ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE
Decreto 214/2022
DCTO-2022-214-APN-PTE - Designaciones.
Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2021-88003022-APN-DGD#MTR, los Decretos Nros.
556 del 24 de agosto de 2021 y 833 del 6 de diciembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° del Decreto N° 556/21 se creó el ENTE NACIONAL
DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE como organismo descentralizado
con autarquía administrativa, funcional y económico-financiera en el
ámbito jurisdiccional del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con personería
jurídica propia y capacidad para actuar en el ámbito del derecho
público y privado.
Que el artículo 2° de la citada norma establece que el ENTE NACIONAL DE
CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE tendrá la misión de velar por la
calidad y adecuada prestación de los servicios, la debida protección de
los usuarios y las usuarias, el resguardo de los bienes de dominio
público y privado del ESTADO NACIONAL y el cumplimiento de las leyes,
reglamentos y marcos contractuales y regulatorios mediante el ejercicio
de la actividad de auditoría, control, inspección, regulación y
seguimiento de las materias administrativas, ambientales primarias,
económico-financieras, legales, determinación y/o modificación de
traza, tarifarias y técnicas de los contratos de concesión de obra
pública y otros que pudieran realizarse para el desarrollo de trabajos
de modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de
señalización y balizamiento, de dragado y redragado, control
hidrológico y/o de actividades complementarias a aquellos, sobre la vía
navegable troncal comprendida entre el kilómetro 1238 del RÍO PARANÁ,
punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas
Naturales, en el RÍO DE LA PLATA exterior, y de aquellos sectores que
el PODER EJECUTIVO NACIONAL le asigne en el futuro.
Que, asimismo, el artículo 3° de dicho decreto determinó que la
dirección del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE
estará a cargo de un CONSEJO DIRECTIVO integrado por QUINCE (15)
miembros, con carácter “ad honorem”, de los cuales UNO (1) será su
Presidente o Presidenta; UNO (1), su Vicepresidente 1° o Vicepresidenta
1ª; UNO (1), su Vicepresidente 2° o Vicepresidenta 2ª; UNO (1), su
Vicepresidente 3° o Vicepresidenta 3ª y los restantes se desempeñarán
como Vocales.
Que por el artículo 1° del Decreto N° 833/21 se designó como Presidente
del CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA
NAVEGABLE al señor Ariel Bernardo SUJARCHUK (D.N.I. N° 22.708.497).
Que a efectos de integrar el citado CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL
DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, se recibieron las propuestas
del MINISTERIO DE TRANSPORTE, del MINISTERIO DEL INTERIOR, del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y de los Gobernadores de las
Provincias signatarias del ACUERDO FEDERAL HIDROVÍA, de SANTA FE,
BUENOS AIRES, CHACO, ENTRE RÍOS, FORMOSA, MISIONES y CORRIENTES,
quienes en el ámbito de sus respectivas competencias elevaron sus
propuestas de los miembros Vocales, conforme lo establecido por el
artículo 3°, incisos b., c., d. y e. del referido Decreto N° 556/21.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde proceder a designar con
carácter “ad honorem” a los miembros del citado CONSEJO DIRECTIVO del
ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, ajustándose su
composición a la paridad de género, conforme lo previsto por el
artículo 3° “in fine” del Decreto N° 556/21.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 3° del Decreto N° 556/21.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase, con carácter “ad honorem”, al señor Hernán
Darío ORDUNA (D.N.I. N° 7.992.633) en el cargo de Vicepresidente 1° del
CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA
NAVEGABLE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase, con carácter “ad honorem”, a la señora María
Florencia CARIGNANO (D.N.I. N° 26.681.142) en el cargo de
Vicepresidenta 2ª del CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y
GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, organismo descentralizado actuante en el
ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 3°.- Desígnase, con carácter “ad honorem”, a la señora Pamela
Verónica MORALES (D.N.I. N° 29.410.664) en el cargo de Vicepresidenta
3ª del CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA
VÍA NAVEGABLE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 4°.- Desígnanse, con carácter “ad honorem”, a los señores y
las señoras Abel Nicolás de MANUELE (D.N.I. N° 12.656.586), Micaela
MORAN (D.N.I. N° 31.409.736), Nicolás CEVELA (D.N.I. N° 22.929.784),
Claudio Alejandro SEHTMAN Y CAVO (D.N.I. N° 29.317.822), María
Candelaria GONZÁLEZ DEL PINO (D.N.I. N° 25.610.709), Julio César
RODRÍGUEZ SIGNES (D.N.I. N° 14.718.372), María Isabel ESPINOZA (D.N.I.
N° 20.221.243), María Constanza PRAUSE (D.N.I. N° 28.047.628), Mariela
Inés BEMBI (D.N.I. N° 26.690.316), Ricardo Enrique BABIAK (D.N.I. N°
25.199.404) y Adolfo Federico ESCOBAR DAMUS (D.N.I. N° 25.052.164) como
Vocales del CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE
LA VÍA NAVEGABLE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Alexis Raúl Guerrera
e. 27/04/2022 N° 27935/22 v. 27/04/2022