MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 624/2022
RESOL-2022-624-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2022
VISTO el Expediente EX-2022-36032862- -APN-DGD#MT las Leyes Nº 24.013 y
27.264 y sus respectivas modificatorias y complementarias, y las
Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 420
del 18 de abril de 2022, N°562 del 11 de Mayo de 2022 y 591 del 13 de
Mayo de 2022
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.013 y sus modificatorias previó el despliegue de
acciones por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL, dirigidas a mejorar la
situación socio-económica de la población, adoptando como eje principal
la política de empleo, comprensiva ésta de la promoción y la defensa
del empleo.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, como autoridad
de aplicación de la Ley N° 24.013, tiene a su cargo la elaboración de
los planes y programas pertinentes y en tal sentido, dentro de sus
competencias, la de disponer todas las medidas necesarias para alcanzar
los objetivos previstos por las leyes a fin de atender las situaciones
que pongan en peligro la calidad y/o cantidad de puestos de trabajo.
Que mediante la Ley N° 27.264 se instituyó el carácter permanente del Programa de Recuperación Productiva (REPRO).
Que a su vez, por la ley mencionada en el considerando precedente, se
instruyó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a
instrumentar un trámite simplificado para el fácil acceso de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs).
Que en el contexto actual de la economía nacional, se evidencian
diversos indicadores que dan cuenta de un proceso de reactivación de la
actividad económica y del empleo.
Que el programa creado mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 420 del 18 de abril de 2022 tiene como
objeto establecer un subsidio a la nómina salarial de las empresas que
ingresen al mismo, toda vez que el beneficio consistirá en una
asignación dineraria individual a abonar a los trabajadores y las
trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los
sujetos empleadores adheridos al Programa, de acuerdo a las condiciones
establecidas en la normativa.
Que para acceder al Programa antedicho, los empleadores y empleadoras,
además de cumplir con los requisitos e indicadores del programa,
deberán presentar un “Plan de recuperación económica, productiva y
laboral” que sea consistente, veraz y factible, el cual será objeto de
evaluación por parte de este MINISTERIO.
Que asimismo por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL Nº 562 del 11 de mayo de 2022 se redefinieron
criterios del Programa para acceder a su beneficio.
Que asimismo mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL Nº 591 del 11 de Mayo de 2022, se dieron por
designados los integrantes del Comité de Evaluación y Monitoreo del
“Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO),” con
miembros de los MINISTERIOS DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
ECONOMÍA y DESARROLLO PRODUCTIVO y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS.
Que la SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención en orden a las competencias
asignadas por el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado por Decreto Nº 438/92)
y sus modificatorias y las Leyes Nros. 24.013 y 27.264 y sus
respectivas normas modificatorias, reglamentarias y complementarias y
en el marco de lo dispuesto en la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 420 del 18 de abril de 2022.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécense las fechas de inscripción, de facturación y
de nómina ( F -931), los Cortes de actualización de C.B.U. y los cortes
de bajas en nómina detallados en el ANEXO IF-2022-50481317-APN-
CPREPRO#MT, que forma parte integrante de la presente, para el
“Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), creado
por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N°
420 del 18 de abril de 2022, para los salarios devengados durante los
meses comprendidos entre Mayo a Septiembre de 2022.
ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Omar Moroni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/05/2022 N° 36510/22 v. 23/05/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)