SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1965/2019
RESOL-2019-1965-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2019
VISTO el EX-2018-58312216-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y
CONSIDERANDO:
Que en la página 2 del IF-2018-58541958-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2018-58312216-APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo de fecha 30 de julio
de 2018, celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA
Y LA ENERGIA, por la parte sindical y la empresa COMPAÑÍA DE TRANSPORTE
DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA, por la
parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
Que a través del referido acuerdo las partes pactan actualizar el monto
para el pago de viáticos establecido en el artículo 31 del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1156/10 “E”, conforme surge de los
términos y contenido del texto.
Que corresponde dejar asentado que por un error involuntario las partes
hacen referencia en el texto de marras al Convenio Colectivo de Trabajo
de Empresa Nº 1154/10 “E”, cuando en realidad el presente se celebra en
el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1156/10 “E”
que fuera celebrado entre las mismas partes.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre el alcance de representación del
sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la
entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo de fecha 30 de julio de
2018, celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y
LA ENERGIA, por la parte sindical y la empresa COMPAÑÍA DE TRANSPORTE
DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA, por la
parte empleadora, obrante en la página 2 del
IF-2018-58541958-APN-DGDMT#MPYT del EX-2018-58312216-APN-DGDMT#MPYT,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines del registro del
acuerdo obrante en la página 2 del IF-2018-58541958-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2018-58312216-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1156/10 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO, no efectúe la publicación de carácter gratuito
del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo
establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250
(t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Lucas Fernández Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/04/2022 N° 27778/22 v. 28/04/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)