MINISTERIO DE TRANSPORTE
JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
Resolución 91/2022
RESOL-2022-91-APN-JST#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2022
VISTO el Expediente N° EX-2020-85325179-APN-JST#MTR, la Resolución N°
RESOL-2022-90-APN-JST#MTR de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE de
fecha 4 de abril de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que, a través del expediente citado en el Visto, recayó la Resolución
N° RESOL-2022-90-APN-JST#MTR con fecha 4 de abril de 2022, por la cual
fue aprobada la enmienda al texto de las REGULACIONES ARGENTINAS DE
AVIACIÓN CIVIL, Parte 13 (RAAC 13).
Que, debido a un error material e involuntario, en la lista de
verificación de páginas del texto aprobado de las REGULACIONES
ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL Parte 13 (RAAC 13), identificado bajo el
IF-2022-26629900-APN-DNISAE#JST, se omitió consignar la fecha de
revisión de la Subparte D y el Apéndice A, obrantes en la página 4 del
citado documento.
Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos,
Decreto N° 1.759 T.O. 2017, establece que: (…) En cualquier momento
podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los
aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o
decisión (…).
Que, conforme a la norma transcripta, la rectificación procede de
oficio en cualquier momento y sin más trámite, para la subsanación de
errores materiales siempre que no se altere la sustancia del acto
administrativo, tal lo menciona calificada doctrina en materia de
derecho administrativo (v. Cassagne Juan Carlos, Curso de Derecho
Administrativo, Tomo II, Ed. Thomson Reuters – La Ley, versión on line,
Ebook-11 edición actualizada, Buenos Aires, 2016).
Que, atendiendo a las razones expuestas, corresponde sustituir el ANEXO
I (IF-2022-26629900-APN-DNISAE#JST) - aprobado a través del Artículo 2°
de la Resolución N° RESOL-2022-90-APN-JST#MTR - por un nuevo documento,
con la finalidad de completar las fechas de revisión omitidas
involuntariamente en la página 4 de dicho texto.
Que, toda vez que, la rectificación de los errores materiales o de
hecho y los aritméticos, pueden realizarse en cualquier momento,
siempre y cuando la enmienda no altere lo sustancial del acto o
decisión, se considera que la presente no amerita la intervención
previa del servicio permanente de asesoramiento jurídico de esta
jurisdicción – el cual intervino previo a la firma de la Resolución N°
RESOL-2022-90-APN-JST#MTR - en los términos del artículo 7° inciso d)
de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus
modificatorias.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas en la Ley N° 27.514 y en el artículo 101 del Reglamento de
Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Rectifíquese el error material e involuntario contenido
en la lista de verificación de páginas del texto de las REGULACIONES
ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL, Parte 13 (RAAC 13), aprobado por el
Artículo 2° de la Resolución RESOL-2022-90-APN-JST#MTR de fecha 4 de
abril de 2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2°.- Apruébase la modificación del texto de la Parte 13 de
las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), bajo el título
“INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL”,
identificado bajo el IF-2022-33689279-APN-DNISAE#JST que, como ANEXO I,
forma parte integrante del presente acto.”
ARTÍCULO 2°. - Consérvense los demás extremos de la Resolución N°
RESOL-2022-90-APN-JST#MTR de fecha 4 de abril de 2022 de la JUNTA DE
SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE.
ARTÍCULO 3°. - Notifíquese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL (ANAC) para su conocimiento, publicación en su página web y
posterior comunicación a la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL
INTERNACIONAL (OACI) de la modificación realizada en el texto de la
Parte 13 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC),
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Julian Obaid
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/04/2022 N° 25434/22 v. 20/04/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)