SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución Sintetizada 334/2022
SINTESIS: RESOL-2022-334-APN-SSN#MEC Fecha: 12/05/2022
Visto el EX-2022-35026728-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... LA SUPERINTENDENTA DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse con Carácter General las Condiciones
Contractuales del “Seguro de Embarcaciones de Recreo o Placer” que como
Anexo I (IF-2022-36689232-APN-GTYN#SSN) integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Las entidades aseguradoras que opten por operar con las
condiciones contractuales de carácter general autorizadas por la
presente Resolución, deberán remitir la Nota Técnica de las coberturas
adicionales de Accidentes Personales y Sepelio a comercializar para su
autorización. Las mismas deberán ajustarse a los parámetros definidos
en las resoluciones de pautas mínimas aplicables y/o Resolución SSN N°
37.072 de fecha 31 de agosto de 2012, complementarias y modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- Dispónese que la presentación deberá incluir los
elementos detallados en el Punto 23.2.1.2. del Reglamento General de la
Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de
noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), exceptuando
Condiciones Contractuales y Opinión Letrada. En caso de que se
presenten modificaciones a las condiciones contractuales establecidas
en la presente Resolución, se deberá proceder de acuerdo lo previsto en
el Punto 23.4.1. del citado Reglamento.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese..
Fdo. Mirta Adriana GUIDA – Superintendenta de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser
consultada en www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros o
personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
Luis Ramon Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.
e. 16/05/2022 N° 34121/22 v. 16/05/2022