PROCESO DOCUMENTADO
CANAL DE DENUNCIAS Y CONSULTAS DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA DEL INTI
Unidad Control de Gestión
Subgerencia Operativa de Procesos y Calidad
2022
1. Objetivo
El siguiente proceso fue desarrollado para establecer los lineamientos
administrativos para la presentación de una denuncia y realización de
una consulta de integridad y transparencia.
2. Alcance
El proceso abarca todas las denuncias y consultas sobre temáticas de
integridad, transparencia, violencia de género y ética pública que
ingresan al Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) por
cualquiera de las vías determinadas a tal fin.
3. Unidades organizativas de aplicación
Son aquellas unidades que intervienen en la determinación de los lineamientos y criterios del presente proceso.
• Gerencia Operativa de Asuntos Legales
• Mesa de Integridad y Transparencia
• Unidad Control de Gestión
• Unidad Autoría Interna
4. Sujetos intervinientes
Son aquellas unidades que participan activamente en alguna etapa del proceso.
• Consejo Directivo
• Presidencia
• Oficina Anticorrupción
• Gerencia Operativa de Asuntos Legales
• Unidad Control de Gestión
• Departamento de Sumarios
• Dirección Técnica de Gestión Administrativa y Operativa
• Equipo de Orientación y Denuncias de Violencias por Motivos de Género
• Mesa de Integridad y Transparencia
• Departamento de Mesa General de Entrada, Salida y Archivo
5. Glosario de acrónimos y siglas
• DMGESyA: Departamento de Mesa General de Entrada, Salida y Archivo
• EE: Expediente Electrónico
• EOyDVMG: Equipo de Orientación y Denuncias de Violencias por Motivos de Género
• GDE: Gestión Documental Electrónica
• GEDO: Gestor Electrónico de Documentos Oficiales
• IFGRA: Informe Gráfico (acrónimo de GEDO)
• INTI: Instituto Nacional de Tecnología Industrial
• MIT: Mesa de Integridad y Transparencia
• PTM: Parque Tecnológico Miguelete
• U.M: Unidad de Módulo
6. Definiciones
Área competente: Son las áreas
posibles de derivación de una denuncia. Dicha derivación podrá
realizarse a: (i) Departamento de Sumarios; (ii) Equipo de Orientación
y Denuncias de Violencias por Motivos de Género (EOyDVMG); (iii)
Oficina Anticorrupción; (iv) Comité de Ética; y/o (v) archivo de las
actuaciones (Guarda temporal).
Tipos de Denuncia: Las
denuncias que se reciban podrán clasificarse en: (i) Faltas
Administrativas; (ii) Delitos de Corrupción; y (iii) Violencia de
Género según las definiciones establecidas en el artículo 7° del
Reglamento del Canal de Denuncias y Consultas de Integridad y
Transparencia del INTI.
Tipo de Consulta: Se considera
Consulta de Integridad y Transparencia a la puesta en conocimiento de
la Autoridad de Aplicación, mediante cualquiera de las vías habilitadas
al efecto, de una pregunta y/o inquietud relativa a los alcances en
materia de Faltas Administrativas, Delitos de Corrupción, Violencia de
Género y Acceso a la Información pública y/o cualquier otra temática
relacionada con la ética pública.
Identidad del denunciante: Las denuncias podrán presentarse sin Identidad Reservada, con Identidad Reservada o de forma Anónima.
Registro de Denuncias y de Consultas de Integridad y Transparencia:
Sistema informático mediante el cual se soporta a la gestión del
proceso del Canal de Denuncia y Consulta de Integridad y Transparencia.
Asimismo, asegura la correcta trazabilidad del mismo y permite realizar
el seguimiento y la generación de indicadores.
7. Descripción del proceso
Nota metodológica: La estructura documental del proceso se compone de
un Reglamento, Proceso Documentado y sus respectivos Diagramas de
Flujo. La relación entre estos últimos se establece según se detalla a
continuación.
