Contribuir a fortalecer la estrategia de atención primaria de la salud
como política de estado garantizando un acceso universal, equitativo y
de calidad durante todo el proceso de salud-enfermedad-cuidado de la
población.
Fortalecer a los equipos de salud del primer nivel de atención,
consolidando el trabajo en el terreno como la base fundamental que
orienta las acciones en salud.
1. Fortalecer las capacidades de
gestión de políticas sanitarias de los becarios/as con
responsabilidades en el primer nivel de atención.
2. Ampliar la cobertura y calidad de la atención en los efectores de
salud del primer nivel de atención incorporando recurso humano a los
equipos de salud.
3. Fortalecer la búsqueda activa y el seguimiento, por parte del equipo
de salud, de las familias más vulnerables o de las situaciones de
riesgo socio-sanitario.
4. Reforzar las actividades de promoción de la salud y de prevención de
la enfermedad.
5. Propiciar las acciones que promuevan la participación comunitaria
como elemento indispensable para la transformación y el desarrollo.
6. Revalorizar y garantizar la participación comunitaria como uno de
los ejes de la atención primaria.
7. Fortalecer las líneas de cuidado continuo con el objeto de afianzar
la longitudinalidad del cuidado entre el equipo de salud y la población
a cargo.
8. Fortalecer la capacitación en servicio con el fin de garantizar la
calidad e integralidad de las prácticas.
9. Asegurar la optimización de todos los recursos disponibles,
articulando los programas de salud nacional, provincial y municipal en
los efectores de salud.
10. Promover políticas de gestión de calidad y responsable del recurso
humano que se desempeña en el primer nivel de atención.
Se refiere a la asignación de un monto en concepto de becas para las
personas que en la actualidad realizan trabajo en territorio para la
jurisdicción y se encuentran inscriptas en el Programa que deberán
realizar las capacitaciones estipuladas por el Ministerio. Como así
también alguna de las siguientes actividades:
• Desarrollar actividades inherentes a
su perfil en el efector del primer nivel de atención asignado por la
JURISDICCIÓN.
• Traslado a zona rural o de difícil acceso.
• Itinerancia en zonas rurales o de difícil acceso.
• Tareas que permitan la ejecución del Compromiso Anual de Trabajo de
la jurisdicción.
• Brindar apoyo y seguimiento en relación a las actividades de
capacitación y a las actividades que realizan en territorio.
Se asignarán cupos para capacitaciones destinadas a los becarios/as del
Programa.
El propósito de las capacitaciones es ampliar y profundizar la
formación en estrategias de intervención a nivel comunitario a fin de
promover y/o restaurar la salud y prevenir la enfermedad de la
población en el marco de la Atención Primaria de Salud.
Los aprendizajes se adquieren en el propio ámbito de trabajo,
problematizando y reflexionando sobre su práctica profesional
interdisciplinaria dentro del equipo de salud en el que se desempeña
con y para la comunidad.
La falta de espacios institucionales de reflexión de la práctica, de
contención y acompañamiento a los equipos de salud resaltan la
importancia de mejorar la coordinación del trabajo en red.
Resulta fundamental la actualización del diagnóstico de las realidades
sanitarias y sociales que requieren nuevas estrategias locales de
abordaje de la salud, desde un enfoque comunitario a fin de garantizar
los cuidados y atención oportuna a las comunidades.
• Equipos de salud del Primer Nivel de
Atención.
La modalidad de la cursada será mixta, con actividades
teórico-prácticas presenciales y virtuales a través de la plataforma
del Ministerio de Salud de la Nación y/o de las Universidades y/o
Entidades formadoras.
Se propone una estructura modular de la organización de los contenidos.
Cada uno de los módulos estará compuesto por unidades con una
determinada carga horaria de clases, de trabajo de campo y de tutorías.
CONVENIO MARCO PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA NACIONAL DE SALUD
COMUNITARIA.
Entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado en este acto
por el/la Sr/a Ministro/a de Salud Dr/a……………………, DNI……………………, en
adelante “EL MINISTERIO” con domicilio en Av. 9 de Julio 1925, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y por la otra parte, el Organismo Responsable
del Sistema de Salud Jurisdiccional de la provincia o municipio de
………………………………………………………………, representado en este acto
por……………………………………………………………………, DNI………………, en adelante la
“JURISDICCIÓN”, con domicilio en ………………………………………………………………… y domicilio
electrónico en:………………………………………………………deciden celebrar el presente
Convenio para el Desarrollo de Programa Nacional de Salud Comunitaria,
a tenor de las siguientes cláusulas y condiciones:
CLÁUSULA PRIMERA: Objetivo General
Contribuir y fortalecer la estrategia de atención primaria de la salud
de la JURISDICCIÓN como política de estado, garantizando un acceso
universal, equitativo y de calidad durante todo el proceso de
salud-enfermedad-cuidado de la población.
CLÁUSULA SEGUNDA: Objetivos Específicos
Serán objetivos específicos del presente Convenio:
1. Fortalecer las capacidades de gestión de políticas sanitarias de los
actores con responsabilidades en el primer nivel de atención.
2. Incentivar la búsqueda activa y el seguimiento, por parte del equipo
de salud, de las familias más vulnerables y de las situaciones de
riesgo socio-sanitario.
3. Reforzar las actividades de promoción de la salud y de prevención de
la enfermedad en los territorios.
4. Revalorizar y garantizar la participación comunitaria como uno de
los ejes de la atención primaria.
5. Consolidar las líneas de cuidado continuo con el objeto de afianzar
la longitudinalidad del cuidado entre el equipo de salud y la población
a cargo.
6. Promover políticas de gestión de calidad y responsable del recurso
humano que se desempeña en el primer nivel de atención.
CLÁUSULA TERCERA: Gestión del Programa
EL MINISTERIO tendrá a su cargo la gestión general del Programa, a
través de la Dirección Nacional de Atención Primaria y Salud
Comunitaria dependiente de la Subsecretaría de Integración de los
Sistemas y Atención Primaria bajo la órbita de la Secretaría de Equidad
en Salud.
CLÁUSULA CUARTA: Obligaciones del
MINISTERIO
EL MINISTERIO se compromete a:
1. Transferir a la JURISDICCIÓN fondos en concepto de becas de
capacitación en terreno cuyos destinatarios serán los recursos humanos
que hayan sido aprobados por el MINISTERIO, conforme requisitos
establecidos en el ANEXO I.
2. Otorgar becas de capacitación en instituciones académicas de todo el
país mediante la suscripción de convenios específicos para el
cumplimiento de dicho objetivo y cuyos destinatarios serán los recursos
humanos que hayan sido aprobados por el MINISTERIO, conforme requisitos
establecidos en el ANEXO I.
3. Evaluar y prestar conformidad respecto al Compromiso Anual de
Trabajo Jurisdiccional presentado por la JURISDICCIÓN conforme
requisitos establecidos en el ANEXO II y a las nóminas de recurso
humano que percibirán las becas de capacitación en terreno, que se
adjunta como ANEXO III.
4. Ofrecer un plan de capacitación institucional para los/as
becarios/as a fin de mejorar y ampliar sus competencias.
5. Brindar asistencia técnica para la implementación, ejecución y
desarrollo del Programa.
6. Disponer los actos administrativos aclaratorios que resulten
necesarios para la implementación del Programa.
7. Monitorear el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el
presente convenio.
CLÁUSULA QUINTA: Obligaciones de la
Jurisdicción
La JURISDICCIÓN se compromete a:
1. Definir la conformación y la asignación de becas, garantizando que
cumplan los requisitos establecidos en el ANEXO I.
2. Presentar anualmente el ANEXO II “Compromiso Anual de Trabajo
Jurisdiccional”.
3. Presentar por única vez y a partir de la suscripción del presente el
ANEXO III “Becarios/as de los Equipos de Salud”.
4. Asignar a los/as becarios/as únicamente a Establecimientos de Salud
del Primer Nivel de Atención y registrarlos/as en REFES (Registro
Federal de Establecimientos de Salud) y REFEPS (Red Federal de
Registros de Profesionales de la Salud) según corresponda, completando
el total de solapas y campos obligatorios de la plataforma, presentando
anualmente con carácter de declaración jurada, el extracto
correspondiente de dicho sistema con la nómina y datos de los
becarios/as incorporados al Programa.
5. Garantizar la provisión de un seguro de responsabilidad laboral o
civil, según corresponda para todo el recurso humano que perciba la
beca.
