COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución 4574/2022
RESIN-2022-4574-APN-DIR#CNV
Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-33865073- -APN-SRRHH#CNV, los Decretos
N° 415 de fecha 30 de junio de 2021, y N° 103 de fecha 2 de marzo de
2022; y la Resolución Nº 53 de la Secretaría de Gestión y Empleo
Público del 22 de marzo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 415 de fecha 30 de junio de 2021 se homologó
el Acta suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial
con fecha 26 de mayo de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público,
por la cual se acordó, como clausula tercera, elaborar una Propuesta de
Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de
Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público aproado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y
sus modificatorios, por parte del Estado Empleador previa consulta a
las Entidades Sindicales en el ámbito de la Co.P.I.C.
Que mediante el Decreto N° 103 de fecha 2 de marzo de 2022 se homologó
el Acta suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial
con fecha 26 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo
Público, por la cual se acordó, como clausula tercera, sustituir la
cláusula tercera del acta acuerdo de dicha comisión negociadora que
había sido homologada por Decreto N° 415/21.
Que habiéndose expedido favorablemente la Co.P.I.C mediante Acta N° 172
de fecha 18 de febrero de 2022, por Resolución N° 53/2022 de fecha 22
de marzo de 2022 de la Secretaria de Gestión y Empleo Público de la
Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, se aprobó el Régimen de
Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público.
Que el artículo 2° del citado régimen establece que la unidad a cargo
de las acciones de personal u organismo descentralizado comunicará en
un plazo no mayor a veinte días hábiles computados a partir de la
entrada en vigencia del régimen a la Dirección de Presupuesto y
Evaluación de Gastos en Personal de la Oficina Nacional de Presupuesto
del Ministerio de Economía, la información de la totalidad del personal
que se encuentre en condiciones de ascender de nivel escalafonario,
indicando cantidad de cargos por nivel.
Que el artículo 4° dispone a su turno que “El titular de la
Jurisdicción u organismo descentralizado dispondrá el inicio del
Proceso de Valoración por Evaluación y Mérito `para la promoción de
nivel, designará a los miembros integrantes del Comité de Valoración,
designará al Secretario Técnico Administrativo del Comité y aprobará el
cronograma del proceso en el mismo acto administrativo”.
Que por su parte el artículo 5° establece que el Comité de Valoración
se integrará con un miembro en representación del máximo responsable de
Unidad a cargo de las acciones de Personal de la Jurisdicción o entidad
descentralizada donde se dispuso el inicio del proceso de Valoración
por Evaluación y Mérito para la Promoción del Nivel; un miembro en
representación de la Secretaria de Gestión y Empleo Público dependiente
de la Jefatura de Gabinete de Ministros; y un miembro en representación
del titular de la Jurisdicción o entidad descentralizada; y que cada
representante contará con un alterno que podrá intervenir
indistintamente.
Que mediante NO-2022-38795494-APN-SRRHH#CNV se ha dado cumplimiento a
la comunicación prevista en el artículo 2° del régimen de Valoración
por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel Escalafonario.
Que se encuentran incorporadas al expediente de referencia los
documentos NO-2022-38795494-APN-SRRHH#CNV y el
IF-2022-41651754-APN-SRRHH#CNV por los cuales la Secretaria de Gestión
y Empleo Público y la responsable máxima de las acciones de personal de
la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES han designado respectivamente a los
miembros para que en su representación intervengan en el Proceso de
Valoración por Evaluación y Mérito del Personal de Planta Permanente de
esta COMISIÓN, cuyos Currículums vitae también se encuentran
incorporados al expediente.
Que se encuentran vinculados al expediente los Currículums vitae de
quienes en este acto se designan como representantes ante el Comité de
Valoración en representación del titular de esta COMISIÓN.
Que la Subgerencia de Recursos Humanos ha elaborado una propuesta de
cronograma del Proceso de Valoración por Evaluación y Mérito, la que se
encuentra vinculada al expediente, IF-2022-42990718-APN-SRRHH#CNV.
Que, en consecuencia, corresponde disponer el inicio del Proceso de
Valoración por Evaluación y Mérito para el Personal de Planta
Permanente de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, aprobar el cronograma
del proceso y designar al Comité de Valoración que intervendrá en el
mismo.
Que mediante IF-2022-47118706-APN-GAL#CNV ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Legales.
Que la presente medida se adopta en consideración de las atribuciones
establecidas por el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para
la Promoción de Nivel aprobado por Resolución SGyEP N° 23/2002 y de la
Ley N° 22.520 y sus modificatorias.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dase por iniciado el Proceso de Valoración por Evaluación
y Mérito para la Promoción de Nivel del Personal de Planta Permanente
del Sistema Nacional de Empleo Público de la Comisión Nacional de
Valores.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase integrantes del Comité de Valoración titulares
y alternos y como Secretario Técnico a los expertos consignados en el
IF-2022-43408703-APN-SRRHH#CNV, que como Anexo I integra la presente.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase el cronograma del Proceso de Valoración por
Evaluación y Mérito detallado en el IF- 2022-42990718-APN-SRRHH#CNV,
que como Anexo II integra la presente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Matías Isasa - Sebastián Negri - Adrián Esteban Cosentino
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/05/2022 N° 36302/22 v. 23/05/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)