• Cada título (7.1;7.2;7.3...) del PD corresponde a un DF.
• Cada subtítulo de primer nivel (A;B;C.) corresponde a una etapa
dentro de cada DF. Las mismas se representan en el DF como grandes
segmentos que abarcan varias tareas relacionadas.
• Por último, cada subtítulo de segundo nivel (incisos: 1;2;3...)
corresponde a una actividad específica. Cada actividad se simboliza con
una caja en el DF, la cual se encuentra alineada con el número de
referencia del PD. Asimismo, se encuentra flanqueada por un elemento de
entrada y uno de salida, y acompañada por la especificación del
responsable de dicha actividad.
7.1. Procedimiento Canal de Denuncias
A. Presentación de denuncia
1. Carga y envío del Formulario Denuncia Web
El/la denunciante deberá completar el Formulario Denuncia Web, el cual se encuentra disponible en la página web del Instituto.
La denuncia ingresada vía Formulario de Denuncia Web se notifica
automáticamente a la MIT, se incorpora una entrada al Registro de
Denuncias y de Consultas de Integridad y Transparencia con estado de
denuncia “INGRESADA” y se notifica vía correo electrónico (de
corresponder) a el/la denunciante el número de seguimiento. Además, una
vez enviada la misma, se podrá descargar el formulario completo y
visualizar el número de seguimiento.
La denuncia clasificada como Violencia de Género se deriva automáticamente a EOyDVMG.
El/la Agente EOyDVMG deberá aceptar la Denuncia o derivarla. Sí, acepta
la misma actualiza el estado “ACEPTADA” en el formulario web. Caso
contrario, actualiza el estado a “DERIVA A MIT” para su tratamiento.
En aquellos casos que la denuncia este clasificada como Falta Administrativa o Delito de Corrupción se continúa con el punto 7.
2. Presentación de Denuncia y/o Consulta de Integridad por Departamento de Mesa General de Entrada, Salida y Archivo
En el caso en que la Denuncia y/o Consulta de Integridad y
Transparencia no pueda realizarse vía web, podrá efectuarse mediante
escrito a presentarse ante el Departamento de Mesa General de Entrada,
Salida y Archivo del INTI, en sede PTM sita en Av. General Paz 5445,
San Martín, Provincia de Buenos Aires (C.P. 1605) Aires o en sede
Retiro sita en Av. Leandro N. Alem 1067 piso 7°, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (C.P. 1001).
Toda Denuncia y/o Consulta de Integridad y Transparencia que se efectúe
por el DMGESyA, deberá presentarse en sobre cerrado a los fines de
resguardar el derecho a la privacidad tanto del denunciante como del
denunciado.
El sobre deberá estar identificado con una de las siguientes leyendas:
• Denuncia
• Consulta de Integridad y Transparencia
• Denuncia de Violencia de género
• Consulta de violencia de género
Nota 1: La persona podrá incluir todos aquellos documentos que respalden la denuncia -consulta.
Nota 2: En caso en que el/la denunciante no cuente con un sobre para la
presentación del escrito, este le será provisto por el personal de
DMGESyA.
2.1 Verificación del tipo de documento recibido por DMGESyA
El/la Agente del DMGESyA que reciba el escrito procederá a verificar el tipo de documento que se está recibiendo.
De no encontrarse identificado el sobre, el/la Agente deberá preguntar
qué tipo documentación es y, de ser necesario para clarificar y
clasificar correctamente el documento, el/la titular de la Dirección
Técnica de Gestión Administrativa y Operativa procederá a abrir el
sobre y rotular el mismo.
2.2 Registro de la recepción de nuevo documento en el DMGESyA
Al recibir el documento el/la Agente registrará el ingreso de una
Denuncia o una Consulta de Integridad y Transparencia en el Registro de
Denuncias y de Consultas de Integridad y Transparencia y emitirá las
constancias de recepción del mismo: una de ellas se incorporará al
sobre cerrado, otra queda en el DMGESyA y la última copia se le
entregará a el/la denunciante/consultante.