6. Notificar mensualmente al MINISTERIO, por medio fehaciente y
conforme al modelo de Certificación De Actividades que se adjunta como
ANEXO IV toda información relativa al desarrollo de las actividades,
altas, bajas y cualquier otra situación que concierne específicamente a
los/as becarios/as o al Programa en general. Cualquier modificación en
la nómina deberá contar con la previa conformidad de EL MINISTERIO.
7. Articular con los municipios/comunas de la provincia la
implementación del Programa.
8. Articular con las Universidades y/o institutos de enseñanza superior
para el desarrollo de las capacitaciones institucionales.
9. Utilizar los fondos recibidos, exclusivamente para efectivizar el
pago mensual correspondiente a las becas de los recursos humanos, a
través de una cuenta específica para el Programa.
10. Presentar la debida rendición de cuentas a EL MINISTERIO, en el
plazo máximo de noventa (90) días, a contar desde la última
transferencia de fondos efectivizada
por éste, de acuerdo a lo establecido en el ANEXO V “Rendición de
Cuentas” del presente Convenio.
11. Ejecutar acciones tendientes a la evaluación de las actividades de
los equipos de salud a partir de la elaboración de herramientas de
gestión que permitan el monitoreo y seguimiento de los indicadores
propuestos y sus objetivos.
12. Remitir a EL MINISTERIO, cuando éste lo considere necesario,
informes parciales de los Compromisos Anuales de la Jurisdicción, y
cualquier otro tipo de información que éste requiera para el correcto
seguimiento del Programa.
13. Facilitar las tareas de relevamiento y monitoreo del desarrollo del
Programa que realizará EL MINISTERIO.
CLÁUSULA SEXTA: De los/as becarios/as
Se entiende por “Becarios/as” al recurso humano que se desempeñe en
relación de dependencia con la jurisdicción o mantenga con la misma un
vínculo contractual que cumpla con las disposiciones vigentes de la
Administración Federal de Ingresos Públicos en materia de facturación,
que perciba la beca de capacitación institucional otorgada por EL
MINISTERIO y desarrolle sus actividades, inherentes a su perfil, ya sea
en un efector de salud del primer nivel de atención, o en el monitoreo
e implementación del Programa.
CLÁUSULA SÉPTIMA: De las becas
A partir de la suscripción del presente Convenio, EL MINISTERIO tendrá
a su cargo el financiamiento de las becas de capacitación en terreno de
los/as becarios/as afectados al Programa. Para ello transferirá los
fondos a la JURISDICCIÓN en los términos y condiciones establecidos en
el ANEXO V “Rendición de Cuentas” y ANEXO VI “Montos de las Becas”.
Las tareas realizadas por los/as becarios/as en el marco del presente
Convenio se implementan bajo la modalidad de “becas de capacitación en
territorio”, quedando excluida cualquier configuración o encuadre en el
régimen de empleo público, relación laboral o contratación de obra o
servicios por parte de EL MINISTERIO.
El MINISTERIO no asume responsabilidad alguna sobre aportes
previsionales, cargas sociales, seguros de vida, enfermedad, accidentes
de viaje u otros seguros que eventualmente pudieran corresponder, ser
necesarios o convenientes para los/as becarios/as dependientes o
contratados de la JURISDICCIÓN en cumplimiento de este Convenio.
CLÁUSULA OCTAVA: Criterios de
Asignación de las becas
La presente se refiere a la asignación de un monto adicional en
concepto de becas para las personas que en la actualidad realizan
trabajo en territorio para la jurisdicción y que mantienen una relación
de dependencia con aquella o vínculo contractual que cumpla con las
disposiciones vigentes de la Administración Federal de Ingresos
Públicos en materia de facturación; y se encuentran inscriptos en el
Programa.
El/la becario/a deberá realizar las capacitaciones estipuladas por EL
MINISTERIO. Como así también alguna de las siguientes actividades:
• Recorridas a efectores de salud.
• Desarrollar actividades inherentes a su perfil en el efector del
primer nivel de atención asignado por la JURISDICCIÓN.
• Traslado a zona rural o de difícil acceso.
• Itinerancia en zonas rurales o de difícil acceso.
