DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 634/2022
DI-2022-634-APN-DNM#MI
Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2022
VISTO el Expediente EX -2022-36134475- -APN-DGI#DNM del registro de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante
en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley de Migraciones N°
25.871 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 616 del 3 de mayo de
2010, y
CONSIDERANDO:
Que entre los días 28 de abril y 8 de mayo de 2022 se llevarán a cabo
los “III JUEGOS SURAMERICANOS DE LA JUVENTUD ROSARIO 2022”, un evento
multideportivo del ciclo olímpico organizado en conjunto por la
Municipalidad de la Ciudad de Rosario, la PROVINCIA DE SANTA FE y el
Gobierno Nacional, que contará con la presencia de más de DOS MIL
QUINIENTOS (2.500) atletas de CATORCE (14) a DIECISIETE (17) años de
edad, provenientes de QUINCE (15) países del continente, convirtiéndose
así en la competencia más importante que se haya organizado en esa
ciudad y en la mencionada provincia desde los Juegos Cruz del Sur del
año 1982.
Que en fecha 30 de septiembre de 2021, el Consejo Municipal de la
Ciudad de Rosario sancionó el Decreto 60.681 que declara de interés
local a este importante evento deportivo.
Que, a los efectos de garantizar el ingreso y la permanencia de las
delegaciones extranjeras participantes durante toda la competencia, el
día 9 de marzo de 2022, el señor Intendente de la Ciudad de Rosario
remitió nota a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en la que expone
la importancia que representa esta celebración para la ciudad, no sólo
dentro de lo estrictamente deportivo, sino también en lo atinente a las
áreas educativas, social, de promoción económica y cultural, estimando
una concurrencia aproximada de UN MILLÓN (1.000.000) de personas, por
lo que solicita a esta Repartición Nacional disponer un procedimiento
ágil y simplificado que garantice celeridad al momento del ingreso al
país de los atletas, así como la concesión de la correspondiente
categoría migratoria durante su plazo de permanencia.
Que en fecha 8 de abril de 2022 las autoridades del COMITÉ OLÍMPICO
ARGENTINO, mediante nota COA-SG-NOTA N° 053/22, remitieron comunicación
al Comité Organizador de los “III JUEGOS SURAMERICANOS DE LA JUVENTUD
ROSARIO 2022” en donde ponen en su conocimiento que la máxima entidad
olímpica del país ha declarado de interés deportivo nacional su
celebración.
Que la Ley N° 25.871 y su Decreto Reglamentario N° 616/10 regulan la
admisión, la permanencia y el egreso de personas al Territorio Nacional.
Que el artículo 24 inciso h) de la mencionada ley prevé la situación de
extranjeros que invoquen razones que justifiquen a juicio de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES un tratamiento especial.
Que el Decreto N° 616/10 establece que para los casos en que se
justifique un tratamiento especial, la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MIGRACIONES podrá dictar disposiciones de carácter general que prevean
los recaudos a cumplimentar para ser admitidos como residentes
transitorios especiales.
Que resulta suficientemente demostrada la relevancia que revisten los
“III JUEGOS SURAMERICANOS DE LA JUVENTUD ROSARIO 2022”, en tanto
certamen continental de alto rendimiento de deportistas amateurs, en
donde jóvenes de todos los países de la región se encontrarán en la
REPÚBLICA ARGENTINA para llevar adelante una sana competencia, al
tiempo que el pueblo de la Ciudad de Rosario experimentará el impacto
positivo en las áreas económicas, turísticas, educativas y culturales,
por lo que se torna procedente dar curso a lo previsto en el artículo
17 inciso a) del Decreto N° 616/10, y dictar disposición que
simplifiquen y agilicen los trámites administrativos tendientes a
regularizar la situación migratoria de los extranjeros en el país.
Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA y la DIRECCIÓN GENERAL DE
INMIGRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES han tomado la
intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por la Ley
Nº 25.871 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 616 del 3 de mayo
de 2010, el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y los Decretos N° 1410 del
3 de diciembre de 1996 y Nº 59 del 23 de diciembre de 2019.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Concédase residencia transitoria especial a tenor de lo
normado en el artículo 24 inciso h) de la Ley N° 25.871 y del Decreto
N° 616 del 3 de mayo de 2010, por el término de TREINTA (30) días a los
integrantes de las delegaciones participantes en los “III JUEGOS
SURAMERICANOS DE LA JUVENTUD ROSARIO 2022”, que se desarrollarán entre
los días 28 de abril y 8 de mayo del corriente año.
ARTÍCULO 2º.- Exímase del visado consular en la categoría prevista a
aquellos integrantes de las delegaciones participantes alcanzados por
lo dispuesto en el artículo 1° de la presente medida, cuando por su
nacionalidad no requieran visa para ingresar a la REPÚBLICA ARGENTINA
al amparo del artículo 24 inciso a) de la Ley N° 25.871.
ARTÍCULO 3º.- Por la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES instrúyase al personal que cumple
funciones de control migratorio en los pasos fronterizos.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maria Florencia Carignano
e. 25/04/2022 N° 26369/22 v. 25/04/2022