MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 264/2022
RESOL-2022-264-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-28699108- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA REGIONAL ROSARIO - AGENCIA DE CRIMINALIDAD
ORGANIZADA Y DELITOS COMPLEJOS, a cargo del Fiscal Adjunto Doctor David
Gabriel CARIZZA, Provincia de Santa Fe, tramita la Investigación Penal
Preparatoria CUIJ N° 21-08422046-6, caratulada “NN S/ SUSTRACCIÓN DE
MENORES- ART. 146 CP- VICTIMA: BRUNO ALBERTO GENTILETTI”.
Que la mencionada FISCALÍA, mediante Oficio de fecha 11 de marzo de
2022, solicitó a la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y
COOPERACIÓN JUDICIAL, de este Ministerio, se ofrezca una recompensa,
destina a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de
Bruno Alberto GENTILETTI, Argentino, titular del D.N.I. N° 33.449.688,
con fecha de nacimiento 18 de junio de 1988, hijo de Claudio Alberto
GENTILETTI, y de Marisa DEL VALLE OLGUIN, quien fue visto por última
vez en la zona de la costa de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa
Fe, conocida como balneario de río “La Florida”, barrio Alberdi, el día
2 de marzo de 1997, momento en el que Bruno Alberto GENTILETTI, tenía 8
años de edad.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en
la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL
($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido
en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el
paradero de Bruno Alberto GENTILETTI, Argentino, titular del D.N.I. N°
33.449.688, con fecha de nacimiento 18 de junio de 1988, quien fue
visto por última vez en la zona de la costa de la ciudad de Rosario,
Provincia de Santa Fe, conocida como balneario de río “La Florida”,
barrio Alberdi, el día 2 de marzo de 1997.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como
(IF-2022-29168391-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/05/2022 N° 32997/22 v. 12/05/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)