Resolución 152/2022
RESOL-2022-152-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2022
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico N°
13894214/22 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS, las Resoluciones del Directorio de la AUTORIDAD
REGULATORIA NUCLEAR N° 386/18 y N° 432/18, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N°
24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad
nuclear en la República Argentina deberá ajustarse a las regulaciones
que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su
competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o
Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que el solicitante de un Permiso Individual para técnico en medicina
nuclear debe aprobar alguna de las carreras cuyo temario es reconocido
por la ARN como formación suficiente a dichos fines, conforme se
estableció mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 386/18.
Que a través del Artículo 2° de la Resolución del Directorio de la ARN
N° 432/18 se consideró un plazo máximo de dos años para realizar los
cursos de capacitación exigidos en la Resolución del Directorio de la
ARN N° 386/18 y mediante la acreditación de su cumplimiento presentar
las solicitudes de permisos individuales.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha
informado en las presentes actuaciones, que las dificultades
ocasionadas por la emergencia sanitaria (COVID-19- PANDEMIA) durante el
2020 y 2021 han obstaculizado dar cumplimiento, en término, a lo
establecido en las Resoluciones del Directorio de la ARN N° 386/18 y N°
432/18, por lo cual recomienda ampliar el plazo para la presentación de
solicitudes de permisos individuales del personal que se desempeña en
instalaciones de medicina nuclear.
Que la ACTIVIDAD LICENCIAMIENTO DEL PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE II
y III y la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS han tomado la
intervención que les compete.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los
Artículo 16, Inciso c) y 22 inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 23 de marzo de 2022 (Acta N° 12),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Derogar el Artículo 2° de la Resolución del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR N° 432/18.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que las presentaciones de solicitudes para la
obtención de Permisos Individuales de las personas que aprobaron un
curso que contenga el temario de contenidos reconocidos a través de la
Resolución del Directorio de la ARN N° 386/18 y que cumplan con las
condiciones para ser consideradas “Técnicos Idóneos” en Medicina
Nuclear del Anexo de la Resolución del Directorio de la ARN N° 432/18
podrán ser presentadas hasta la fecha límite de 31 de diciembre de 2022.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS - ACTIVIDAD
LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE II y III y al CONSEJO
ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES
(CAAR). Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Agustin Arbor Gonzalez
e. 18/04/2022 N° 24205/22 v. 18/04/2022