Incorporación del Uso Sostenible de la Biodiversidad en las Prácticas
de Producción de Pequeños Productores para Proteger la Biodiversidad en
los Bosques de Alto Valor de Conservación en las Ecorregiones Bosque
Atlántico, Yungas y Chaco” (USUBI), el cual ha contribuido a brindar
apoyo y fortalecimiento a pequeños productores de comunidades
indígenas, familias criollas y colonas de las ecorregiones de Yungas,
Chaco Seco y Bosque Atlántico a través de la comercialización de los
productos.
Que a través del trabajo en conjunto de expertos, autoridades de
aplicación y productores locales, se promovió a través del proyecto
USUBI, una red de colaboración entre los actores locales que permitió
la construcción y refacción de salas de procesamiento y elaboración de
productos, la creación y mantenimiento de viveros, el trabajo con más
de 100 especies del bosque nativo y la incorporación de 5 PFNM al
Código Alimentario Argentino, entre otros.
Que atento a la finalización del proyecto USUBI, es menester crear un
programa que continúe con las actividades desarrolladas en las
distintas ecorregiones elegidas, para replicar el trabajo realizado y
las experiencias obtenidas en otras, lo que permitirá dinamizar el
sector de los PFNM, a través de la puesta en valor de las especies
nativas de las que provienen.
Que en virtud de que la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD dependiente
de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES tiene
entre sus acciones, impulsar el uso de la biodiversidad en lo referente
al uso sostenible de especies, productos y subproductos con valor
agregado, el involucramiento de las comunidades locales, generación de
información y medidas de trazabilidad; será la encargada de llevar a
cabo el programa creado por la presente resolución.
Que debido a la competencia asignada a la SECRETARÍA DE POLÍTICA
AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES por la Decisión Administrativa 262/2020
Anexo 2, cabe delegar en esta el dictado de las normas jurídicas que se
propicien como consecuencia del programa creado por la presente
resolución, de conformidad con el art. Artículo 3 de la Ley 19.549.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención
que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las
facultades comprendidas en la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92)
modificada mediante el Decreto N° 7/19 y del Decreto N° 50/19.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Créase el “PROGRAMA NACIONAL DE
PRODUCTOS FORESTALES NO MADEREROS” (PNPFNM), conforme a los
fundamentos, objetivos y acciones que constan en el ANEXO I
(IF-2022-07686184- APN-DNBI#MAD) que forma parte de la presente
Resolución.
(Artículo rectificado por art. 2º de la Resolución Nº 176/2022 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible B.O. 4/5/2022. Vigencia: a partir del día
siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA.)
ARTÍCULO 2°. - La implementación del Programa estará a cargo de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD dependiente de la SECRETARÍA DE
POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES.
ARTÍCULO 3°. -Deléguese en la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN
RECURSOS NATURALES el dictado de normas complementarias, aclaratorias y
modificatorias necesarias para llevar a cabo los objetivos del Programa
conforme al art. 3° de la ley 19549.
ARTÍCULO 4°. – La presente resolución entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA.
ARTÍCULO 5°. - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese
Juan Cabandie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/04/2022 N° 21259/22 v. 05/04/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
PROGRAMA NACIONAL DE PRODUCTOS FORESTALES NO MADEREROS
1. Fundamentos y antecedentes
La diversidad biológica de los ecosistemas naturales comprende una gran
cantidad de plantas, hongos, animales y microorganismos, muchos de los
cuales se utilizan desde tiempos inmemoriales para obtener alimentos,
medicinas, tintes, cosméticos, fibras textiles, artesanías, materiales
para la construcción, entre otros. Estos productos, cuando se obtienen
de los bosques, otras áreas forestales y árboles fuera de los bosques,
se conocen mundialmente como productos forestales no madereros (PFNM),
ya que no incluyen a la madera, la leña y el carbón vegetal.
La biodiversidad vegetal constituye la principal fuente de obtención de
los PFNM, ya que se utilizan una enorme variedad de árboles, arbustos,
hierbas, lianas, epífitas, enredaderas, musgos, líquenes y helechos. De
las diversas especies vegetales se pueden obtener productos tales como
frutos, semillas, flores, hojas, cortezas, raíces, ceras, gomas,
resinas, aceites esenciales, extractos secos y acuosos, polen y néctar,
entre otros. Sin embargo, los PFNM también pueden obtenerse de hongos,
animales y microorganismos, que son utilizados con distintos fines.
En el pasado, los PFNM fueron utilizados principalmente por los pueblos
indígenas y las comunidades locales. Actualmente, estos son
aprovechados por múltiples actores, tanto para fines de subsistencia,
como para fines culturales, espirituales, comerciales, turísticos,
gastronómicos e industriales, entre otros.
En las últimas décadas la Organización de la Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación (FAO) y otros organismos internacionales,
han destacado la importancia que tienen los PFNM para las poblaciones
que viven y dependen de la biodiversidad de los ecosistemas naturales,
ya que contribuyen a la seguridad alimentaria, la inclusión social y al
desarrollo económico, mediante la generación de empleo verde e ingresos
para dichas comunidades, mitigando la migración hacia los grandes
centros urbanos.