En el caso en que la Denuncia y/o Consulta de Integridad y
Transparencia recibida corresponda a Violencia de Género, esta se
deriva al EOyDVMG para su tratamiento.
El/la Agente EOyDVMG deberá aceptar la Denuncia y/o Consulta de
Integridad y Transparencia o derivarla. Sí, acepta la misma actualiza
el estado “ACEPTADA” en el formulario web. Caso contrario, actualiza el
estado a “DERIVA A MIT” y remite el sobre cerrado a la MIT para su
tratamiento.
Nota 3: La carga inicial en el Registro de Denuncias y de Consultas de
Integridad y Transparencia por parte del DMGESyA no contendrá datos
sensibles, únicamente dejará registro de la recepción del sobre cerrado.
2.3 Derivación a la MIT
El/la Agente del DMGESyA deberá remitir las Denuncias y Consultas de
Integridad y Transparencia en sobre cerrado a la MIT para su
tratamiento.
2.4 Verificación y carga del documento recibido
El/la Agente MIT verificará si el documento recibido es una Denuncia o
Consulta de Integridad y Transparencia y que esté correctamente
clasificada en el Registro de Denuncias y de Consultas de Integridad y
Transparencia. En caso de detectar un error se reclasificará la misma.
Por último, el/la Agente terminará de completar la carga del documento
recibido en el Registro de Denuncias y de Consultas de Integridad y
Transparencia.
Luego se deberá descargar el documento, generar un IFGRA mediante el módulo GEDO y se deberá proceder según punto 8.
En caso de que el documento recibido corresponda a una Consulta de
Integridad y Transparencia se procederá según punto 3 del inciso B del
7.2 del presente documento.
3. Derivación de Denuncia de Organismos externos
Las denuncias derivadas de otros Organismos externos, el/la Agente MIT deberá:
- Registrar las mismas en el Formulario Denuncia Web.
- Luego, las denuncias referidas a Faltas Administrativas y Delitos de
Corrupción, se deberá descargar el documento, generar un IFGRA mediante
el módulo GEDO y se deberá proceder según punto 4.
B. Inicio de EE y vinculación de Denuncia
4. Clasificación de denuncias
En el caso de las denuncias ingresadas directamente por el Formulario
de Denuncias Web, (véase punto 1), el/la Agente MIT verificará que
estén correctamente clasificadas. En caso de detectar un error en la
carga el/la Agente MIT reclasificará la denuncia en el sistema.
Aquellas referidas a violencia de género se derivan al EOyDVMG para su
tratamiento. Por último, si las denuncias son derivadas al EOyDVMG,
el/la Agente deberá actualizar el estado de la Denuncia a “DERIVACIÓN
EOyDVMG” en el Formulario de Denuncia Web.
El/la Agente EOyDVMG deberá aceptar la Denuncia o derivarla. Sí, acepta
la misma actualiza el estado “ACEPTADA” en el formulario web. Caso
contrario, actualiza el estado a “DERIVA A MIT” para su tratamiento.
Se deberá descargar el documento, generar un IFGRA mediante el módulo GEDO.
5. Solicitud de caratulación de EE
El/la Agente MIT deberá solicitar la caratulación al DMGESyA para iniciar el EE.
6. Vinculación de la Denuncia (PDF) al EE
Una vez caratulado el EE, el/la Agente MIT incorporará el N° del EE en
el Registro de Denuncias y de Consultas de Integridad y Transparencia,
y vinculará al mismo los documentos pertinentes.
C. Relevamiento de información adicional
7. Verificación de la identidad del denunciante
El/la Agente MIT verificará la identidad del denunciante. En el caso de
ser anónima se procederá al punto 11. Caso contrario, se continúa en el
siguiente punto.
