Resolución 4148/2022
Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2022
VISTO:
La Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario Nº 453/01 de fecha 24 de
abril de 2001, la Resolución RENATRE N° 68 de fecha 10 de abril de
2017, la Resolución RENATRE N° 168 de fecha 16 de abril de 2021, la
Resolución RENATRE N° 01/22, el Acta de Directorio Nº 111 de fecha 21
de abril de 2022, Expediente administrativo N° 18169/22 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— como ente autárquico de
derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones de
todo el sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de
las entidades empresarias y sindicales de la actividad.
Que el Art. 16 de la Ley 25.191, instituye el SISTEMA INTEGRAL DE
PRESTACIONES POR DESEMPLEO para los trabajadores rurales comprendidos
en el ámbito de aplicación de la norma precitada.
Que a los fines del financiamiento del Sistema, el artículo 14 de la
Ley N° 25.191 establece que el empleador rural deberá aportar una
contribución mensual con destino al REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES
RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) del UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5 %) del
total de la remuneración abonada a cada trabajador.
Que mediante Resolución RENATRE N° 68 de fecha 10 de abril de 2017, se
aprobó provisoriamente la Reglamentación del Sistema Integral de
Prestaciones por Desempleo para todos los trabajadores rurales,
instituido por la Ley N° 25.191, hasta tanto la autoridad de aplicación
se expida con el nuevo procedimiento.
Que a través a Resolución RENATRE N° 168/21, se incrementaron los
montos de la prestación por desempleo a partir del 1° de mayo de 2021
elevando los montos mínimos y máximos a $ 10.800.- (PESOS DIEZ MIL
OCHOCIENTOS) y $21.600.- (PESOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS),
respectivamente.
Que mediante Resolución del RENATRE N° 01 de fecha 6 de Enero de 2022
(B.O. 14/01/2022) se designó al Sr. Roberto BUSER (DNI 8.546.549) como
Presidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES
(RENATRE) por el periodo comprendido entre el 01.01.2022 al 31.12.2022.
Que en ese marco, el Cuerpo Directivo en reunión de fecha 21 de abril
de 2022, Acta N° 111/22, ha resuelto incrementar, a partir del 1° de
mayo 2022, el monto mensual de la Prestación por Desempleo enmarcada en
el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, conforme establece
el artículo 16 de la Ley 25.191, elevando los montos los que quedarán
establecidos en un mínimo de PESOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA
($ 19.470) y máximo de PESOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA
($38.940), resultando de aplicación a las prestaciones por desempleo
que se perciban en el mes de junio de 2022.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 8° y 12° de la Ley N° 25.191.
Que la Gerencia del Seguro Social Rural, la Gerencia Administrativa,
Técnica y Jurídica, la Subgerencia de Prestaciones por Desempleo y la
Subgerencia de Asuntos Jurídicos del Registro han tomado la
intervención que les compete.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Déjese sin efecto la Resolución RENATRE N° 168 de fecha 16 de abril de 2021 (B.O 03/05/21).
ARTÍCULO 2°.- Fíjase, a partir del 1° de mayo de 2022, la suma de la
prestación mensual por desempleo, en un monto mínimo de PESOS
DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA ($ 19.470) y en un monto máximo de
PESOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA ($38.940).
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución resultará de aplicación a las
prestaciones por desempleo que se perciban en el mes de junio de 2022.
ARTÍCULO 4°.- La atención de las erogaciones financieras necesarias que
demande la presente medida serán atendidas con los recursos financieros
provenientes del artículo 13 de la Ley N° 25.191.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese en el Registro de Resoluciones del RENATRE.
Comuníquese. Publíquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.
Roberto J. Buser - Carolina Llanos
e. 03/05/2022 N° 29474/22 v. 03/05/2022