AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 293/2022
DI-2022-293-APN-ANSV#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 22/04/2022
VISTO el Expediente EX-2017-29123504- -APN-DGA#ANSV, del Registro de la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado en la
órbita del del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las leyes Nros. 24.449 y
26.363 y su normativa reglamentaria, los Decretos N° 1787 del 5 de
noviembre de 2008, N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y N° 8 del 4 de
enero de 2016, las Disposiciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL N° 42 del 16 de marzo de 2011, N° 52 de fecha 1° de abril de 2011,
N° 604 del 5 de noviembre de 2012, y N° 251 del 17 de agosto de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL (ANSV) como Organismo descentralizado actuante en el ámbito del
entonces MINISTERIO DEL INTERIOR – actual MINISTERIO DE TRANSPORTE DE
LA NACIÓN conforme Decretos N° 13/15 y N°8/16 – cuya misión es la
reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional
mediante la promoción, coordinación y seguimiento de las políticas de
seguridad vial nacionales.-
Que entre las funciones asignadas por la norma de creación, conforme lo
establece el inciso n) del artículo 4º de la Ley Nº 26.363 se encuentra
la de coordinar con las autoridades competentes de todas las provincias
y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la puesta en funcionamiento
del Sistema de Revisión Técnica Obligatoria para todos los vehículos.
Que, conforme lo establece el artículo 34 de la Ley Nº 24.449 y su
correspondiente reglamentación -Artículo 34º inciso 1º del Anexo I del
Decreto Nº 779/95 y modificatorias-, todos los vehículos que integren
las categorías L, M, N, y O, para poder circular por la vía pública
deberán tener aprobada la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), tendiente
a garantizar que los vehículos particulares que circulan por la vía
pública del territorio nacional, especialmente en las rutas nacionales,
reúnan las condiciones mínimas de seguridad activa y pasiva para
circular; como así también el control de la emisión de contaminantes.
Que con fecha 18 de julio de 2017 fue suscripto el CONVENIO DE
COOPERACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y COORDINACIÓN celebrado entre la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA
NACIÓN y el MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE NEUQUÉN, aprobado mediante
Disposición ANSV Nº 251 de la ANSV de fecha 17 de agosto de 2018, por
el cual las partes coordinaron la implementación del Sistema de
Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local, en el ámbito
jurisdicción del Municipio de Neuquén.
Que en la mencionada medida se aprobó el ACTA COMPLEMENTARIA AL
CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA
CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCIÓN – CNI-; , la cual tiene por objeto
la implementación del mencionado instrumento por los Talleres de
Revisión Técnica (TRT) habilitados.
Que asimismo, en el mencionado acto administrativo se ha certificado el
cumplimiento por parte del Taller de Revisión Técnica Obligatoria de
Jurisdicción Local denominado REVISIÓN TÉCNICA NQN S.R.L (CUIT
30-71473256-7), sito en Gatica 1158 de la Ciudad de Neuquén, de la
Provincia de Neuquén, de los recaudos y requisitos exigidos por la Ley
N° 24.449, N° 26.363, Decreto N° 779/95 y Decreto N° 1716/08, y se ha
registrado el mismo como Taller de Revisión Técnica Obligatoria de
Jurisdicción Local, en el REGISTRO NACIONAL DE TALLERES DE REVISIÓN
TÉCNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL en la órbita de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como taller habilitado por la MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE NEUQUÉN para prestar el servicio de Revisión Técnica
Obligatoria a vehículos de uso particular, en el marco del SISTEMA
NACIONAL DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA, regulado por la ley N°
24.449, N° 26.363, Decreto N° 779/95 y Decreto N° 1716/08.
Que la Dirección Nacional de Coordinación Interjurisdiccional de la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en el marco de las competencias
atribuidas por el Decreto N° 1787/2008, ha considerado oportuno y
conveniente efectuar la rescisión de Convenio y el Acta complementaria
antes citadas, fundado en razones de oportunidad, mérito y conveniencia
reservadas al área competente. Asimismo, y en consecuencia a ello, se
ha resuelto dar de baja del Registro de Talleres de RTO de Jurisdicción
Local, al taller REVISIÓN TÉCNICA NQN S.R.L (CUIT 30-71473256-7).
