MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 131/2022
RESOL-2022-131-APN-MOP
Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2022
Visto el Expediente Nº EX-2022-38608028-APN-DDRRHH#MOP, la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, los Decretos Nros.
1421 del 8 de agosto de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 415 del
30 de junio de 2021 y su modificatorio, la Resolución Nº 53 del 22 de
marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 415 del 30 de junio de 2021 y su
modificatorio, se homologó el Acta Acuerdo de fecha 26 de mayo de 2021
y su Anexo, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(S.I.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de
2008, por la cual se acordó, como cláusula tercera, que el Estado
Empleador establecería un Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito
para la promoción de Nivel para el personal permanente comprendido en
dicho Convenio, previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito
de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).
Que la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera
(Co.P.I.C.) se ha expedido favorablemente mediante el Acta Nº 172 del
11 de febrero de 2022 (IF-2022-16064393-APN-COPIC).
Que mediante el artículo 2° de la Resolución Nº 53 del 22 de marzo de
2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación
y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema
Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/2008, que reviste
en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de
manifestar su voluntad de participar del presente proceso y que se
encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del
citado convenio.
Que, en dicho marco, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS promueve el
desarrollo de carrera de sus agentes de planta permanente bajo los
lineamientos de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional
N° 25.164, fortaleciendo la igualdad de oportunidades, potenciando la
carrera administrativa y la mejora de las condiciones laborales en la
repartición, todo lo cual es condición y sustento para la inclusión,
formulación e implementación de políticas de fortalecimiento del empleo
público, que sin duda redundan en la mejor gestión de esta jurisdicción.
Que, a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente, resulta
necesario dar inicio al citado régimen, conforme la vigencia
establecida en el Acta Acuerdo del 26 de mayo de 2021, homologada por
el Decreto Nº 415/21 y su modificatorio, integrar el Comité de
Valoración y designar al Secretario Técnico Administrativo.
Que los integrantes del Comité de Valoración tienen entre sus
responsabilidades, verificar los antecedentes curriculares y laborales
de los postulantes y determinar la pertinencia en la titulación y
experiencia con el puesto y nivel al que se postula, constatar el
cumplimiento de los requisitos del puesto y nivel, evaluar las
observaciones que formulen los veedores, requerir la asistencia y
colaboración de expertos de ser necesario, elaborar un Acta de
Aprobación resultante de la valoración y elevar para su aprobación el
acto administrativo correspondiente.
Que la presente medida, en esta instancia, no implica erogación presupuestaria.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de
Programación y Control Presupuestario de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE GESTÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la
Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. por Decreto Nº 438/92) y sus
modificaciones, y en el artículo 4° del Régimen de Valoración por
Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el personal del
Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el artículo 2° de la
Resolución Nº 53/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Por ello,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por iniciado, en el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, el
proceso para la implementación del Régimen de Valoración por Evaluación
y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema
Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre
de 2008, conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución Nº 53
del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 2°.- Desígnanse como miembros integrantes del Comité de
Valoración a las personas que se detallan en el ANEXO I
(IF-2022-46828588-APN-DDRRHH#MOP) que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Desígnase como Secretario Técnico Administrativo al Sr. Favio Ariel APPEZZATTO (D.N.I. N° 33.934.473).
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriel Nicolás Katopodis
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/05/2022 N° 34312/22 v. 17/05/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)