MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

Resolución 191/2022

RESOL-2022-191-APN-MCT

Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2022

VISTO el Expediente EX-2022-35051745-APN-DDYGD#MCT correspondiente al Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, los Decretos Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, el Decreto DECNU-2020-297-APN-PTE de fecha 19 de marzo de 2020 y sus modificatorios, el Decreto N° 157 de fecha 14 de febrero de 2020, el Decreto Nº 640 de fecha 20 de septiembre de 2021 y las Decisiones Administrativas DA-2018-787-APN-JGM de fecha 26 de abril de 2018 y DECAD-2020-1461-APN-JGM de fecha 12 de agosto de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO se tramita la organización del “CONCURSO NACIONAL DE INNOVACIONES 2022”.

Que en virtud de la Decisión Administrativa Nº 1461 citada en el VISTO se modificó la estructura organizativa de este Ministerio.

Que en la Decisión Administrativa mencionada en el párrafo precedente se asignó la responsabilidad primaria y las acciones de la DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES (DAYCA).

Que la Dirección mencionada ut supra tiene como objetivo establecer vinculaciones con instituciones académicas, de investigación y del sector productivo que trabajen en la articulación y promoción de la ciencia y la tecnología, así como diseñar e implementar el otorgamiento de distinciones o cualquier otro instrumento que sirva de incentivo para fortalecer la comunicación en temas de ciencia y tecnología, dirigida a los distintos actores sociales.

Que este Ministerio ha llevado a cabo exitosamente dieciséis ediciones del CONCURSO NACIONAL DE INNOVACIONES - INNOVAR con un alto grado de repercusión pública y acompañamiento de la sociedad.

Que actualmente, se está llevando a cabo la organización de la décimo séptima edición del “CONCURSO NACIONAL DE INNOVACIONES – INNOVAR 2022”.

Que la DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES de este Organismo ha elaborado el documento “Bases y Condiciones” del referido Concurso, que regirá la presentación de los proyectos para la edición 2022.

Que el CONCURSO NACIONAL DE INNOVACIONES – INNOVAR otorga distinciones a aquellos proyectos que resulten seleccionados.

Que en tal sentido, se requiere la aprobación del presupuesto que obra como ANEXO IF-2022-37343232-APN-DAYCA#MCT de este Acto Administrativo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, han tomado la intervención de su respectiva competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Dcto. 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 07 de fecha 10 de diciembre de 2019, el Decreto N° 157 de fecha 14 de febrero de 2020 y el Decreto Nº 640 de fecha 20 de septiembre de 2021.

Por ello,

EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar los términos establecidos en el documento “Bases y Condiciones” que regirá la presentación de proyectos a la “Décimo séptima edición del CONCURSO NACIONAL DE INNOVACIONES – INNOVAR 2022”, que como ANEXO IF-2022-44966821-APN-DAYCA#MCT forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Imputar los gastos que demande la presente medida a la FUENTE DE FINANCIAMIENTO 11 Programa 01, Actividad 04, Inciso 5.1.4 del presupuesto correspondiente del presente ejercicio, de acuerdo al ANEXO IF-2022-37343232-APN-DAYCA#MCT que forma parte de este acto administrativo.

ARTÍCULO 3°.- Los gastos que demanden las distinciones especiales que otorgará la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (Agencia I+D+i) serán afrontados con las partidas correspondientes de ese Organismo.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese a la DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES, a la DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, publíquese en el sitio web de este Ministerio, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL para su publicación y cumplido, archívese.

Daniel Fernando Filmus

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/05/2022 N° 33231/22 v. 12/05/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO I


ANEXO

DECIMOSÉPTIMA EDICIÓN

CONCURSO NACIONAL DE INNOVACIONES - INNOVAR 2022

BASES Y CONDICIONES

El MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN a través de la DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES organiza la decimoséptima edición del “Concurso Nacional de Innovaciones - INNOVAR”.

1) INTRODUCCIÓN

INNOVAR tiene como objetivos fundamentales promover la expansión de la cultura innovadora, promocionar el desarrollo de las ciencias y la tecnología, destacar las invenciones de impacto social y comercial, y sostener el crecimiento de emprendimientos de base tecnológica.

Las innovaciones, objeto de la postulación, pueden referirse tanto a procesos, productos protegidos o protegibles por derechos de propiedad intelectual en Argentina y/o el exterior como servicios que se traduzcan en una demostrada generación de valor.

