ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 270/2022
RESOL-2022-270-APN-ANAC#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2022
VISTO los Expedientes Nº EX-2021-62936585-APN-ANAC#MTR y N°
EX-2022-47051977-APN-ANAC#MTR, los Decretos N° 1.172 de fecha 3 de
diciembre de 2003 y N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, las
Resoluciones N° 71-E de fecha 17 de febrero de 2022 y N°117-E de fecha
18 de marzo de 2022, ambas de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL (ANAC) y la Parte 43 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN
CIVIL (RAAC), y CONSIDERANDO:
Que mediante los Expedientes citados en el Visto, tramita una propuesta
de enmienda de la Parte 43 “Mantenimiento, mantenimiento preventivo,
reconstrucción y alteraciones” de la REGULACIONES ARGENTINAS DE
AVIACIÓN CIVIL (RAAC).
Que la propuesta de enmienda tiene por objetivo realizar cambios de
índole administrativo relacionados con la estandarización de términos
utilizados en el cuerpo normativo de las RAAC, cambios de formularios
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), correcciones en
las tablas de verificación y la actualización de procedimientos de la
ANAC.
Que en el marco del proceso de Elaboración Participativa de Normas
establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 la
propuesta fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL.
Que habiendo transcurrido el plazo previsto por el Artículo 2° de la
Resolución ANAC N° 71-E de fecha 17 de febrero de 2022, no se
recibieron comentarios al respecto del proyecto de la Parte 43 de las
RAAC.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ANAC ha
tomado la intervención de su competencia, analizando la factibilidad
técnica a través de sus áreas competentes.
Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos
Internos dependiente de la Unidad de Planificación y Control de Gestión
(UPYCG) de la ANAC ha tomado la intervención que le compete.
Que mediante la Resolución ANAC N° 117-E de fecha 18 de marzo de 2022
se estableció el proceso para el desarrollo, aprobación y enmienda de
la normativa aeronáutica.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ANAC, ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
los Decretos N° 1.172/03 y N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el texto de la Parte 43 “Mantenimiento,
mantenimiento preventivo, reconstrucción y alteraciones” de las
REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), que como ANEXO GDE
IF-2022- 50561996-APN-DNSO#ANAC forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas
y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de
Gestión (UPYCG) dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL (ANAC), a fin de realizar la incorporación de las enmiendas de la
Parte 43 de las RAAC que por este acto se aprueba.
ARTÍCULO 3°.- Pase a la UPYCG dependiente de la ANAC a efectos de la
corrección editorial de las secciones que se modifican y publicación en
la página “web” institucional.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, y cumplido archívese.
Paola Tamburelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/anac/raac-dnar-regulaciones-argentinas-de-aviacion-civil
e. 24/05/2022 N° 36850/22 v. 24/05/2022