• Tareas que permitan la ejecución del Compromiso Anual de Trabajo de
la jurisdicción.
• Brindar apoyo y seguimiento en relación a las actividades de
capacitación y a las actividades que realizan en territorio.
A los/as becarios/as les será aplicable, el régimen de licencias que
corresponda según la normativa vigente en la JURISDICCIÓN. Toda otra
situación será evaluada por EL MINISTERIO quien se reserva el derecho
de determinar si la inasistencia se encuentra debidamente justificada o
no a los fines del cumplimiento de los objetivos del Programa.
CLÁUSULA NOVENA: Cuestiones atinentes
a la Responsabilidad
La ejecución del presente convenio no crea ningún tipo de vínculo
empleador/empleado, agencia o cualquier relación legal entre “LA
JURISDICCIÓN y “EL MINISTERIO".
La JURISDICCIÓN asume en forma exclusiva la total responsabilidad por
las consecuencias derivadas de la actuación de los/as becarios/as, la
gestión del recurso humano, y toda otra actividad vinculada con la
ejecución del Programa, en el ámbito de su actuación, así como de toda
consecuencia dañosa derivada de las prácticas médicas y/o paramédicas
que pudieran realizar los profesionales que desarrollen sus prácticas
en los Efectores de Salud del Primer Nivel de Atención, como así
también del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de cualquier
obligación emergente del presente Convenio.
La JURISDICCIÓN y los Comunitarios adoptarán, por sí o por terceros,
los recaudos suficientes para asumir las responsabilidades que se
generen en el desarrollo del Programa, sin reclamo al MINISTERIO DE
SALUD DE LA NACIÓN.
CLÁUSULA DÉCIMA: Rescisión
Las partes podrán rescindir el presente Convenio en cualquier momento a
partir de su entrada en vigencia y hasta 60 días corridos previo a
finalización. A esos efectos, la parte que pretenda la rescisión deberá
notificar fehacientemente a la otra con 60 días corridos de antelación
a su rescisión. Las obligaciones que se encuentren en curso a esa
fecha, deberán continuar hasta su completa finalización en los términos
que hayan sido acordados, salvo decisión contraria conjunta entre ambas
partes y que ello no genere perjuicios a terceros.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: Resolución
por incumplimiento
En caso de incumplimiento por parte de la JURISDICCIÓN de las
obligaciones a su cargo, EL MINISTERIO la intimará por medio
fehaciente, otorgándole un plazo de sesenta (60) días corridos a fin de
que esta proceda a la ejecución de sus obligaciones incumplidas.
Mientras se resuelven y concretan las obligaciones, el MINISTERIO podrá
retener las transferencias de fondos pendientes.
Para el caso de que, luego de la intimación establecida en el párrafo
precedente, la JURISDICCIÓN no cumpliere con la ejecución de sus
obligaciones, EL MINISTERIO podrá resolver el presente Convenio sin
necesidad de intimación ni interpelación judicial. En dicho caso, la
financiación de los/as BECARIOS/AS quedará bajo la exclusiva
responsabilidad de la JURISDICCIÓN.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: Resolución de
conflictos
Ante cualquier conflicto sobre cuestiones derivadas del presente
Convenio, las partes en primer término deberán resolverlo por las
instancias administrativas pertinentes, y en caso de no arribar a una
solución, la cuestión será dirimida conforme a las normas de
competencia que resulten aplicables.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: Domicilios y
Notificaciones
Las partes constituyen domicilio, EL MINISTERIO en la Coordinación del
Programa, sita en la Av. 9 de Julio N° 1925, piso 12, Oficina 1202 de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la JURISDICCIÓN en el domicilio
indicado en el encabezamiento del presente, donde serán válidas las
futuras comunicaciones que se cursen a todos los efectos.
Para el caso que las partes cuenten con domicilios electrónicos
constituidos en el encabezado del presente, las notificaciones enviadas
a aquellos resultan igualmente válidas a los efectos del presente
convenio
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: Vigencia
El presente convenio tendrá vigencia a partir del día 01 de abril de
2022 hasta el día 31 de diciembre de 2024.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y
a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los___días
del mes de
de
.-
ANEXO
I
REQUISITOS
Requisitos de los/as Becarios/as
Se asignará un monto en concepto de beca a trabajadores/as de salud
seleccionados/as por la JURISDICCIÓN a fin de fortalecer la estrategia
de atención primaria, consolidando el trabajo en el terreno como la
base fundamental que orienta las acciones en salud. Los equipos de
salud del PNA realizan acciones de atención integral según las
necesidades de salud de la población local, en el ámbito del centro de
salud, en el domicilio y en los demás espacios comunitarios.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
• Universitario: Título de grado de 4
años de duración cómo mínimo otorgado por una institución oficialmente
reconocida del país.