8. Contacto con el/la denunciante
Verificada la identidad, se procederá a contactar al denunciante según
la vía de contacto que se especificó en el Formulario Denuncia Web.
9. Ratificación de la Denuncia
En el caso de poder contactar al denunciante, se procede a ratificar la
Denuncia. De no poder contactarlo y/o el denunciante no querer
ratificar la Denuncia, esta continuará como anónima y se procederá
según el punto 11.
10. Ampliación de Denuncia
Luego de haberse ratificado la Denuncia, el/la denunciante podrá ampliar la misma y enviar documentación adicional.
La documentación adicional y el intercambio con el/la denunciante se
deberán incorporar en el Registro de Denuncias y de Consultas de
Integridad y Transparencia y luego se vinculará al EE.
D. Evaluación preliminar y elaboración de informe
11. Evaluación de la Denuncia
Luego de haberse registrado los posibles intercambios, el/la Agente MIT
evaluará la Denuncia según los siguientes Criterios de Evaluación.
a)
Evaluación preliminar. Se
deberá determinar si la Denuncia reúne los requisitos mínimos para su
tratamiento. A tales efectos, se tendrá en cuenta: la claridad y
coherencia de la Denuncia, la verosimilitud de los hechos y el sustento
documental acompañado.
b)
Evaluación sobre derivaciones internas.
En caso de que la Denuncia se deba gestionar internamente, el/la Agente
analizará si esta encuadra en los Criterios de Convocatoria definidos
en el inciso 21.
c)
Evaluación sobre gestión.
Las denuncias serán derivadas a la Oficina Anticorrupción cuando el
sujeto denunciado/a sea miembro/a del Consejo Directivo, Director/a,
Gerente Operativo/a y/o Funcionario/a del área pertinente, de la Unidad
de Auditoría Interna o cuando por su contenido enmarque en los
criterios de significación e interpretativos establecidos,
respectivamente, en las Resoluciones N° 458/2001 y N°186/2018 del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
12. Elaboración de Informe
Realizada la evaluación de la denuncia, el/la Agente MIT procederá a
elaborar un Informe en un plazo no mayor a veinte (20) días hábiles
administrativos de recibida la denuncia.
E. Derivación y vinculación de Informe al EE
13. Vinculación del Informe al EE
Una vez elaborado el Informe, el/la Agente MIT deberá generar un IFGRA
mediante el módulo GEDO del sistema GDE. Este mismo, se deberá vincular
al EE.
14. Archivo de Denuncia
Después de haberse realizado la evaluación preliminar y determinándose
(según el punto 11 a. del presente) que no se da curso a la denuncia,
el/la Agente MIT deberá comunicar lo resuelto al denunciante,
actualizar el estado de la denuncia a “GUARDA TEMPORAL” y registrar el
motivo en el sistema de denuncias web.
Por último, enviará el EE a guarda temporal y se dará por finalizado el circuito administrativo.
15. Análisis de Derivación del EE
En el caso en que el/la Agente haya decidido dar curso a la Denuncia
(según el punto 11 a. del presente), deberá determinar si la gestión de
esta será llevada adelante dentro del INTI o si será derivada a un
Organismo externo.
16. Derivación a la Oficina Anticorrupción
El/la Agente MIT remitirá el EE de la Denuncia a la Oficina
Anticorrupción cuando se cumpla el inciso 11 c), en un plazo no mayor a
los tres (3) días hábiles administrativos de concluido el
informe. Luego deberá actualizar el estado de la denuncia a “DERIVACION
A LA OFICINA ANTICORRUPCION” en el Registro de Denuncias y de Consultas
de Integridad y Transparencia.
Una vez derivado el EE, la Oficina Anticorrupción será responsable de su tratamiento, seguimiento y cierre.
