Resolución 193/2022
RESOL-2022-193-APN-SEDRONAR#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-37270089-APN-CGDS#JGM, los Decretos Nº
101 del 16 de enero de 1985, N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y su
modificatorio N° 606 de fecha 20 de julio de 2020, y N° 51 del 10 de
enero de 2020, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de
2020, las Resoluciones N° RESOL-2020-324-APN-SEDRONAR#JGM del 15 de
noviembre de 2020 y N° RESOL-2021-413-APN-SEDRONAR#JGM del 22 de
septiembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11 del Decreto de Necesidad de Urgencia Nº 7/19
transfiere de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA
NACIÓN ARGENTINA a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los créditos
presupuestarios, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes
a la fecha.
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de
Subsecretaría, y, asimismo, las misiones y funciones de la SECRETARÍA
DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus respectivas Subsecretarías.
Que por el Decreto Nº 606/20 se sustituyeron, del ANEXO II -Objetivos-
aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios,
en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de
la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN
ARGENTINA y de sus dependientes Subsecretarías, por los obrantes en la
PLANILLA ANEXA (IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM) que forma parte
integrante del citado Decreto.
Que la Decisión Administrativa N° 1865/20 aprueba la estructura
organizativa del primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE
POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, dentro de las cuales se encuentran las
relativas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO
COMUNITARIO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y
ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS.
Que, conforme lo establece la citada norma, la responsabilidad primaria
de la citada Dirección Nacional consiste en promover la conformación de
una red de atención comunitaria y territorializada, en coordinación con
las áreas con competencia en la materia, que incluya a los dispositivos
integrales de abordaje territorial de la Secretaría.
Que el inciso g) del artículo 1° del Decreto Nº 101/85 delega en los
señores Ministros, Secretarios ministeriales y Secretarios y Jefe de la
Casa Militar de la Presidencia de la Nación, la facultad para resolver
sobre los asuntos de su jurisdicción relativos a las contribuciones y
subsidios, incluidas becas, con cargo a las partidas presupuestarias
correspondientes a la administración central, cuentas especiales y
organismos descentralizados de su jurisdicción, con intervención del
Ministerio de Salud y Acción Social, cuando corresponda, de acuerdo con
la Ley N° 17.502 y sus modificatorias.
Que por Resolución Nº 324/20 se aprobó el PROGRAMA NACIONAL DE
ACOMPAÑAMIENTO TERRITORIAL EN MATERIA DE DROGAS el cual regula la
estructuración y funcionamiento de los Dispositivos Territoriales
Comunitarios de la Red Federal de SEDRONAR.
Que los Dispositivos mencionados son espacios de abordaje de los
consumos problemáticos desde un enfoque integral y comunitario que
contemplan la complejidad de la temática y el impacto en la diversidad
de realidades del territorio, por lo que determinan la construcción de
abordajes interactorales, intersectorial, interdisciplinario e
intergubernamental.
Que por la Resolución N° RESOL-2021-413-APN-SEDRONAR#JGM se aprobó, a
partir del 1° de septiembre de 2021, el SISTEMA DE BECAS INGRESO
ESTÍMULO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA POLÍTICA DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN
Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE CONSUMOS PROBLEMÁTICOS
Que por el artículo 2° de la citada normativa se aprobaron, a partir
del 1° de septiembre de 2021, los “MONTOS Y CATEGORÍAS DEL SISTEMA DE
BECAS INGRESO ESTÍMULO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA POLÍTICA DE
PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE CONSUMOS
PROBLEMÁTICOS”.
Que en virtud del tiempo transcurrido sin suscitarse actualizaciones en
los montos reconocidos en el marco del Sistema mencionado, atendiendo a
la variación en las condiciones económicas y con el fin de continuar y
profundizar las tareas de abordaje integral y territorial llevadas a
cabo en los Dispositivos Territoriales Comunitarios, resulta necesario
establecer un incremento en los montos del ingreso estímulo.
Que dicho aumento tiene por objeto fortalecer las estrategias para el
abordaje integral a los consumos problemáticos y propende a una mayor
calidad en las actividades que realizan sus beneficiarios.
Que, en virtud de las consideraciones expuestas, la DIRECCIÓN NACIONAL
DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO COMUNITARIO, por medio del Informe Técnico
N° IF-2022-37350629-APN-DNAYAC#JGM, ha sugerido disponer un incremento
en el monto reconocido del ingreso fondo estímulo a partir del 1° de
mayo de 2022.
Que la SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS
ha prestado conformidad con lo propiciado en el marco de las presentes.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la COORDINACIÓN DE CONTABILIDAD Y FINANZAS DE LA SEDRONAR ha
informado la existencia de crédito presupuestario suficiente para
afrontar el gasto que demande la presente medida.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES DE LA SEDRONAR ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades otorgadas por el
inciso g) del artículo 1° del Decreto Nº 101/85, por el Decreto N°
606/20 y por la Resolución N° RESOL-2021-413-APN-SEDRONAR#JGM.
Por ello,
LA SECRETARIA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjese sin efecto, a partir del 1° de mayo de 2022, el
artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2021-413-APN-SEDRONAR#JGM del 22
de septiembre de 2021.
ARTICULO 2°.- Apruébense los nuevos “MONTOS Y CATEGORÍAS DEL SISTEMA DE
BECAS INGRESO ESTÍMULO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA POLÍTICA DE
PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE CONSUMOS
PROBLEMÁTICOS” con vigencia a partir del 1° de mayo de 2022”, que como
ANEXO I (IF-2022-37330422-APN-DNAYAC#JGM) forma parte integral de la
presente Resolución, de aplicación a lo regulado por la Resolución N°
RESOL-2021-413-APN-SEDRONAR#JGM.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas para el
correspondiente año financiero.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriela Andrea Torres
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/04/2022 N° 27424/22 v. 27/04/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)