La obtención de los PFNM es básicamente por recolección, y su
comercialización se realiza generalmente por canales no convencionales,
por lo tanto, no se reflejan en las estadísticas, no poseen mercado
fijo, responden a variaciones estacionales, y muchas veces, a la
ocurrencia de determinados eventos o factores que dificultan su
adecuada valorización.
La importancia del comercio de PFNM, estriba tanto en su valor
comercial, como en el elevado valor cultural que implica su consumo
tradicional. Asimismo, representan un gran potencial para el futuro
desarrollo de las economías locales y regionales. La llegada de estos
productos a los mercados urbanos genera un proceso de valorización
social de los ecosistemas terrestres, siendo una estrategia de
conservación de la biodiversidad a través del uso. Es, además, una
tarea que realizan en general mujeres y jóvenes rurales, lo que
posibilita el despliegue de estrategias que fortalecen el asociativismo
y el arraigo de las poblaciones a sus territorios.
En Argentina, la variedad de regiones forestales es indicativa de la
gran diversidad de especies de las cuales se pueden obtener PFNM. El
conocimiento de su distribución y abundancia permitiría configurar un
mapa de los sitios de obtención de los mismos. El aprovechamiento de
los PFNM es aún escaso respecto de su potencial y la información para
realizarlo de manera eficiente se encuentra dispersa. Las
investigaciones sobre PFNM deben ser abordadas a través de la ciencia,
la tecnología, la innovación y el conocimiento tradicional, y ser
analizadas desde un punto de vista multidisciplinario y
transdisciplinario, para la toma de decisiones en políticas públicas
ambientales que impacten positivamente en los territorios.
Para lograr una mayor eficiencia en el uso del recurso y obtener un
producto de alta calidad, deben tenerse en cuenta tanto las técnicas
para su aprovechamiento y procesamiento, como los métodos de
preservación.
En este sentido, se valoran tanto los saberes tradicionales presentes
en la diversidad cultural de las comunidades, como así también se hace
necesario el acceso al conocimiento técnico-científico que incorpore
nuevas herramientas y tecnologías.
En el año 1994, en la entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo
Sustentable, un área de trabajo, conformado por ingenieros agrónomos y
biólogos, comenzó a recopilar información sobre los usos y aplicaciones
de los PFNM, incorporando datos publicados en bibliografía
especializada.
Asimismo, se dio respuesta a demandas de productores/as y técnicos/as,
permitiendo mejorar aspectos del aprovechamiento, el procesamiento y la
comercialización de los PFNM, desde un enfoque regional y nacional. Se
propuso la incorporación de otras especies al esquema de uso múltiple
del bosque para obtener PFNM adaptándose a los recursos y capacidades
de cada tipo de productor/a. Este grupo trabajó de manera articulada
con diversas áreas del organismo.
Entre los productos generados se encuentran: base de datos de PFNM;
presentaciones de trabajos en congresos nacionales e internacionales;
publicaciones en revistas científicas y de divulgación; organización de
talleres y congresos de PFNM; producción de material técnico y de
divulgación de PFNM; inclusión de frutos de especies nativas en el
Código Alimentario Argentino (CAA); actualización del grado de avance
en el conocimiento de las aplicaciones, composición química,
propiedades nutricionales y fisicoquímicas de las especies que producen
frutos con uso alimenticio; capacitación a técnicos provinciales sobre
PFNM; asesoramiento técnico a investigadores del Ministerio de Ciencia,
Tecnología e Innovación Productiva para la incorporación de especies al
CAA.
Posteriormente, el proyecto Uso Sustentable de la Biodiversidad (USUBI)
- PNUD ARG 15/G53 -SPARN-DNBI, puso en valor estos productos a través
del trabajo en territorio en tres ecorregiones del norte argentino
(yungas, chaco seco y selva paranaense).
A continuación se mencionan algunos de los resultados y actividades del
proyecto: se fortaleció el marco de gobernanza provincial para el
manejo sostenible de PFNM; se desarrollaron y promovieron redes de
interacción y colaboración con expertos, autoridades de aplicación y
productores para establecer estrategias regionales para el
aprovechamiento sostenible de los PFNM; se implementaron pilotos de
aprovechamiento sostenible con agregado de valor en origen y
comercialización diferenciada; se facilitó el acceso formal a los
mercados a 270 familias; se trabajó con comunidades indígenas (Wichís,
Kollas, Ocloyas, Mbyá Guaraní),criollas y campesinas se trabajó en
243.000 hectáreas en 20 sitios piloto en las tres ecorregiones de
implementación del proyecto, se trabajó con más de 100 especies del
bosque nativo; se financió la construcción y refacción de salas de
procesado, elaborados, viveros, entre otros; se incorporaron 5
productos al CAA y se solicitó la incorporación de otros 15.