En esta edición, la organización del concurso, considerará proyectos que preferentemente se enmarquen en los Sectores Estratégicos comprendidos en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Argentina 2030 diseñado por el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación. Se priorizarán aquellos proyectos que dentro de estos temas estratégicos incluyan la perspectiva de género. Los temas estratégicos son: Argentina espacial; Transición energética; Soberanía alimentaria; Transformación digital; Argentina contra la pobreza; Transición al desarrollo sostenible; Salud accesible, equitativa y de calidad; Bioeconomía para el desarrollo territorial; Desarrollo productivo (PyMES y cooperativismo).

2) PARTICIPANTES

Podrán participar en el concurso personas físicas mayores de 18 años, personas argentinas nativas o con residencia en todo el país y personas jurídicas radicadas en Argentina que no sean filiales en casas matrices.

Cada proyecto podrá ser presentado por una o más personas.

Los proyectos participantes o finalistas en versiones anteriores pueden inscribirse en esta edición, siendo responsabilidad de cada titular actualizar la información del proyecto en el sistema para que el mismo quede validado y postulado oficialmente. Se solicita que dichos proyectos presenten una mejora demostrable que los distinga de presentaciones anteriores para poder recibir nuevamente una distinción.

A su vez, las y los titulares de proyectos premiados en años anteriores pueden presentar nuevas innovaciones que hayan desarrollado.

No podrán postularse a la convocatoria, trabajadoras y trabajadores del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, ni familiares directos.

No se solventarán gastos de traslado y estadía a aquellos proyectos que sean seleccionados para participar en la exposición del CONCURSO NACIONAL DE INNOVACIONES - INNOVAR 2022.

Los proyectos deberán ser presentados por participantes que se adecuen a las siguientes categorías:

1. “PRODUCTO INNOVADOR”: productos o procesos destacados por su altura inventiva, novedad u originalidad y su potencial comercial, protegidos o protegibles por derechos de propiedad industrial o intelectual (patentes de invención, patentes de modelos de utilidad, modelo o diseño industrial, software) en Argentina y/o en el exterior. Requisito obligatorio: prototipo comprobado; pruebas de su eficacia en caso de procesos.

2. “INVESTIGACIÓN APLICADA”: desarrollos protegidos o protegibles por derechos de propiedad industrial o intelectual (patentes de invención, patentes de modelos de utilidad, modelo o diseño industrial, software) en Argentina y/o en el exterior, derivados de una línea de investigación científica desarrollada por el grupo en cuestión. Requisito obligatorio: prototipo comprobado; pruebas de su eficacia en caso de procesos.

3. “INNOVACIONES EN EL AGRO”: productos o procesos destacados por su altura inventiva, novedad u originalidad y su potencial comercial, protegidos o protegibles por derechos de propiedad industrial o intelectual (patentes de invención, patentes de modelos de utilidad, modelo o diseño industrial, software) en Argentina y/o en el exterior, destinados a la producción agrícologanadera. Requisito obligatorio: prototipo comprobado; o prueba de su eficacia en caso de procesos.

4. “DISEÑO INDUSTRIAL”: productos en cuya concepción se destaque una mejora de la relación entre la técnica y el usuario y que sean factibles de ser fabricados industrialmente. Es deseable que el proyecto contemple mejoras en sus aspectos: formales, estructurales, de prestación, técnico-productivos o culturales. Cuando corresponda, los participantes deberán presentar la expresa autorización para participar en el concurso de la Empresa, Institución o Particular para el cual hayan desarrollado el producto. La presentación debe incluir la totalidad de los antecedentes del proyecto, aclarando de manera específica la autoría de los antecedentes. Requisito obligatorio: los proyectos deberán estar en producción, o al menos, a nivel de prototipo.

5. “ROBOTICA / INTELIGENCIA ARTIFICIAL”: Robots y máquinas con prototipos desarrollados, en estado proyectual, y software avanzado diseñado para uso en robótica y/o inteligencia artificial. Se incluyen tanto desarrollos con proyección comercial, como aquellos destinados a la investigación, la educación o al desarrollo social. Se dirige a proyectos que presenten mejoras con respecto a los ya existentes y que además se destaquen por ser desarrollos nacionales, por su aplicabilidad en el mercado y por su factibilidad (en el caso de aquellos proyectos que estén aún en etapa de desarrollo). Cuando corresponda, los participantes deberán presentar la expresa autorización de la Empresa, Institución o Particular para el cual hayan desarrollado el producto para participar en el concurso.