• Terciario: Título de 3 años de duración cómo mínimo otorgado por una
institución oficialmente reconocida del país.
• Agente Sanitario/administrativo: Título secundario y en caso de
corresponder acreditar domicilio de residencia en el área programática
del efector asignado.
• Constancia que acredite relación de dependencia o vínculo contractual
con la JURISDICCIÓN que cumpla las disposiciones vigentes de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en materia de
facturación.
• En todos los casos deberán presentar Fotocopia del DNI y Constancia
de CUIL y, matrícula en caso de corresponder.
Asimismo, la JURISDICCIÓN presentará una DDJJ de cumplimiento de la
entrega de esta documentación, quedando al resguardo de la misma como
depositaria y encontrándose disponible a solicitud del MINISTERIO.
ANEXO II
COMPROMISO ANUAL DE TRABAJO
JURISDICCIONAL
El presente anexo se deberá presentar completo al momento de la firma
del Convenio y deberá actualizarse anualmente, en el mes de enero.
1. Datos de la población y red
sanitaria pública
a. Población de la Jurisdicción:
Fuentes:
(1) Población total: Proyección de población 2022 del Instituto
Nacional de Estadística y Censo (INDEC)
(2) Personas que no cuentan con cobertura de obra social o prepagas.
Fuente: Población con Cobertura Pública Exclusiva- Programa SUMAR
diciembre 2021. Se podrá utilizar la fuente que la jurisdicción
disponga, justificando la misma con nota firmada por la autoridad de APS
(3) Información sobre la población y los hogares con necesidades
básicas insatisfechas, proporcionadas por el censo de 2010 del INDEC.
b.- Red Sanitaria Pública local:
(1) Código REFES del efectorx de salud: tipificación numérica que
identifica de forma única a cada efector de salud que se incorpora en
el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES) del SISA. Se
tomarán como válidos los Establecimientos de Salud sin Internación de
Diagnóstico y Tratamiento (ESSIDT) de financiamiento público, de
dependencia nacional, provincial y municipal del Registro Federal de
Establecimientos de Salud (REFES) del Sistema Integrado de Información
Sanitaria Argentino (SISA).
(2) Tal como figura en el Sistema Integrado de Información Sanitaria
Argentino (SISA) (adjunto).
(3) Dependencia: Municipal/Provincial.
(4) Fuente: Relevamiento realizado por la DNAPYSC y/o datos de la
Dirección de Sistemas Provincial o equivalente.
(5) Fuente: Relevamiento realizado por la DNAPYSC y/o datos de la
Dirección de Sistemas Provincial o equivalente.
(6) Línea telefónica móvil, de red fija, radio o handy.
c.- Describir la organización del sistema de referencia y
contrarreferencia
(comunicación,
formal e informal, entre niveles de atención: turnos programados,
turnos protegidos, historia clínica única, movilidad, etc.).
d.- Describir la articulación del sistema de salud provincial con el
sistema de salud municipal
(comunicación,
asignación de recursos humanos/financieros, debilidades, fortalezas)
2. Estructura sanitaria de Atención
Primaria de la Salud (APS) de la jurisdicción:
a) Presentación del organigrama ministerial, específicamente la rama de
la que depende la estrategia de APS hasta los centros de salud,
incluyendo la estructura de los niveles intermedios: jefes/as de áreas,
supervisores/as, directores/as de centros.
b) Incluir mapas con delimitación de áreas programáticas y localización
de los Centros de Atención Primaria de Salud (CAPS), hospitales y otros
datos de la red sanitaria.
c) Breve descripción de la modalidad y organización del trabajo, tanto
formal como informal entre los niveles de la estructura mencionados
anteriormente.
