DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 527/2021
DI-2021-527-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2021
VISTO el EX–2019–94630839–APN–DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que bajo las páginas 3 / 4 del IF – 2019 – 94734107 – APN – DGDMT#MPYT
y página 1 del IF – 2019 – 103907500 – APN – DNRYRT#MPYT obran el
acuerdo y acta complementaria, respectivamente, celebrados entre el
SINDICATO ARGENTINO DE TRABAJADORES HORTICULTORES Y AGRICOLAS
(S.A.T.H.A.), por el sector gremial, y la ASOCIACION ARGENTINA DE
FLORICULTORES Y VIVERISTAS, por el sector empleador, de conformidad con
lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).
Que bajo el acuerdo de marras las partes convienen nuevas condiciones económicas, conforme los lineamientos allí consignados.
Que debe dejarse indicado que si bien en el acuerdo de marras, las
partes hacen referencia al Convenio Colectivo de Trabajo N° 684/14, de
los registros obrantes en esta Cartera de Estado surge que dicho plexo
convencional ha sido renovado por el Convenio Colectivo de Trabajo N°
745/16.
Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo queda circunscripto a
los límites previstos por el ámbito personal y territorial emergente de
la personería gremial de la Entidad sindical signataria y la
representatividad que ostenta el sector empleador firmante.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas
insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y
facultades para negociar colectivamente.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo ha tomado la intervención pertinente.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión
Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo y acta complementaria
obrantes en las páginas 3 / 4 del IF – 2019 – 94734107 – APN –
DGDMT#MPYT y página 1 del IF – 2019 – 103907500 – APN – DNRYRT#MPYT,
respectivamente, del EX – 2019 – 94630839 – APN – DGDMT#MPYT,
celebrados entre el SINDICATO ARGENTINO DE TRABAJADORES HORTICULTORES Y
AGRICOLAS (S.A.T.H.A.), por el sector gremial, y la ASOCIACION
ARGENTINA DE FLORICULTORES Y VIVERISTAS, por el sector empleador, de
conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).
ARTÍCULO 2°.-Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de
la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro de los
instrumentos identificados en el artículo 1° de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 745/16.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita de los instrumentos homologados y de esta
Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/04/2022 N° 20523/22 v. 06/04/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)