AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 171/2022
RESOL-2022-171-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 22/04/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° 94828538/21 de la GERENCIA
LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, la Ley Nacional de la
Actividad Nuclear N° 24.804, las Resoluciones del Directorio de la
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR N° 382/20 y N° 370/21, y
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución del Directorio de la AUTORIDAD
REGULATORIA NUCLEAR (ARN) N° 382, de fecha 18 de diciembre de 2020, se
otorgó a la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, FÍSICAS Y NATURALES DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, en su carácter de Entidad Responsable,
una extensión de la vigencia de la Licencia de Operación del Reactor
Nuclear RA-0 hasta el 10 de octubre de 2021.
Que con fecha 5 de agosto de 2021, mediante Nota N° 78781987/21
ingresada por la ACTIVIDAD REGISTRO CENTRAL, la mencionada Facultad
solicitó a esta ARN la Extensión de la Vigencia de la Licencia de
Operación del Reactor Nuclear RA-0, por el período de UN (1) año.
Que a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 370/21, de
fecha 8 de octubre de 2021, se resolvió no otorgar la prórroga de la
vigencia de la Licencia de Operación del Reactor Nuclear RA-0,
estableciéndose que, a partir del 10 de octubre del 2021, el Reactor
Nuclear RA-0 pase a la condición “Fuera de Servicio”, debiendo la
Entidad Responsable cumplir con los requisitos de seguridad radiológica
y nuclear, seguridad física y salvaguardias establecidos en la
documentación mandatoria, asociados a dicha condición.
Que, como resultado de las evaluaciones de la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y
CONTROL DE REACTORES NUCLEARES obrantes en el informe LCRN-IT-21/2021,
se han emitido los requerimientos regulatorios a la Entidad Responsable
del RA-0 a fin de implementar las actividades previstas en el Plan de
Implementación de la Revisión Integral de Seguridad (RIS), manteniendo
las condiciones adecuadas de seguridad nuclear, seguridad física y
salvaguardias, hasta tanto se den las condiciones que permitan
reconducir la operación de la instalación en cumplimiento de las
condiciones óptimas de seguridad conforme a los requerimientos y
normativa regulatoria de aplicación, lo cual amerita que el RIS se
enmarque en una Licencia de Parada Prolongada, por una vigencia de DOS
(2) años calendario, contado a partir del día de su emisión, o hasta la
emisión de la correspondiente Licencia de Puesta Marcha, lo que ocurra
primero.
Que las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y
MEDICIONES Y EVALUACIONES EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA, la SUBGERENCIA
INTERVENCIÓN EN EMERGENCIAS RADIOLÓGICAS Y NUCLEARES y la ACTIVIDAD
SEGURIDAD FÍSICA NUCLEAR han tomado en el trámite la intervención que
es de su competencia.
Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los
Artículos 16, Inciso c) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 20 de abril de 2022 (Acta N° 16),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar a la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, FÍSICAS Y
NATURALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, en su carácter de
Entidad Responsable, la Licencia de Parada Prolongada del Reactor
Nuclear RA-0 que, como Anexo forma parte integrante de este Acto
Administrativo, con efectividad a partir de la fecha de la firma de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a las GERENCIAS
LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, SEGURIDAD RADIOLÓGICA,
FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, MEDICIONES Y EVALUACIONES EN PROTECCIÓN
RADIOLÓGICA, a la SUBGERENCIA INTERVENCIÓN EN EMERGENCIAS RADIOLÓGICAS
Y NUCLEARES y a la ACTIVIDAD SEGURIDAD FÍSICA NUCLEAR. Notifíquese a la
FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, FÍSICAS Y NATURALES DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE CÓRDOBA a los fines correspondientes. Dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Agustin Arbor Gonzalez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/04/2022 N° 26829/22 v. 26/04/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
(Anexo rectificado por art. 1 de la Resolución N° 2/2023 de la Autoridad Regulatoria Nuclear B.O. 12/01/2023)