Tener en cuenta los siguientes ejes:
• Descripción de los circuitos de
comunicación dentro de la estructura (ejemplos: agenda de reuniones
programadas, grupos de whatsapp, mailing, responsables de esta
comunicación, etc.).
• Enunciar y describir cómo se utilizan las herramientas de gestión
(ejemplos: planificación estratégica, medición de indicadores, historia
clínica electrónica, sistemas de información, bases de datos, etc.).
3. Recurso Humano asignado
exclusivamente al desarrollo de actividades en el Primer Nivel de
Atención (PNA) de la Jurisdicción
Presentación de datos del recurso humano asignado exclusivamente en
efectores de salud del PNA al día de la fecha de presentación del
Convenio
Se adjunta cuadro a modo de ejemplo para completar. En el mismo se
podrán agregar los perfiles que sean relevantes en la JURISDICCIÓN (Ej.
educadores/as para la salud)
El Compromiso se deberá elaborar en la herramienta de planificación que
se adjunta en el punto 4.1. y se deberá presentar al momento de la
suscripción del convenio y actualizarlo al 1 de enero de cada año.
4. Compromiso Anual de Trabajo
Jurisdiccional
Para su elaboración, cada año, el MINISTERIO presentará un listado de
objetivos, de los cuales deberán realizar tres que determine el
MINISTERIO y luego elegir o incorporar otros dos para su desarrollo.
Para cada objetivo se deberá definir:
- Las actividades que permitan alcanzarlo.
- Los indicadores que permitan medir el grado de avance de la actividad.
- La meta que se quiere alcanzar en el año
- La fecha de presentación
- Un medio de verificación (documentación respaldatoria que dé cuenta
del efectivo cumplimiento de la misma)
- Un responsable del equipo de gestión jurisdiccional que lleve
adelante la tarea
- De corresponder, se definirán los actores con los que se articula
para desarrollar la actividad.
4.1. Modelo del Compromiso Anual de
Trabajo Jurisdiccional
La estructura que tendrá el modelo es la siguiente:
4.2. Informe de avance del Compromiso
Anual de Trabajo
Para la elaboración del informe de avance se remitirá un modelo para
que cada jurisdicción consolide según las actividades desarrolladas en
relación a los objetivos del Compromiso Anual de Trabajo. El mismo será
requerido en forma semestral o en el plazo que Nación estipule,
adjuntando la documentación respaldatoria correspondiente.
4.3. Informe final del Compromiso
Anual de Trabajo
Para la elaboración del informe final se remitirá un modelo para que
cada jurisdicción consolide según las actividades desarrolladas en
relación a los objetivos del Compromiso Anual de Trabajo. El mismo será
requerido en forma anual o en el plazo que el MINISTERIO estipule,
adjuntando la documentación respaldatoria correspondiente.
ANEXO
III
BECARIOS/AS DE LOS EQUIPOS DE SALUD
1. Datos de las localidades
(1) Código Provincia y Departamento Fuente INDEC.
(2) Población total de la localidad: Fuente: Proyección de población
2022 de INDEC. En caso que no figure, se podrá utilizar la fuente que
la jurisdicción disponga, justificando la misma con nota firmada por la
autoridad de APS.
(3) Entendiendo como efector rural si el efector se encuentra en
localidades con poblaciones de menos de 2.000 habitantes y/o presencia
de población dispersa y/o disponibilidad o no de transporte público y
su frecuencia y/o la condición de los caminos y/o la posibilidad de
acceder en condiciones de inclemencia climática.
(4) Tal como figura en el Sistema Integrado de Información Sanitaria
Argentino (SISA).
(5) Código REFES del efector de salud: tipificación numérica que
identifica de forma única a cada efector de salud que se incorpora en
el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES) del SISA. Se
tomarán como válidos los Establecimientos de Salud sin Internación de
Diagnóstico y Tratamiento (ESSIDT) de financiamiento público, de
dependencia nacional, provincial y municipal del Registro Federal de
Establecimientos de Salud (REFES) del Sistema Integrado de Información
Sanitaria Argentino (SISA).
(6) Fuente que la jurisdicción disponga, justificando la misma con nota
firmada por la autoridad de APS.
(7) Población con cobertura pública exclusiva: personas que no cuentan
con cobertura de obra social o prepagas. Fuente: Población con
Cobertura Pública Exclusiva SUMAR diciembre 2021. Se podrá utilizar la
fuente que la jurisdicción disponga, justificando la misma con nota
firmada por la autoridad de APS.