6. “INNOVACIONES EN UNIVERSIDADES”: está dirigida a fomentar ideas innovadoras en los estudiantes de carreras de grado. Los proyectos deben ser presentados por la Unidad de Vinculación Tecnológica correspondiente y suscripto por un docente con cargo de adjunto, asociado o titular y no exceder los DOS (2) años contados desde la fecha de cierre del concurso.

3) DISTINCIONES

Las distinciones se otorgan a proyectos de la siguiente forma:

• “PRODUCTO INNOVADOR”: DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000).

• “INVESTIGACIÓN APLICADA”: DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000).

• “INNOVACIONES EN EL AGRO”: DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000).

• “DISEÑO INDUSTRIAL”: DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000).

• “ROBÓTICA / INTELIGENCIA ARTIFICIAL”: DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000), DOS (2) distinciones equivalentes a PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000).

• “INNOVACIONES EN LA UNIVERSIDAD”: DIEZ (10) distinciones equivalentes a PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($450.000).

• “GRAN DISTINCIÓN INNOVAR”: DOS (2) asignaciones adicionales de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000), a ser seleccionados por el jurado dentro de los proyectos ganadores de cada una de las categorías.

Los proyectos seleccionados estarán disponibles en la página web del concurso, redes sociales y/o en el sitio que determine la Institución Organizadora.

Para el cobro de las distinciones será requisito que la persona titular del proyecto tenga una cuenta bancaria a su nombre. El Ministerio otorgará las distinciones monetarias con la modalidad de pago que defina oportunamente.

PARTICIPACIÓN DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (Agencia I+D+i)

En esta edición la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación participará con dos (2) distinciones especiales:

1. CAPACITACIÓN / PROMOCIÓN: Se seleccionarán DIECIOCHO (18) proyectos, TRES (3) por cada categoría que, en alianza con una aceleradora, se les ofrecerá un taller/coaching que les permita desarrollar sus proyectos o convertirlos en prototipos. La Agencia invertirá la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000) en total para apoyar a las SEIS (6) mejores propuestas desarrolladas.

2. DIVULGACIÓN / RECONOCIMIENTOS: Votación abierta al público, gestionada por la Agencia, para proyectos presentados en las categorías “Innovaciones en el Agro” e “Innovaciones en Universidades”. Los proyectos preseleccionados por el jurado serán parte de una campaña de comunicación que desarrollará la Agencia I+D+i y que permitirá darlos a conocer, dar cuenta de sus características, de sus aportes, etc. Luego de darlos a conocer, se gestionará una votación pública online para reconocer simbólicamente a aquellos proyectos que, a consideración de la opinión pública, más impacto tienen en su vida cotidiana.

La aceptación de estas bases y condiciones deja expresa la autorización de que los DATOS PÚBLICOS de su proyecto puedan ser publicados para participar de esta votación.

4) ETAPAS

1. Inscripción: desde la aprobación de las presentes Bases y Condiciones al 15 de julio 2022.

2. Evaluación: Julio - agosto 2022 (fecha estimada).

3. Preselección: Agosto 2022 (fecha estimada).

4. Anuncio y Exposición de proyectos ganadores: Septiembre - Octubre 2022 (fecha estimada).

5) PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS

Todas las inscripciones deben realizarse completando un formulario online en www.innovar.gob.ar , el que junto a los anexos solicitados, constituirá la documentación oficial para inscribirse.

La fecha de cierre de la inscripción para todas las categorías será el 15 de julio de 2022. Cada persona participante podrá presentar más de un proyecto. Si DOS (2) o más de sus proyectos fuesen seleccionados, recibirán las distinciones que correspondan a cada categoría. Los proyectos podrán ser presentados por una o más personas, siempre designando a una o uno de las o los integrantes como titular.

(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 375/2022 del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación B.O. 28/7/2022 se prorroga hasta el 31 de julio de 2022 el plazo para la presentación de proyectos en el “CONCURSO NACIONAL DE INNOVACIONES 2022”.)

5.1 Titularidad de los proyectos

La persona que complete los datos del proyecto será titular, representante y responsable de todo acto administrativo ante la Institución Organizadora del concurso. Asimismo será quien figure en el catálogo como referente y contacto del proyecto. En caso de tener que modificar la titularidad, las y los integrantes del mismo, deberán informar por email a concurso@innovar.gov.ar y a su vez, enviar una nota por correo postal a nombre de Concurso Innovar 2022, Mesa de entrada, MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN sito en la calle Godoy Cruz 2320 (C1425FQD) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

5.2 Inscripción en línea

En la web www.innovar.gob.ar , se encontrará el anuncio “Inscripciones 2022” donde se solicitará el registro con datos básicos. En esta instancia la persona participante definirá un nombre de usuario y una contraseña que serán imprescindibles para acceder al sistema y realizar todas las acciones referidas a la inscripción y carga del/os proyecto/s.

