ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 244/2022
RESFC-2022-244-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2022
VISTO el Expediente EX-2022-42961671-APN-DGA#APNAC, la Ley Nº 22.351,
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098
de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución Nº
53 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de fecha 22 de marzo de
2022, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 22.351 en su Artículo 23 enumera las funciones del
Directorio para cumplir y hacer cumplir las atribuciones de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, en su inciso w) establece que
para ello debe “En general, realizar todos los actos y convenios que
hagan al mejor cumplimiento de los fines de la ley, pudiendo delegar,
parcialmente, sus atribuciones en la forma que establezca el Decreto
Reglamentario”.
Que los Artículos 26 al 29 del Capítulo II del Título III, del Decreto
Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios, que homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) establece los requisitos y
pautas para la promoción de grado del personal de planta permanente
incorporado a dicho Convenio.
Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 53/2022 de la Secretaría de
Gestión y Empleo Público se aprobó el Régimen Transitorio y Excepcional
para la readecuación voluntaria de grados para el personal de planta
permanente incorporado al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para
el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.)
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, que
haya sido seleccionado en un cargo del citado Convenio desde el 1º de
diciembre de 2008 y que voluntariamente solicite la readecuación de los
grados que le fueran asignados como parte del proceso de selección, en
el marco de lo dispuesto en la Clausula Cuarta del Acta Acuerdo de la
Comisión Negociadora del citado Convenio Sectorial de fecha 26 de
noviembre de 2021.
Que por ser la unidad a cargo de las acciones de personal del
Organismo, corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos, el
análisis de la temática planteada, de conformidad con lo establecido en
la referida resolución.
Que en tal sentido, y de conformidad a la normativa ut supra referida,
es conveniente delegar en la Dirección General de Recursos Humanos, la
aprobación de las promociones de grado de acuerdo al Régimen
Transitorio y Excepcional establecido en el Artículo. 1° y el Anexo I
de la Resolución N° 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo
Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 23, incisos f), u) y w), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Delégase en la Dirección General de Recursos Humanos, la
facultad de reconocer las promociones de grado de los agentes
pertenecientes al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) en los
términos de lo establecido por la Resolución N° 53/2022 de la
Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Tomen conocimiento todas las dependencias del Organismo.
Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la
Dirección General de Recursos Humanos para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Carlos
Corvalan - Natalia Gabriela Jauri - Lautaro Eduardo Erratchu
e. 13/05/2022 N° 33543/22 v. 13/05/2022