2. Datos de los /as becarios/as
Se asignará un monto en concepto de beca a trabajadores/as de salud
seleccionados/as por la JURISDICCIÓN a fin de fortalecer el primer
nivel de atención, consolidando el trabajo en el terreno como la base
fundamental que orienta las acciones en salud. Los equipos de salud del
Primer Nivel de Atención (PNA) realizan acciones de atención integral
según las necesidades de salud de la población local, en el ámbito del
centro de salud, en el domicilio y en los demás espacios comunitarios.
2.1. Nómina de becarios/as
(1) Tal como figura en el Sistema Integrado de Información Sanitaria
Argentino (SISA)
(2) Código REFES del efector de salud: tipificación numérica que
identifica de forma única a cada efector de salud que se incorpora en
el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES) del SISA. Se
tomarán como válidos los Establecimientos de Salud sin Internación de
Diagnóstico y Tratamiento (ESSIDT) de financiamiento público, de
dependencia nacional, provincial y municipal del Registro Federal de
Establecimientos de Salud (REFES) del Sistema Integrado de Información
Sanitaria Argentino (SISA)
(3) Entendiendo como efector rural si el efector se encuentra en
localidades con poblaciones de menos de 2.000 habitantes y/o presencia
de población dispersa y/o disponibilidad o no de transporte público y
su frecuencia y/o la condición de los caminos y/o la posibilidad de
acceder en condiciones de inclemencia climática.
(4) Recorridas a efectores de salud/actividades inherentes a su perfil
en el efector del primer nivel de atención/Traslado a zona rural o de
difícil acceso/ Itinerancia en zonas rurales o de difícil acceso/Tareas
que permitan la ejecución del Compromiso Anual de Trabajo de la
jurisdicción/Brindar apoyo y seguimiento en relación a las actividades
de capacitación y a las actividades que realizan en territorio
2.2. Criterios de selección de los becarios/as
Breve descripción justificando la selección de becarios/as y
fundamentando las nuevas tareas que el recurso humano comenzará a
realizar (ampliar la carga horaria, traslado a zona rural, itinerancia
en zonas rurales, monitoreo e implementación del Programa, ejecución
del Compromiso Anual de Trabajo de la jurisdicción, acompañamiento a
las capacitaciones, etc.).
ANEXO
IV
CERTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES
(lugar),( fecha).,
Sr./a. Ministro/a de Salud
de la Nación
Me dirijo a Ud., a los efectos de elevar la certificación de
actividades del mes de… ………de 20.. correspondiente a los/as becarios/as
del Programa Nacional de Salud Comunitaria de la Dirección Nacional de
Atención Primaria y Salud
Comunitaria, que cumplen sus actividades en la Jurisdicción
de................................
Asimismo, se informa que las/los becarios/as que se listan dejaron de
prestar actividades en el marco del programa, elevando la presente
nomina a su consideración:
Firma y sello del responsable de la JURISDICCIÓN
ANEXO
V
RENDICIÓN DE CUENTAS
La JURISDICCIÓN deberá presentar la rendición de fondos respetando el
modelo que se detalla a continuación y declara conocer la normativa
vigente que constituye el marco legal aplicable respecto a la rendición
de fondos.
a. CERTIFICACIÓN DE PAGOS AL RECURSO
HUMANO
b. INFORME MENSUAL DE ESTADO DE ORIGEN
Y APLICACIÓN DE FONDOS, ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA CORRIENTE
c. COMUNICACIÓN DE NOVEDADES: ALTAS Y
MODIFICACIONES RRHH
d. DETALLE DE DEUDAS - Información
Complementaria
e. INFORMES DE SALDOS TRIMESTRALES
Coordinación Nacional Programa Nacional de Salud Comunitaria
Equipos de Salud Primer Nivel de Atención
Responsable
S
/ D
REF: Informe Trimestral de Saldos
Remanentes
Programa:
De mi mayor consideración:
Por medio de la presente, nos
dirigimos a usted a fin de suministrar la siguiente información:
1) SALDO REMANENTE DE LA CUENTA DEL
PROGRAMA - INFORME TRIMESTRAL DE SALDOS REMANENTES
2) DATOS DEL ÁREA Y RESPONSABLE DEL A
CUSTODIA Y RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Área:
Domicilio:
Apellido y Nombre del Responsable:
Teléfono:
E-mail:
E-mail alternativo:
f. "DECLARACIÓN JURADA SOBRE
APLICACIÓN DE FONDOS TRANSFERIDOS"
(Lugar y Fecha de emisión)
SR/A. DIRECTOR/A GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.