Que con fecha 18 de Enero de 2022 se notificó fehacientemente a la
Municipalidad de la Ciudad de Neuquén de la rescisión resuelta, con
fundamento y del modo establecido en la Cláusula Décima del CONVENIO DE
COOPERACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y COORDINACIÓN celebrado entre la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y EL MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE
NEUQUÉN DE LA PROVINCIA DE NEUQUÉN PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE
LA VIGENCIA DEL SISTEMA DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA EN EL MUNICIPIO
DE NEUQUÉN y del ACTA COMPLEMENTARIA AL CONVENIO ESPECÍFICO DE
COOPERACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONSTANCIA NACIONAL DE
INSCRIPCIÓN – CNI-; aprobados por Disposición ANSV Nº 251 del 17 de
agosto de 2018.
Que con fecha 15 de Febrero de 2022 se notificó fehacientemente al
Taller de Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local denominado
REVISIÓN TÉCNICA NQN S.R.L (CUIT 30-71473256-7), sito en Gatica 1158 de
la Ciudad de Neuquén, de la Provincia de Neuquén, de la baja a partir
del 20 de abril de 2022 del REGISTRO NACIONAL DE TALLERES DE REVISIÓN
TÉCNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL en la órbita de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como taller habilitado por la jurisdicción
para prestar el servicio de Revisión Técnica Obligatoria a vehículos de
uso particular, aprobado por Disposición Nº ANSV N° 251/2018
(DI-2018-251-APN-ANSV#MTR).
Que se ha cumplido el plazo establecido en las Cláusulas Décimas del
CONVENIO DE COOPERACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y COORDINACIÓN y del ACTA
COMPLEMENTARIA al mismo, por lo que corresponde su rescisión.
Que en igual sentido, corresponde la baja en la registración del Taller
de Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local denominado
REVISIÓN TÉCNICA NQN S.R.L (CUIT 30-71473256-7), del REGISTRO NACIONAL
DE TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL en la
órbita de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como taller habilitado
por la jurisdicción para prestar el servicio de Revisión Técnica
Obligatoria a vehículos de uso particular, aprobados por Disposición Nº
251/2018 (DI-2018-251-APN-ANSV#MTR).
Que tomó intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE
COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN, ambas de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS, tomó la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° incisos a) y b) de la Ley N° 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Rescíndese el CONVENIO DE COOPERACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA
Y COORDINACIÓN ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL
MINISTERIO DE TRANSPORTE y EL MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE NEUQUÉN DE LA
PROVINCIA DE NEUQUÉN PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LA VIGENCIA DEL
SISTEMA DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA EN EL MUNICIPIO DE DE NEUQUÉN y
el ACTA COMPLEMENTARIA AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DE LA CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCIÓN – CNI-;
aprobados por Disposición ANSV Nº 251 del 17 de agosto de 2018, los
cuales forman parte de la misma como Anexos
DI-2018-40227814-APN-ANSV#MTR y DI-2018-40227538-APN-ANSV#MTR.
ARTÍCULO 2º.- Dése de baja a al Taller de Revisión Técnica Obligatoria
de Jurisdicción Local denominado REVISIÓN TÉCNICA NQN S.R.L (CUIT
30-71473256-7) del REGISTRO NACIONAL DE TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA
OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL en la órbita de la AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD VIAL, como taller habilitado por la jurisdicción para
prestar el servicio de Revisión Técnica Obligatoria a vehículos de uso
particular, aprobado por Disposición Nº 251/2018
(DI-2018-251-APN-ANSV#MTR).
ARTÍCULO 3º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese a la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD
DE NEUQUÉN, , al Taller de Revisión técnica Obligatoria REVISION
TECNICA NQN S.R.L (CUIT 30-71473256-7), a GENDARMERÍA NACIONAL
ARGENTINA, a la CONSULTORA EJECUTIVA NACIONAL DE TRANSPORTE (CENT), a
la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), a la COMISIÓN
NACIONAL DEL TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE, al CONSEJO FEDERAL DE SEGURIDAD VIAL, a las
restantes fuerzas de seguridad que se considere pertinentes, publíquese
en la página oficial de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, dese a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL, y cumplido, archívese.
Pablo Julian Martinez Carignano
e. 25/04/2022 N° 26862/22 v. 25/04/2022