MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 268/2022
RESOL-2022-268-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2022
VISTO los Expedientes N° EX-2020-51012091-APN-SADGA#PFA y,
EX-2019-69064462-APN-DAYM#PFA, las Leyes 22.250, 24.156, 27.431 y
Decretos 1993/2010, 1382/2012, 895/2018 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante los expedientes citados en el Visto, tramita la cesión sin
cargo efectuada por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
(AFIP) de una serie de armas, municiones y cargadores, las cuales se
detallan en el Anexo que forma parte de la presente medida para ser
destinadas a la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.
Que la Subdirección General de Control Aduanero de la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) mediante nota
NO-2019-00327554-AFIP-SDGCAD ofrece el armamento calificado en desuso a
la fuerza de Seguridad POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.
Que la Disposición AFIP N° 100/2006 de fecha 07-02-2006 en artículo 4°
dispuso que “Por intermedio de la Subdirección General citada en el
artículo precedente se instrumentará la cesión a las fuerzas de
seguridad de las armas de guerra y elementos de apoyo utilizados en el
ámbito del ex Departamento Policía Aduanera, de acuerdo a la evaluación
que se practique”.
Que por intermedio de la Disposición N° 33/2015 de fecha 26 de
noviembre de 2015, la Directora de la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y
FINANZAS de ese organismo declaró en condición de desuso los bienes
detallados en Planilla Complementaria, detallando en definitiva el
inventario de armas.
Que por nota NO-2019-00327554-AFIP-SDGCAD de fecha 19-09-2019 de la
Subdirección General de Control Aduanero se remitió a la División
ARMAMENTO Y MUNICIÓN, la nómina de armas, municiones y cargadores que
la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) se encuentra
autorizada a ceder gratuitamente a Fuerzas de Seguridad, en virtud de
la Disposición N° 100/2006.
Que mediante IF-2019-103548465-APN-J#PFA de fecha 20 de noviembre de
2019 el Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA solicitó cursar nota a la
Subdirección General de Control Aduanero (AFIP) solicitando la cesión
sin cargo de los bienes detallados en la nota
NO-2019-00327554-AFIP-SDGCAD.
Que la dependencia competente de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA mediante
IF-2019-69068865-APN-DAYM#PFA indicó que los bienes involucrados se
encuentran en buen estado de conservación.
Que con fecha 2 de febrero de 2022, el Jefe de la POLICÍA FEDERAL
ARGENTINA remitió las actuaciones al MINISTERIO DE SEGURIDAD, indicando
que la aceptación de la cesión sin cargo del material referido resulta
de interés institucional.
Que en lo que al marco normativo refiere, la Ley de Presupuesto N°
27.431 en su artículo 76 dispone que el Poder Ejecutivo Nacional
“tendrá a su cargo la administración de los bienes muebles y
semovientes, asignados a cada una de sus jurisdicciones y Entidades,
quedando facultado a dictar el correspondiente marco normativo. Toda
transferencia patrimonial entre los Poderes Ejecutivo Nacional,
Legislativo Nacional, Judicial de la Nación y el Ministerio Público o
la cesión gratuita de bienes muebles y semovientes —aun con carácter
transitorio— a organismos públicos o instituciones privadas legalmente
constituidas en el país para el desarrollo de actividades de interés
general, deberá ser autorizada expresamente por el titular del Poder
Ejecutivo nacional…”
Que la Ley N° 24.156 define a la Administración Financiera como el
conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos
que hacen posible la obtención de los recursos públicos y su aplicación
para el cumplimiento de los objetivos del Estado (artículo 2°).
Que conforme surge de la precitada norma en el artículo 8 inciso a), el
Sector Público Nacional se encuentra compuesto por la: “Administración
Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos
Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de
Seguridad Social (…)”.
Que debe entenderse por Entidad a toda organización pública con
personalidad jurídica y patrimonio propio y por jurisdicción a cada una
de las siguientes unidades: a) Institucionales: Poder Legislativo,
Poder Judicial, Ministerio Público, Presidencia de la Nación, Jefatura
de Gabinete de Ministros, los Ministerios y Secretarías del Poder
Ejecutivo Nacional (artículo 9°).
Que mediante Decreto 895/2018 se creó en el ámbito de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, el INVENTARIO NACIONAL DE BIENES
MUEBLES Y SEMOVIENTES DEL ESTADO (IByS), teniendo como objeto
constituir un registro unificado y que contribuya a un adecuado
seguimiento y control sobre los bienes muebles y semovientes que
integran el patrimonio del Estado Nacional y que satisfaga los
principios de transparencia e integridad (artículo 2°).
Que el Decreto N° 895/18 prescribió que: “Cada jurisdicción tendrá a su
cargo la administración, custodia y eventual disposición de los bienes
muebles y semovientes asignados a los servicios de su dependencia, de
conformidad con la presente reglamentación y con las normas
complementarias que dicte la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO a tal efecto, encontrándose obligadas a realizar todos aquellos
actos que fueren necesarios para preservarlos en buenas condiciones de
uso, libres de toda deuda, con cargo a sus partidas presupuestarias
específicas”.
Que en orden al interés manifestado por la Jefatura de la POLICÍA
FEDERAL ARGENTINA y habiendo comprobado dicha Fuerza la utilidad y
condiciones del material involucrado, corresponde en esta instancia
aceptar la cesión sin cargo propiciada y disponer todas las medidas
necesarias para materializar la medida.
Que han tomado intervención de su competencia la Dirección General de
ASUNTOS JURÍDICOS de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA y, la Dirección
General de ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios Ley N° 22.520 (t.o. Decreto N°
438/1992, en función del Decreto N° 1.993/2010 y el Decreto 895/2018.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Acéptase la cesión sin cargo desde la jurisdicción de la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) entidad autárquica
en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, a
la jurisdicción de este MINISTERIO DE SEGURIDAD, con destino a la
POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, organismo desconcentrado que actúa en su
órbita, de armas, municiones y cargadores, las cuales se detallan en el
Anexo (IF-2022-10874027-APN-J#PFA) que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Delegáse en la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA la recepción,
registración, guarda y custodia de los bienes detallados en el referido
Anexo.
ARTÍCULO 4º.- Instrúyase a la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA a suscribir el
ACTA de FIRMA CONJUNTA de ENTREGA y RECEPCIÓN de BIENES junto con la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
ARTÍCULO 5°.- Dese intervención al INVENTARIO NACIONAL DE BIENES
MUEBLES Y SEMOVIENTES DEL ESTADO (IByS) dependiente de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO conforme al Artículo 47 del
Reglamento de Bienes Muebles de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
DEL ESTADO.
ARTÍCULO 6º.- Dese el ALTA CONTABLE en el sistema registral correspondiente al patrimonio de la receptora.
ARTÍCULO 7°.- Cúmplase por las Áreas competentes con el registro de la
transferencia del armamento en la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS – ANMAC.
ARTICULO 8°.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/05/2022 N° 33224/22 v. 12/05/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)