Atento a la necesidad de continuar con las actividades implementadas
por el área de trabajo de PFNM y el proyecto USUBI, es menester contar
con un Programa Nacional, dentro del ámbito del MAyDS, que contribuya a
sistematizar la información sobre la distribución y abundancia, usos y
aplicaciones de las especies de la flora nativa, ampliar el
conocimiento e información sobre el manejo y gestión sostenible de los
PFNM, así como de la colecta de datos, para llevar adelante
estadísticas confiables que permitan orientar la toma de decisiones y
propicien el fomento al uso sostenible como estrategia de conservación
de la biodiversidad, generación de empleo verde y desarrollo local
inclusivo e integral.
2. Objetivo general
Contribuir al aprovechamiento sostenible y a la conservación de la biodiversidad, a través de la valoración de los PFNM.
3. Objetivos específicos
• Promover acciones de innovación, investigación, transferencia
tecnológica y capacitación que contribuyan a potenciar el uso
sostenible de los PFNM y su adecuada valoración y valorización como
generadores de desarrollo y como herramienta para el uso sostenible de
la biodiversidad.
• Promover el aprovechamiento sostenible de los PFNM, sobre la base del
conocimiento científico y tradicional aplicado en toda su cadena de
valor (prácticas de manejo, recolección, usos, aplicaciones,
procesamiento de materias primas, asociativismo y comercialización),
para lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a las mujeres.
• Promocionar la incorporación, adaptación y mejora de tecnologías
disponibles que permitan mayor eficiencia en el aprovechamiento de los
PFNM, priorizando la conservación de la biodiversidad y las especies
aprovechadas, así como de las técnicas de procesamiento y aplicaciones
innovadoras, para garantizar modalidades de consumo y producción
sostenibles.
• Promover la restauración de ecosistemas boscosos con especies nativas
utilizadas para aprovechamiento de PFNM, que contribuyan a la
estrategia de adaptación al cambio climático.
Fortalecer el marco de gobernanza nacional y provincial para el manejo sostenible de PFNM del bosque nativo a escala de paisaje.
3. Acciones
Dentro del Programa Nacional de PFNM se contempla realizar las
siguientes acciones:
I Relevamiento, sistematización de la información
y difusión
• Desarrollar una base de datos sobre la información de las especies
nativas de las que se obtienen PFNM (biología de las especies y usos).
• Elaborar documentos en base a la revisión de bibliografía de
distintas disciplinas científicas, agrupando la información por
especies y por productos, en cuanto a características biológicas,
métodos de aprovechamiento, técnicas de preservación y procesamiento,
aplicaciones y tecnologías de procesamiento disponibles.
• Identificar, sistematizar y mapear experiencias de aprovechamiento
sostenible que sirvan de insumo para promover modelos de desarrollo.
II Fortalecimiento de capacidades locales
• Promover el fortalecimiento de las capacidades de comunidades y
productores/as en el aprovechamiento de PFNM con perspectiva de género
e inclusión de jóvenes.
• Gestionar la asistencia técnica y financiera para la implementación de proyectos de usos sostenible de PFNM.
• Impulsar el acompañamiento en la comercialización de PFNM y el fortalecimiento de sus cadenas de valor.
• Desarrollar talleres, capacitaciones y seminarios a nivel provincial,
ecorregional y nacional, así como material de difusión sobre la
conservación y el uso sostenible de especies utilizadas como fuente de
PFNM.
• Promover el consentimiento fundamentado previo y el establecimiento
de condiciones mutuamente acordadas, conforme a lo dispuesto en el
Protocolo de Nagoya, para garantizar la distribución justa y equitativa
de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos
y conocimientos tradicionales asociados cuando corresponda al
aprovechamiento de PFNM.
III Manejo y restauración
• Promover prácticas de manejo que fomenten el uso múltiple del bosque,
utilizando los PFNM para una mejor conservación de los ecosistemas
boscosos.
• Promover acciones de restauración ecológica y enriquecimiento de
ecosistemas boscosos, utilizando especies de plantas nativas que
proveen PFNM, mediante el desarrollo de viveros locales.
• Promover la implementación de indicadores y medidas de monitoreo de aprovechamiento y conservación del ecosistema boscoso.
IV Articulación interinstitucional
• Tramitar la inclusión de PFNM en el Código Alimentario Argentino,
actualizando el grado de avance en el conocimiento ancestral y
científico de las aplicaciones, composición química, propiedades
nutricionales y fisicoquímicas.
• Promover la articulación con la Dirección Nacional de Bosques del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el fortalecimiento
técnico de las capacidades sobre el manejo de PFNM.
• Promover la articulación con otros organismos de gobierno y
jurisdicciones locales para establecer estrategias de aprovechamiento
sostenible de PFNM y protocolos de prácticas de manejo y procesamiento
a fin de fortalecer las cadenas de valor.
• Crear la Red Nacional de PFNM con autoridades de aplicación,
productores/as, técnicos/as e investigadores/as para propiciar
instancias de diálogo y articulaciones que fomenten el intercambio de
conocimientos técnicos y tradicionales, el desarrollo de iniciativas
comerciales y de aprovechamiento sostenible de PFNM, con perspectiva de
géneros y juventudes.