RÉGIMEN DE CONTRATACIONES
Decisión Administrativa 488/2022
DECAD-2022-488-APN-JGM - Unidad retributiva de servicios.
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-38762571-APN-SGYEP#JGM, la Ley N° 11.672
(T.O. 2014), el Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017, la
Decisión Administrativa N° 934 del 24 de septiembre 2021, y la
Resolución del ex-MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 729 del 28 de
diciembre de 2017 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 81 de la Ley Nº 11.672 (T.O. 2014) se facultó al
Jefe de Gabinete de Ministros a disponer un régimen de contrataciones
de servicios personales destinados a desarrollar estudios, proyectos
y/o programas especiales en los términos que determine la
reglamentación.
Que por el Decreto N° 1109/17 se aprobó el régimen de contrataciones previsto por la citada ley.
Que por la citada norma se estableció que la Autoridad de Aplicación
del referido régimen de contrataciones sería el entonces MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, quien en ejercicio de dicha competencia dictó la
Resolución N° 729/17 que estableció, entre otras cuestiones, los
distintos rangos de retribución para las categorías de Consultores o
Consultoras, Asesores o Asesoras y Asistentes.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 934/21 se actualizó el valor
de la unidad retributiva de servicios (URS) aplicable a los contratos
regidos por el Decreto N° 1109/17, a partir del 1° de octubre de 2021.
Que en esta instancia corresponde actualizar el valor en pesos de dicha
Unidad Retributiva de Servicios (URS), aplicable a los citados
contratos.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL
DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, la SUBSECRETARÍA DE
EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, todas de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO
del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del Título
V de la Ley de Ministerios, conforme texto sustituido por Decreto N°
7/19 y de acuerdo a lo previsto en el artículo 12 del Decreto N°
1109/17.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese el valor de la unidad retributiva de
servicios (URS), aplicable a los contratos regidos por el Decreto N°
1109/17, a partir del 1° de mayo de 2022 en la suma de PESOS OCHENTA Y
OCHO CON 30 CENTAVOS ($88,30).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Martín Guzmán
e. 12/05/2022 N° 33395/22 v. 12/05/2022