AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución Sintetizada 455/2022
RESOL-2022-455-APN-DE#AND FECHA 07/04/2022 EX-2022-29361387- -APN-DNIPD#AND
El Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD ha resuelto:
ARTÍCULO 1°.- Amplíase hasta el 31 de mayo de 2022 inclusive, el plazo
establecido en el Artículo 1° de la Resolución AND N° 249, de fecha 14
de marzo de 2022.
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 719/2022 de la Agencia Nacional de Discapacidad B.O. 24/5/2022 se amplía hasta el 15 de junio de 2022 inclusive, el plazo
estipulado en el presente Artículo.)
ARTÍCULO 2º.- Convóquese a Audiencias Públicas en el marco de la
Consulta Federal impulsada por la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, con
el objeto de promover una efectiva participación ciudadana y debatir de
forma transparente y pública las distintas opiniones, propuestas,
experiencias, conocimientos e informaciones existentes sobre la
necesidad de impulsar un proyecto de Ley de Discapacidad en la
República Argentina, en reemplazo del régimen establecido por la Ley
22.431.
ARTÍCULO 3°.- Las Audiencias Públicas se celebrarán en forma presencial
entre los días 2 de mayo de 2022 y el 31 de mayo de 2022, según el
siguiente cronograma: - Región Patagonia: Ciudad de Neuquén, provincia
del Neuquén, los días 02 y 03 de mayo de 2022 a las nueve horas (09:00
hs). - Región Centro: Ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, los días
05 y 06 de mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). - Región Noroeste
Argentino (NOA): Ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán,
los días 11 y 12 de mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). - Región
Cuyo: Ciudad de San Juan, provincia de San Juan, los días 16 y 17 de
mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). - Región Noreste Argentino
(NEA): Ciudad de Resistencia, provincia del Chaco, los días 23 y 24 de
mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). - Área Metropolitana de
Buenos Aires (AMBA), los días 30 y 31 de mayo de 2022 a las nueve horas
(09:00 hs). Se realizará una Audiencia Pública de modo virtual, los
días 19 y 20 de mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). A través de
la página de internet de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
https://www.argentina.gob.ar/andis/nueva-ley, se publicarán los lugares
y horarios donde se llevarán a cabo las mismas. Las audiencias contarán
con todas las herramientas de accesibilidad y apoyos necesarios para
asegurar una participación efectiva e inclusiva. Asimismo, se
trasmitirán en simultáneo a través de una plataforma de streaming, la
que será informada a través de la mencionada página de internet.
ARTÍCULO 4°.- El procedimiento se regirá por el Reglamento de
Audiencias Públicas aprobado por el Decreto Nº 1172/03 y según los
lineamientos y condiciones que se difundirán y comunicarán a través de
la página web: https://www.argentina.gob.ar/andis/nueva-ley.
ARTÍCULO 5°.- Las Audiencias Públicas serán presididas por el señor
Director Ejecutivo y por el señor Director Nacional para la Inclusión
de las Personas con Discapacidad de esta AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, quienes actuarán de manera conjunta o alternada, pudiendo
designar funcionarios competentes en su reemplazo.
ARTÍCULO 6°.- Establécese que podrá participar en las Audiencias
Públicas toda persona humana o jurídica, pública o privada, que invoque
un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva,
relacionado con la temática de la discapacidad. Las personas jurídicas
participarán por medio de sus representantes, acreditando personería
mediante el instrumento legal correspondiente, admitiéndose la
intervención de un solo orador en su nombre. A los fines de su
participación, tanto las personas humanas como las jurídicas, deberán
inscribirse en el correspondiente Registro de Participantes que se
encontrará disponible en la página web
https://www.argentina.gob.ar/andis/nueva-ley, debiendo cumplir con la
totalidad de requisitos allí establecidos. Completos y validados los
mismos por esta Agencia, se remitirá constancia fehaciente de registro
e inscripción, instrumento que autorizará a los participantes a formar
parte de las exposiciones orales de las Audiencias Públicas que se
realicen.
ARTICULO 7°.- Habilitar a partir de las CERO HORAS (00:00 hs.) del día
8 de abril de 2022 hasta las VEINTITRÉS HORAS Y CINCUENTA Y NUEVE
MINUTOS (23:59 hs.) del día 29 de mayo de 2022, el Registro de
Participantes al que se podrá acceder a través de la página web citada
en el artículo precedente. El Registro se cerrará CUARENTA Y OCHO (48)
horas antes de cada Audiencia Pública.
ARTÍCULO 8°.- Son requisitos para la participación en calidad de
oradores de las Audiencias Públicas: - Inscripción previa en el
Registro habilitado a tal efecto conforme Artículo 6°. - Podrá
acompañarse, asimismo, toda otra documentación y/o propuesta
relacionada con el tema a tratar, según el formato y modalidad
estipulado en el formulario disponible en la página web
https://www.argentina.gob.ar/andis/nuevaley, o podrá remitirse a la
casilla de correo electrónico nuevaley@andis.gob.ar, bajo formato Word
con las siguientes características: tipo de letra Arial, tamaño: 12,
texto sin justificar, interlineado simple, denominación del archivo
“AUDIENCIA PUBLICA (cuidad) EJE (el elegido o caso contrario VARIOS)
Orador N° (el asignado en el orden para exponer)”. Todo archivo que no
reúna las características antes mencionadas no será tratado.
ARTÍCULO 9°.- En la Audiencia Pública tanto las personas humanas como
los representantes de las personas jurídicas, organizaciones y/o
entidades interesadas, tendrán derecho a UNA (1) intervención oral de
CINCO (5) minutos.
