Resolución 58/2022
Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2022
En Buenos Aires, a los 31 días del mes de marzo del año dos mil
veintidós, sesionando a través de videoconferencia, con la Presidencia
del Dr. Alberto Agustín Lugones, los/las señores/as consejeros/as
asistentes, y
VISTO:
La solicitud de prórroga de noventa (90) días para la elaboración del
Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura
efectuada por el Sr. Administrador General del Poder Judicial de la
Nación, y
CONSIDERANDO:
1°) Que se remite las presentes actuaciones a efectos de someter a
consideración el requerimiento efectuado por el Sr. Administrador
General del Poder Judicial de la Nación de una prórroga de noventa (90)
días en la elaboración del Sistema de Registro de Proveedores del
Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM) (v.
fs. 1/2).
2°) Que la previa intervención de la Comisión de Administración y
Financiera se sustentó en lo previsto por el artículo 41º del
Reglamento General del Consejo de la Magistratura –aprobado por
Resolución CM nº 97/07-.
3°) Que, en fecha 27 de diciembre de 2021, en el marco del expediente
AAD n° 74/21 caratulado “Solicitud Marías Diego (consejero) s/ Creación
del Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura
de la Nación”, el Plenario del Cuerpo aprobó la creación del mentado
Registro de Proveedores mediante Resolución CM n° 362/21; ello, previa
conformidad de la Comisión de Administración y Financiera y de la
Comisión de Reglamentación, mediante Dictámenes CAF n° 57/21 y CR n°
6/21 (fs. 5/22 y 23/36).
4°) Que, el día 30 de diciembre de 2021, la Resolución CM n° 362/21
resultó debidamente publicada en el Boletín Oficial de la República
Argentina y, en consecuencia, empezó a correr el plazo estipulado en el
punto resolutivo 10º de esa resolución, que receptaba que entraría en
vigencia –junto con su Anexo– “[…] a los noventa (90) días de su
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina” (fs. 16).
5°) Que, el 10 de marzo del corriente, la Dirección General de
Planificación remitió una nota al Sr. Administrador General del Poder
Judicial de la Nación señalando que a partir de la publicación de la
Resolución CM n° 362/21, comenzó a trabajar formalmente en el
desarrollo e implementación del Sistema de Registro de Proveedores,
celebrando diversas reuniones de trabajo e incorporando referentes y
propuestas de diversas dependencias de la Administración General que
tendrán intervención en el Registro a implementarse (fs. 1/2).
Por otro lado, acompañó un informe del Estado de Avance de la Etapa I,
del cual surge que, si bien se han avanzado con diversas
funcionalidades, al día de la fecha el sistema se encuentra en proceso
de desarrollo, motivo por el cual aún no se encuentra finalizado. En
síntesis, marcó que el estado de avance se resume en:
i- Formularios de Datos Básicos para la preinscripción del proveedor: en etapa de pruebas;
ii- Consulta Pública de Proveedores: en proceso de desarrollo (resta definir y ocultar los datos sensibles),
iii- Formularios de Datos Detallados para completar la preinscripción:
en proceso de desarrollo (complejo debido a la cantidad de campos a
completar y las validaciones requeridas a tal fin);
iv- Sistema de Gestión Interno (para usuarios PJN) pendiente;
v- Gestión de Cambios y Actualizaciones del Proveedor: pendiente.
Asimismo, indicó que “[…] se encuentra pendiente el análisis y
recomendaciones por parte de Seguridad Informática, así como también el
dimensionamiento del equipamiento y el espacio necesario para el
funcionamiento del nuevo sistema”.
En virtud de ello, consideró procedente sugerir al Sr. Administrador
General el requerimiento de una prórroga por noventa (90) días a partir
del vencimiento de los plazos previstos en el artículo 10º de la
Resolución CM n° 362/2021 –v. consid. 4º de la presente–.
6°) Que, mediante correo electrónico de fecha 18 de marzo del
corriente, el Sr. Administrador General del Poder Judicial de la Nación
se dirigió al Sr. Consejero Dr. Diego Marías y trasladó el
requerimiento de una prórroga de noventa (90) días en la elaboración
del Sistema de Registro e Proveedores del Consejo de la Magistratura
(v. fs. 1/3).
7°) Que, el 28 de marzo del corriente año, la Vocalía del Dr. Diego
Marías, remitió a la Comisión de Administración y Financiera el aludido
requerimiento de prórroga para su tratamiento.
8°) Que, luego de un pormenorizado análisis del estado de situación a
la fecha oportunamente informado por la Dirección General de
Planificación, se considera pertinente otorgar la prórroga solicitada
por el Sr. Administrador General por el término de noventa (90) días
para el desarrollo e implementación del Sistema de Registro de
Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la
Nación.
Por ello, y de conformidad con el Dictamen Nº 17/2022 de la Comisión de Administración y Financiera,
SE RESUELVE:
1º) Prorrogar por el término de noventa (90) días el plazo previsto en el artículo 10° de la Resolución CM N° 362/2021.
2º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Regístrese y hágase saber.
De lo que doy fe.
Mariano Pérez Roller - Alberto Agustin Lugones
e. 05/04/2022 N° 21222/22 v. 05/04/2022