17. Derivación Interna
Si la Denuncia es gestionada internamente el/la Agente, en primer
lugar, analizará si ésta encuadra en los siguientes Criterios de
Convocatoria.
a)
Criterio Económico. Las
denuncias resultarán económicamente significativas cuando el monto
estimado del perjuicio sea igual o superior a 500 U.M.), tomando el
valor del módulo según lo establece en el ARTÍCULO 3° del Decreto
820/20 o el que en su futuro lo remplace.
b)
Criterio Institucional. Las
denuncias resultarán institucionalmente significativas cuando su
perjuicio ponga en riesgo el normal funcionamiento del INTI, implicando
la vulneración de normas tales como el Decreto/Ley 17.138 y sus normas
complementarias.
c)
Criterio Social. Las
denuncias resultarán socialmente relevantes cuando el acto objeto pueda
significar un daño o potencial daño a las personas (humanas y
jurídicas) que acceden a las prestaciones, servicios y/o beneficios que
brinda el INTI.
En base al análisis anterior surgen dos posibilidades:
i. La denuncia NO encuadra en los parámetros establecidos: se remitirá
el EE al Departamento de Sumarios para su tratamiento en un plazo no
mayor a los tres (3) días hábiles administrativos de concluido el
informe, se actualiza el estado de la denuncia a “DERIVACIÓN
DEPARTAMENTO DE SUMARIOS” en el Registro de Denuncias y de Consultas de
Integridad y Transparencia y se da por finalizado el circuito
administrativo.
ii. La denuncia encuadra en alguno de los parámetros establecidos, se procederá según inciso 18.
18. Remite al Comité de Ética
El/la Agente MIT remitirá el EE al Comité de Ética para su tratamiento
en un plazo no mayor a los tres (3) días hábiles administrativos de
concluido el informe, actualiza el estado de la denuncia a “DERIVACIÓN
COMITÉ DE ETICA” en el Registro de Denuncias y de Consultas de
Integridad y Transparencia y se da por finalizado el circuito
administrativo.
7.2. Procedimiento Consultas de Integridad y Transparencia
A. Inicio de Consulta de Integridad y Transparencia
1. Presentación de consultas
El/la consultante podrá completar el Formulario Consultas de Integridad
y Transparencia Web (el cual se encuentra disponible en la página web
del Instituto), presentar la documentación por el DMGESyA o realizar la
consulta mediante correo electrónico a
integridad@inti.gob.ar. Asimismo, se recibirán consultas derivadas de Otros Organismos Públicos.
La consulta ingresada vía Formulario Consultas de Integridad y
Transparencia Web se notifica automáticamente a la MIT y se incorpora
al Registro de Denuncias y de Consultas de Integridad y Transparencia
con el estado “INGRESADA”.
Las consultas clasificadas como violencia de género se derivan automáticamente a EOyDVMG.
El/la Agente EOyDVMG deberá aceptar la Consultas de Integridad y
Transparencia o derivarla. Sí, acepta la misma actualiza el estado
“ACEPTADA” en el formulario web. Caso contrario, actualiza el estado a
“DERIVA A MIT” para su tratamiento y continúa el proceso en el punto 3.
Las Consultas de Integridad y Transparencia clasificadas como Faltas
Administrativas, Delito de Corrupción y Cuestiones sobre Acceso a la
Información Pública y/o cualquier otra temática relacionada con la
ética pública continúan en el punto 4.
B. Registro y clasificación de consultas
2. Registro de consultas recibidas vía correo electrónico y otros Organismo Públicos
El/la Agente MIT deberá registrar en el Formulario Consultas de Integridad y Transparencia Web.
Las consultas sobre violencia de género serán remitidas al EOyDVMG para
su tratamiento, se deberá actualizar el estado de la consulta a
“DERIVACION EOyDVMG” en el Registro de Denuncias y de Consultas de
Integridad y Transparencia.
El/la Agente EOyDVMG deberá aceptar la Consultas de Integridad y
Transparencia o derivarla. Sí, acepta la misma actualiza el estado
“ACEPTADA” en el formulario web. Caso contrario, actualiza el estado a
“DERIVA A MIT” para su tratamiento.
