MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto 227/2022

DCTO-2022-227-APN-PTE - Créase cargo. Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 02/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-19685821-APN-DGD#MRE, las Leyes Nros. 20.957 y sus modificatorias y 27.591 y su modificatoria, los Decretos Nros. 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 103 del 12 de febrero de 2021 y 882 del 23 de diciembre de 2021 y las Decisiones Administrativas Nros. 4 del 15 de enero de 2021 y 4 del 5 de enero de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por la Decisión Administrativa N° 4/22 se determinaron los recursos y créditos presupuestarios correspondientes a la prórroga de la citada Ley N° 27.591 y se dispuso que durante dicha prórroga se mantendrán las disposiciones establecidas en la Decisión Administrativa N° 4/21.

Que por el Decreto N° 355/17 se dispuso que las designaciones correspondientes a cargos de Subsecretario o Subsecretaria o de rango o jerarquía equivalente o superior y de titulares o integrantes de órganos superiores de entes descentralizados, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el artículo 4º del Decreto Nº 50/19 estableció que el Jefe o la Jefa de Gabinete de Ministros y los Secretarios y las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN podrán solicitar al Presidente de la Nación la creación de los cargos extraescalafonarios que resulten necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas a sus Jurisdicciones y a las Entidades actuantes en su órbita.

Que a través del Decreto N° 103/21 se creó, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Nº 50/19, el cargo extraescalafonario de Representante Especial para Asuntos de Derechos Humanos en el Ámbito Internacional del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, con rango y jerarquía de Subsecretario o Subsecretaria.

Que resulta menester adoptar las medidas necesarias y fortalecer los recursos institucionales que coadyuven a la transversalización del enfoque de géneros y diversidad en todas las políticas que impulsa el Estado Nacional, tanto en el ámbito local como en el plano internacional.

Que atento lo señalado y lo solicitado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO resulta necesario crear el cargo extraescalafonario de Representante Especial sobre Orientación Sexual e Identidad de Géneros, en la órbita de dicho Ministerio, estableciendo las funciones del mismo.

Que el o la Representante Especial sobre Orientación Sexual e Identidad de Géneros tendrá rango y jerarquía de Subsecretario o Subsecretaria.

Que, en dicho marco, se considera pertinente suprimir el cargo extraescalafonario de Representante Especial para Asuntos de Derechos Humanos en el Ámbito Internacional del citado Ministerio.

Que el artículo 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 estableció que el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá asignar categoría diplomática de embajador o embajadora, al solo efecto del rango protocolar, a personas ajenas al Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación, para la realización de cometidos especiales y concretos y mientras duren los mismos.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias y 1° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Suprímese el cargo extraescalafonario de Representante Especial para Asuntos de Derechos Humanos en el Ámbito Internacional del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO creado por el artículo 2° del Decreto N° 103 del 12 de febrero de 2021.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2022-26234984-APN-UGA#MRE) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3°.- Créase, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, el cargo extraescalafonario de Representante Especial sobre Orientación Sexual e Identidad de Géneros en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, con rango y jerarquía de Subsecretario o Subsecretaria, cuyas funciones se describen en la Planilla Anexa (IF-2022-39313135-APN-UGA#MRE) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase en el cargo extraescalafonario de Representante Especial sobre Orientación Sexual e Identidad de Géneros del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la señora Alba RUEDA (D.N.I. N° 25.218.303).

ARTÍCULO 5°.- Asígnase la categoría de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria, al solo efecto del rango protocolar, conforme lo establece el artículo 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, a la señora Alba RUEDA (D.N.I. N° 25.218.303), mientras dure en el desempeño de las funciones encomendadas.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/05/2022 N° 29715/22 v. 03/05/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)




PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º








PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
REPRESENTANTE ESPECIAL SOBRE ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNEROS

FUNCIONES:

1. Asistir al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en la representación del Estado Nacional ante organismos y foros internacionales en los temas vinculados a géneros, diversidad y la protección y promoción de los derechos de las personas LGBTIQ+, en articulación con el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

2. Coordinar la participación de otras representaciones nacionales ante organismos internacionales e intergubernamentales, en temas de orientación sexual e identidad de géneros.

3. Coordinar las actividades que se desarrollen en el exterior vinculadas a las cuestiones de géneros y diversidad y dentro de la REPÚBLICA ARGENTINA en cumplimiento de compromisos internacionales, en coordinación con los organismos competentes en la materia.

4. Difundir y promover ante organismos y foros internacionales las acciones, programas y planes que se desarrollen en la REPUBLICA ARGENTINA para la protección y promoción de los derechos de las personas LGBTIQ+, en articulación con el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

5. Constituir el enlace con las áreas del Estado Nacional pertinentes, en particular con el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, en asuntos internacionales relativos a la agenda de reconocimiento y protección de derechos de LGBTIQ+.