ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 134/2022
ACTA N° 1759
Expediente ENRE N° EX-2018-46069106-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 2 DE MAYO DE 2022
La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso y Ampliación a la capacidad
de Transporte Existente y el otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública presentado por la EMPRESA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), a
requerimiento de la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE MONTE HERMOSO LIMITADA
(COOPERATIVA ELÉCTRICA DE MONTE HERMOSO LTDA.), para la obra
consistente en la instalación de UNA (1) nueva salida de línea en 33 kV
con todas sus adecuaciones civiles y electromecánicas, en la Estación
Transformadora (ET) Monte Hermoso, de TRANSBA S.A.
2.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en los portales de Internet
del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la
COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el lapso de CINCO (5) días
hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de
amplia difusión del lugar en donde va a ser realizada la obra o pueda
afectar eléctricamente, en el que deberá consignarse que se otorga un
plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, computados a partir
del día siguiente de la última publicación efectuada, para que quien
considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones
eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición
fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Disponer que, en caso de registrarse oposición común a otros
usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las mismas
y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, en caso contrario, operado el vencimiento del
plazo fijado en el artículo 2 de esta resolución sin que se verifique
la presentación de oposición alguna, este ente procederá a dictar un
acto administrativo otorgando el Certificado de Conveniencia y
Necesidad Pública para la obra referida en el artículo 1.
5.- La COOPERATIVA ELÉCTRICA DE MONTE HERMOSO LTDA. deberá dar estricto
cumplimiento a las observaciones y requerimientos técnicos efectuados
por TRANSBA S.A. y por CAMMESA, según presentaciones digitalizadas como
IF-2019-111391698-APN-SD#ENRE e IF-2020-89055958-APNSD#ENRE, las que se
le notifican junto con este acto.
6.- Hacer saber a TRANSBA S.A. que, en el marco de su Sistema de
Gestión Ambiental - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE
Nº 555 de fecha 17 de octubre de 2001 y complementarias - deberá
incorporar en el primer informe de avance que presente luego de
finalizadas las obras involucradas en esta solicitud, la auditoría
ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a
fin de asegurar la realización de mediciones de los campos
electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los
estándares fijados por la Resolución SE Nº 77 de fecha 12 de marzo de
1998.
7.- Hacer saber que las obras involucradas en el artículo 1, deberán
cumplir con las Resoluciones ENRE Nº 400 de fecha 29 de mayo de 2011 y
Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013.
8.- Notificar a la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE MONTE HERMOSO LTDA., a TRANSBA S.A. y a CAMMESA.
9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 04/05/2022 N° 29920/22 v. 04/05/2022