Aceptación de las Bases y Condiciones del concurso

Una vez creada la cuenta, la persona concursante deberá declarar el conocimiento y aceptación de las presentes bases y condiciones.

La aceptación de las mismas implica que quien concursa declara bajo juramento (con carácter de declaración jurada) que los datos proporcionados son correctos, veraces y completos, y que asume toda responsabilidad sobre la falta de veracidad o exactitud de los mismos.

Asimismo, la aceptación de las bases y condiciones implica que el o la concursante presta su conformidad incondicional a lo contenido y a las decisiones del Comité de Evaluación y del Jurado.

5.4 Formulario

En el paso siguiente, quienes participen deberán optar por el perfil que mejor las o los describa y a continuación completar la información solicitada en el formulario. Todas las personas participantes deben indicar a qué tema estratégico pertenece su proyecto: Soberanía Alimentaria; Desarrollo Productivo (PyMES y cooperativismo); Argentina Espacial; Bioeconomía para el Desarrollo Territorial; Salud Accesible, Equitativa y de Calidad; Transformación Digital, Argentina contra la Pobreza; Transición al Desarrollo Sostenible, Transición Energética. Se recuerda que se priorizarán aquellos proyectos que incluyan perspectivas de género.

Completado el formulario, la persona titular podrá realizar el envío durante toda la etapa de inscripción. Quien participe tendrá la posibilidad de verificar, modificar y guardar los datos proporcionados las veces que considere necesarias hasta la fecha de cierre de la inscripción.

Una vez finalizado este plazo, el proyecto no podrá ser modificado bajo ningún aspecto e ingresará en la etapa de evaluación.

La plataforma virtual contará con acceso a la carga de imágenes. Es requisito necesario subir al menos dos (2) imágenes de calidad descriptiva las cuales deberán contar con las siguientes características: foto, ilustración o render color, tamaño mínimo A4 con 300 dpi de resolución. Asimismo, tendrá la opción de cargar video con una duración no mayor a tres minutos, que puede utilizarse para brindar mayor detalle del proyecto. Se recomienda enfáticamente el uso de imágenes representativas de diversos sectores sociales evitando estereotipos siempre que fuere pertinente.

En caso que declare haber iniciado los trámites para la protección del producto o proceso por derechos de propiedad industrial (marca, patente de invención o de modelo de utilidad, modelo o diseño industrial), deberá cargar la imagen de la solicitud o título que acredite tal circunstancia.

5.5 Responsabilidades

La persona titular del proyecto presentado se declara única o único responsable ante cualquier reclamo de terceras partes sobre la propiedad intelectual del producto o proceso presentado como proyecto y deslinda de toda responsabilidad a la Institución Organizadora del concurso frente a cualquier tipo de reclamo originado por su presentación.

Las y los postulantes se comprometen a respetar las normas legales y éticas que rigen la libre competencia, la propiedad intelectual y las prácticas de libre mercado.

En caso que un proyecto con más de una o un integrante, resulte ganador, la Institución Organizadora no intercederá en potenciales conflictos que pudieren ocasionarse.

A partir de la presentación de sus proyectos, los participantes aceptan mantener indemne al MINCYT frente a reclamos de terceros relacionados con el proyecto. Para tal efecto se comprometen a sanear todas las contingencias que tengan una causa anterior a la comunicación y/o ingreso en el concurso.

IMPORTANTE: Una vez que el proyecto se encuentra inscripto en el concurso, la Institución Organizadora del mismo podrá publicar los datos cargados en la sección “Datos Públicos” del formulario, a saber:

- Nombre y Apellido de la o el Titular

- Nombre del proyecto

- Lugar de radicación del proyecto

- Dirección de correo electrónico de la o el Titular

- Página web

- Institución a la que pertenece

Estos datos podrán ser utilizados para su publicación en la campaña de difusión del concurso, en el catálogo de productos, en la plataforma digital de proyectos tecnológicos del Ministerio y en otro espacio que la Institución Organizadora del concurso considere necesario.