RENDICIÓN DE CUENTAS.
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN
El/La/s/Los que suscribe/n…………………… (Nombre/s y Apellido/s) ………………… en
mi/nuestro carácter de…………………………………… (Cargo que ocupa en la
Institución) de………………………………… (Entidad u Organismo) ………………… con
domicilio real/legal en la calle……………………………… Nº…………………… de la
Ciudad/Localidad de……………………………………… Provincia de …………………, manifiesto con
carácter de declaración jurada, que he/hemos aplicado los fondos
transferidos oportunamente otorgados por el MINISTERIO DE SALUD
mediante Resolución Nº………………………………/20……, tramitado bajo Expediente
Nº……………………………………, conforme el detalle que se expone seguidamente:
Suma
otorgada…………........................................$.................................
.....-
Inversión Documentada rendida en la presente……………………….
$.....................-
Saldo a
Invertir....................…………$.....................................................
........-
Asimismo, cumplimos en adjuntar un detalle de los respectivos
comprobantes respaldatorios de la inversión documentada al detalle de
fecha, tipo y N° de comprobante, proveedor, concepto, e importe total y
copia de la documentación (para el caso de la jurisdicción extractos
bancarios, para el caso de los becarios/as facturas o recibos de
haberes), debidamente conformado por la Autoridad Competente.
Adicionalmente, también con carácter de declaración jurada,
manifiesto/manifestamos que: Los fondos recibidos, en concepto de beca,
fueron empleados para el objeto solicitado y/o tenido en cuenta para su
otorgamiento. La totalidad de la documentación original, respaldatoria
del empleo de los fondos de las becas, cumple con las formalidades y
requisitos establecidos por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS (AFIP). La documentación ORIGINAL se encuentra debidamente
archivada, en el domicilio de……………………………………………………(sede del organismo
público), perteneciente a………………(repartición)……………………, a disposición de
la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, DEPTO. RENDICIÓN DE CUENTAS del
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, para su análisis y verificación en el
momento que se considere oportuno y sometidas a las competencias de
control previstas en la Ley 24.156-
Firma autoridades Responsables
ANEXO
VI
(Anexo sustituido a partir del 1 de julio de 2023, por art. 1º de la Resolución Nº 1994/2023 del Ministerio de Salud B.O. 8/9/2023.)
MONTOS DE LAS BECAS
A continuación se definen los montos establecidos para los becarios/as
de los equipos de salud para la implementación del Convenio según su
perfil. Las actualizaciones de los mismos quedarán a criterio del
MINISTERIO con la sola aprobación del presente Anexo y notificación a
las jurisdicciones.
* Se entiende por categoría A y B dentro de cada uno de los perfiles, a
los dos diferentes montos de becas por los cuales podrá optar la
jurisdicción - conforme las actividades que el becario/a realizará y la
remuneración que percibe por parte de la jurisdicción- y que se hallará
sujeta a la conformidad del MINISTERIO. Al seleccionar la JURISDICCIÓN
una de las dos categorías por cada uno de los perfiles, dicha categoría
se asignará a todos los becarios de la mencionada JURISDICCIÓN que se
encuentren inscriptos en el Programa.
**Entendiendo por ruralidad si el efector asignado se encuentra en
localidades con poblaciones de menos de 2.000 habitantes y/o presencia
de población dispersa y/o disponibilidad o no de transporte público y
su frecuencia y/o la condición de los caminos y/o la posibilidad de
acceder en condiciones de inclemencia climática. Este requisito podrá
ser ampliado a requerimiento de la JURISDICCIÓN, y posterior aprobación
del MINISTERIO, contemplando otros criterios que hagan a la localidad
desfavorable, y con el fin de generar estrategias de mayor equidad en
el territorio.
IF-2023-93467523-APN-DNAPYSC#MS