3. Clasificación de la consulta
En el caso de las consultas ingresadas directamente por DMGESyA y por
el Formulario de Consultas de Integridad y Transparencia Web, como así
las derivadas por parte del EOyDVMG, el/la Agente MIT verificará que
estén correctamente clasificadas. En caso de detectar un error en la
carga el/la Agente MIT reclasificará la consulta en el sistema.
4. Solicitud de caratulación y vinculación de los registros completos al EE (De corresponder)
En los casos excepcionales en que se considere oportuno formalizar la
gestión de la Consulta a través de un EE, el/la Agente MIT deberá
descargar el documento y generar un IFGRA mediante el módulo GEDO,
debiendo solicitar la caratulación al DMGESyA. Posteriormente, se
deberán vincular los registros completos al EE.
Nota 4: Si se inicia el EE, el número resultante deberá ser incorporado
en el Registro de Denuncias y de Consultas de Integridad y
Transparencia.
C. Respuesta a la consulta
5. Evalúa la Consulta
El/la Agente designado/a para el tratamiento de la Consulta deberá
determinar si esta encuadra dentro del ámbito de la MIT y elaborar el
informe pertinente en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles
administrativos.
Nota 5: El alcance de la MIT en relación con la atención de Consultas
se circunscribirá a las temáticas relativas al Programa Integral de
Transparencia.
6. Desestimación de la Consulta - Guarda Temporal
La desestimación de una Consulta deberá notificarse al consultante
dentro de los dos (2) días hábiles administrativos de elaborado el
Informe.
El/la Agente MIT deberá actualizar la Consulta a “DESESTIMADA” en el
Registro de Denuncias y de Consultas de Integridad y Transparencia. De
corresponder, se vinculará la documentación del caso al EE,
remitiéndose este, a la guarda temporal y terminando el circuito
administrativo.
7. Comunicación de respuesta al usuario
Luego de haber evaluado la Consulta y resultando esta pertinente, el/la
Agente MIT deberá responder en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles
administrativos de elaborado el Informe, salvo que por su complejidad
requiera de un plazo mayor. La extensión del plazo deberá ser
fundamentada en el Registro de Denuncias y de Consultas de Integridad y
Transparencia. Se comunica a el/la consultante y, en ningún caso, podrá
superar veinte (20) días hábiles administrativos de la fecha de la
recepción de la Consulta.
Una vez respondida la Consulta al usuario y actualizado el estado de la
Consulta a “RESPONDIDA” en el Registro de Denuncias y de Consultas de
Integridad y Transparencia, se dará por finalizado el circuito
administrativo.
8. Vinculación de la respuesta al EE
Luego de haber respondido la Consulta y de existir un EE para su
tramitación, el/la Agente MIT deberá vincular la respuesta al EE y
enviar el mismo a guarda temporal.
8. Sistemas informáticos y plataformas intervinientes
• Formulario Consultas de Integridad y Transparencia Web
• Formulario Denuncias Web
• Página web Institucional
• Sistema de Gestión Documental Electrónico (GDE)
• Registro de Denuncias y de Consultas de Integridad y Transparencia
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• DECRETO N° 434/2016 Plan de Modernización - Aprobación
• DECRETO N° 561/2016 Sistema de Gestión Documental Electrónica (SGDE)
• Diagrama de Flujo Consultas de Integridad y Transparencia
• Diagrama de Flujo Canal de Denuncias
• Formulario Consultas de Integridad y Transparencia Web
• Formulario Denuncias Web
• LEY N° 25.506 Firma Digital
• Reglamento del Canal de Denuncias y Consultas de Integridad y Transparencia del INTI
PD – Canal de Denuncias y Consultas de Integridad y Transparencia
IF-2022-42275754-APN-SOPYC#INTI