En caso de que la o el concursante no quisiera que los datos previamente mencionados sean publicados por alguna causa, posterior a la inscripción del proyecto, deberá informar a la Institución Organizadora por mail concurso@innovar.gov.ar y enviar una nota por correo postal la cual exprese su renuncia al concurso, solicitando la supresión de sus datos. La misma debe ser dirigida a nombre de “Concurso Innovar 2022”, Mesa de entrada, MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA sito en la calle Godoy Cruz 2320 (C1425FQD) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En caso que los datos publicados sean incorrectos y/o hayan sido modificados, el concursante podrá solicitar su rectificación o modificación por correo electrónico.

6) EVALUACIÓN

Una vez finalizada la etapa de inscripción, comenzará la etapa de evaluación y selección de proyectos que serán convocados para formar parte del catálogo y de la exposición.

6.1 Jurado y Comité de Evaluación

La Institución Organizadora designa a las personas integrantes del Jurado y un Comité de Evaluación. El Jurado esta compuesto por personas con una destacada trayectoria en campos relacionados con la innovación tanto en el ámbito nacional como internacional. El Comité de Evaluación estará compuesto por personas especializadas, provenientes del mundo científico, académico y empresarial.

En ambos casos se tendrá una composición paritaria en términos de género para la composición de ambos órganos.

6.2 Criterios de Evaluación

El Comité de Evaluación deberá elegir a los proyectos finalistas de acuerdo a la valoración obtenida, respetando un acuerdo de confidencialidad sobre la información de los proyectos a la que tengan acceso.

Los criterios de evaluación para obtener una opción de calificación entre alta, media o baja son los siguientes:

i) Grado de Novedad: originalidad y carácter distintivo. Que tan disruptiva y única es la innovación presentada.

ii) Nivel de Impacto. Cuál es el valor tangible creado o que se prevé crear, para una empresa o institución, sus diversos participantes, su comunidad y/o la sociedad en su conjunto. Cómo se determina dicho impacto en valor desde una óptica económica, medioambiental, social, mejora de calidad de vida de las personas, perspectivas de género, entre otras.

iii) Viabilidad Comercial. Cuál es el modelo de negocio. Cómo subsiste y se potencia la innovación postulada a través del tiempo. Cuán escalable es. Su proyección a nivel nacional, regional y mundial.

iv) Grado de Desarrollo. Los proyectos que se presenten en el concurso deberán contar preferentemente con prototipo o grado de desarrollo equivalente. Aquellos proyectos que hagan referencia expresa a conceptos, ideas o pre-proyectos deben contar con avances demostrables en su implementación, evidencia o estudio.

6.3 Facultades del Jurado y Comité de Evaluación

El Jurado y el Comité de Evaluación adoptarán sus decisiones de modo independiente de la Institución Organizadora.

El Comité de Evaluación podrá recomendar a la Institución Organizadora el cambio de categoría de un proyecto, si lo considera pertinente.

Las personas integrantes del Jurado constituyen la autoridad suprema del concurso y sus decisiones no son materia de revisión o apelación. Asimismo, tienen facultades para declarar desierto un Premio. Podrá declararse desierta si se considerara que la calidad de las innovaciones postuladas no permite una evaluación adecuada y consecuente con los objetivos del concurso.

La decisión del jurado es inapelable y es el único cuerpo facultado para la elección de los proyectos ganadores.

El jurado determinará la forma de distribución de la asignación adicional “Gran Distinción Innovar 17ma Edición” en orden a la selección de los mejores proyectos entre los ganadores de cada categoría y podrá, en caso de así decidirlo, desdoblar la asignación adicional como lo considere pertinente. Entre todos los proyectos seleccionados, el Jurado distinguirá a los ganadores de esta edición que se anunciarán durante los días de la exposición. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple de las y los integrantes participantes.

Las personas integrantes del Jurado y del Comité de Evaluación, en caso de estar relacionadas de alguna forma con alguna candidatura inscripta o de percibir conflictos de interés, deberán privarse de participar en la discusión y decisión de una determinada mención.

7) GENERALIDADES

7.1. Confidencialidad

Tanto la información que completan como la documentación que acompañan quienes concursan serán analizadas por la Institución Organizadora bajo estricta confidencialidad, no pudiendo ser comunicada en forma alguna a terceras personas o entidades sin autorización previa de quien se postula.

Asimismo, la Institución Organizadora podrá utilizar la información y/o documentación presentada de un proyecto como ejemplo para la producción de material de difusión en medios, así como para incluir en publicaciones o para fomentar la cultura innovadora del país; todo ello, sujeto a la aprobación previa de las y los concursantes, y salvo en el caso de la información cargada como pública, la cual no precisará de tal aprobación. La Institución Organizadora se reserva el derecho de mencionar a quienes concursen, sean finalistas y ganen, así como la información pública concerniente a sus postulaciones, en las publicaciones que se pudiesen realizar.

