MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 224/2022
RESOL-2022-224-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2022
VISTO el Expediente N°EX-2022-21668397-APN-DNCJYMP#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y
D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del
MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA FEDERAL N° 2 de POSADAS MISIONES, interinamente a
cargo de la Doctora Silvina Flavia GUTIERREZ, SECRETARÍA ÚNICA, a cargo
del Doctor Horacio FORNS, en calidad de Secretario Ad Hoc, tramita la
causa FPO Nº 1811/2021 caratulada “NN S/ DESAPARICIÓN FORZADA DE
PERSONA”.
Que la mencionada FISCALÍA, mediante Oficio N° 60/2022 de fecha 23 de
febrero de 2022, solicitó a la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL
Y COOPERACIÓN JUDICIAL de este Ministerio, se ofrezca una recompensa,
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de
Mario Fabián GOLEMBA, titular del D.N.I. N° 28.555.052.
Que el mencionado fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008, a
las 7:15 horas aproximadamente, en el domicilio que habitaba junto a
sus padres Irma KOMKA y Antonio GOLEMBA, su hermana Nancy Dalila
GOLEMBA y su hermano Eliezer GOLEMBA, situado en Indumar, localidad Dos
de Mayo, provincia de Misiones.
Que ese día se dirigió hasta la localidad de Oberá, Misiones, donde a
las 10:30 horas aproximadamente fue atendido por la nutricionista, Dra.
SUSANA MARÍA DEL CARMEN SERRA.
Luego de ello, envió un mensaje de texto a sus familiares y a quien era
su pareja (Blasida Angélica DANYLUK), habiendo avisado a las 14:43
horas, que estaría de regreso en horas de la tardecita, no habiendo
vuelto a su casa hasta la actualidad.
Que el hombre buscado al momento de la desaparición tenía 27 años de
edad, tez blanca, delgado, de 1.80 metros de altura, de estado civil
soltero y según la última persona que lo habría visto (la
nutricionista), vestía una camisa color clara y un pantalón oscuro con
zapatos de vestir. No obstante ello, el recuerdo de progenitor es que
el desparecido vestía una camisa oscura y jean.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en
la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL
($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido
en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el
paradero de Mario Fabián GOLEMBA, titular del D.N.I. N° 28.555.052,
quien fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008, a las 7:15 horas
aproximadamente, cuando salió de su domicilio situado en Indumar,
localidad Dos de Mayo, provincia de Misiones, y en localidad de Oberá,
Misiones, a las 10:30 horas aproximadamente.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como
(IF-2022-30347731-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/04/2022 N° 27850/22 v. 28/04/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)