ARTICULO 10°.- El informe de cierre conteniendo la descripción sumaria
de las intervenciones e incidencias de la Audiencia Pública, sin
apreciación alguna sobre su contenido, se publicará en el Boletín
Oficial de la República Argentina y en la página web:
https://www.argentina.gob.ar/andis/nueva-ley en el plazo de DIEZ (10)
días hábiles administrativos contados desde la finalización de la
última de las Audiencias Públicas dispuestas.
ARTICULO 11°.- Publíquese la convocatoria por DOS (2) días consecutivos
en el Boletín Oficial de la República Argentina; en DOS (2) diarios de
circulación nacional y en la página web de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD.
ARTÍCULO 12°.- Hágase constar en la publicación la siguiente
información: i.- Autoridad convocante: AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD. ii.- Objeto: Promover una efectiva participación
ciudadana y debatir de forma transparente y pública las distintas
opiniones, propuestas, experiencias, conocimientos e informaciones
existentes sobre la necesidad de impulsar un proyecto de Ley de
Discapacidad en la República Argentina, en reemplazo del régimen
establecido por la Ley 22.431. De acuerdo con lo definido en el
Artículo 1° de la presente Resolución. iii.- Procedimiento: Se regirá
por el Reglamento de Audiencias Públicas aprobado por el Decreto Nº
1172, de fecha 3 de diciembre de 2003. iv.- Área de Implementación:
Dirección Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD. v.- Lugares, fechas y horas de
las Audiencias: - Región Patagonia: Ciudad de Neuquén, provincia del
Neuquén, los días 02 y 03 de mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs).
- Región Centro: Ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, los días 05 y
06 de mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). - Región Noroeste
Argentino (NOA): Ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán,
los días 11 y 12 de mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). - Región
Cuyo: Ciudad de San Juan, provincia de San Juan, los días 16 y 17 de
mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). - Región Noreste Argentino
(NEA): Ciudad de Resistencia, provincia del Chaco, los días 23 y 24 de
mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). - Área Metropolitana de
Buenos Aires (AMBA), los días 30 y 31 de mayo de 2022 a las nueve horas
(09:00 hs). Se realizará una Audiencia Pública de modo virtual los días
19 y 20 de mayo de 2022 a las nueve horas (09:00 hs). A través de la
página de internet de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
https://www.argentina.gob.ar/andis/nueva-ley, se publicarán los lugares
y horarios donde se llevarán a cabo las mismas. Las audiencias contarán
con todas las herramientas de accesibilidad y apoyos necesarios para
asegurar una participación efectiva e inclusiva. Asimismo, se
trasmitirán en simultáneo a través de una plataforma de streaming, la
que será informada a través de la mencionada página de internet. vi.-
Participación: Toda persona humana o jurídica, pública o privada, que
invoquen un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva,
relacionado con la temática de la discapacidad. Las personas jurídicas
participan por medio de sus representantes, acreditando personería
mediante el instrumento legal correspondiente, admitiéndose la
intervención de un (1) solo orador en su nombre. vii.- Inscripción:
Quienes deseen participar deberán inscribirse en forma previa, a partir
de las CERO HORAS (00:00 hs.) del día 8 de abril de 2022 y hasta las
VEINTITRÉS HORAS y CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS (23:59 hs.) del día 29 de
mayo de 2022, en el Registro de Participantes en la página web
https://www.argentina.gob.ar/andis/nueva-ley. El Registro se cerrará
CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de cada Audiencia Pública. En
oportunidad de la inscripción, quien solicite participar como oradora u
orador en la Audiencia Pública deberá manifestarlo expresamente en el
Formulario de Inscripción, identificando el/los ejes temáticos a
abordar. Asimismo, podrán realizar sus aportes o remitir informe
complementario según el formato y modalidad estipulado en el formulario
disponible en la página web
https://www.argentina.gob.ar/andis/nueva-ley, o bien, podrán ser
remitidos a la casilla de correo electrónico: nuevaley@andis.gob.ar, en
formato Word con las siguientes características: tipo de letra Arial,
tamaño: 12, texto sin justificar, interlineado simple, denominación del
archivo “AUDIENCIA PUBLICA (cuidad) EJE (el elegido o caso contrario
VARIOS) Orador N° (el asignado en el orden para exponer)”. Todo archivo
que no reúna las características antes mencionadas no será tratado.
viii.- Autoridades: Las Audiencias Públicas serán presididas por el
señor Director Ejecutivo y por el señor Director Nacional para la
Inclusión de las Personas con Discapacidad de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, quienes actuarán de manera conjunta o alternada, pudiendo
designar funcionarios competentes en su reemplazo. ix.- Resultados: La
autoridad convocante informará sobre el desarrollo y los resultados del
procedimiento a través de la página web
https://www.argentina.gob.ar/andis/nueva-ley. x.- Difusión: La
convocatoria a las Audiencias Públicas se publicará en el Boletín
Oficial de la República Argentina, en por lo menos DOS (2) diarios de
circulación nacional, en la página web de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD https://www.argentina.gob.ar/andis/nueva-ley, y en las
redes sociales de la misma.
ARTÍCULO 13°.- Invítese a participar a la sociedad civil, personas con
discapacidad y sus familias, organizaciones de y para personas con
discapacidad, autoridades gubernamentales provinciales, organismos
públicos cuyas competencias funcionales se vinculen con la temática,
sindicatos, universidades, y todos aquellos sectores clave vinculados
con la temática de la discapacidad.
ARTICULO 14°.- Comuníquese, publíquese en extracto por DOS (2) días
consecutivos, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial; y
oportunamente archívese.
Firmado: Fernando Gastón Galarraga, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Discapacidad.
Claudia Marisa Ceci, Secretaria Privada, Dirección Ejecutiva.
e. 08/04/2022 N° 22666/22 v. 11/04/2022