7.1.1 Afectación de la novedad de la invención o modelo de utilidad. Plazo de gracia.

La propiedad intelectual de los resultados de investigación obtenidos a consecuencia de los desarrollos científico-tecnológicos que resultaren premiados, estará determinada de acuerdo a las leyes de patente y reglamentaciones específicas de las instituciones involucradas.

La Ley de Patentes de Invención y de Modelos de Utilidad - N° 24.481 (T.O. 1996), en su artículo 5° establece que la divulgación de una invención no afectará su novedad, cuando dentro de UN (1) año previo a la fecha de presentación de la solicitud de patente, o en su caso, de la prioridad reconocida, la inventora o el inventor haya dado a conocer la invención por cualquier medio de comunicación o la hayan exhibido en una exposición nacional o internacional.

Para el caso particular del Concurso INNOVAR, deberá tomarse como fecha cierta de divulgación el momento de la ceremonia de entrega de premios, salvo que la persona participante presente otros antecedentes de divulgación anteriores.

IMPORTANTE: Este plazo de gracia previsto en las leyes de patentes tiene validez en Argentina, y en otros países como los Estados Unidos, pero no en todos los territorios. En los casos que está previsto, suele tener una extensión de SEIS (6) a DOCE (12) meses.

7.1.2 Titularidad de los Derechos de Propiedad Intelectual

En aquellos casos en que el proyecto sea presentado por una investigadora o un investigador o grupo de investigación en relación de dependencia con una empresa, institución u organismo, o por una persona o grupo de personas que hayan sido contratadas para realizar actividades de investigación; y que consista en resultados obtenidos como parte de sus actividades de investigación y desarrollo, la titularidad de los derechos de propiedad intelectual sobre tales resultados estará determinada por las leyes aplicables y reglamentaciones específicas de cada entidad.

7.2. Comunicaciones

La información sobre el concurso y los alcances de las presentes Bases y Condiciones son suministradas a través de la página web del concurso www.innovar.gob.ar y todas las comunicaciones originadas por la Institución Organizadora se realizan a través del correo electrónico concurso@innovar.gov.ar

El listado de proyectos ganadores será publicado en el sitio web oficial una vez finalizada la exposición.

Los participantes que resulten ganadores ceden su derecho de imagen y uso de la misma, para realizar cualquier tipo de publicación promocional o publicitaria relacionada con el concurso, en medios de comunicación y plataformas sociales que el organizador considere utilizar.

Finalizado el concurso, la Institución Organizadora archivara la documentación recibida de las personas participantes, la cual pasara a integrar una base de datos que podrá ser utilizada de manera agregada para acciones que lleve la DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES y distintas áreas del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación con el fin de continuar apoyando a los proyectos destacados relativos a la innovación.

Los concursantes podrán solicitar la rectificación, modificación o supresión de sus datos personales, enviando un correo electrónico a concurso@innovar.gov.ar

7.3. Avisos Legales

El solo hecho de participar del concurso significa que la persona participante conoce y acepta en su totalidad las presentes bases y condiciones. La Institución Organizadora se reserva el derecho de modificar los plazos de las distintas etapas así como también cualquier aspecto que a su criterio implique mejoras organizativas en el concurso y sus procedimientos.

Cualquier situación no contemplada en las presentes Bases y Condiciones será definida por la Institución Organizadora y las personas participantes acatarán estas decisiones de forma inapelable.

Las personas participantes liberan a la Institución Organizadora de toda responsabilidad por cualquier reclamo que se produzca con relación a la información que suban en sus proyectos y comunicaciones relacionadas a su participación en todo el proceso del concurso.

Los nombres de los proyectos ganadores aparecerán publicados en medios que cubran el concurso, sean ellos contactados por la Institución Organizadora, medios de prensa específica u otros.

7.4 Jurisdicción y Ley Aplicable

Para la interpretación y cumplimiento de las presentes Bases y Condiciones, la Institución Organizada y el/la Participante se someten a la aplicación de las leyes aplicables de la República Argentina. Toda divergencia que pudiera surgir relacionada con la interpretación de estas Bases y Condiciones, así como derivada de la ejecución de este concurso, será resuelta por los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.



ANEXO II


IF-2022-37343232-APN-DAYCA#MCT