VISTO el Expediente N° EX-2022-32992244- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros.
24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, los Decretos
Nros. 11 de fecha 7 de enero de 2014 y 50 de fecha 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de
2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el Contrato de
Préstamo BID N° 2923/OC-AR suscripto por el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, y
Que mediante el Decreto N° 11 de fecha 7 de enero de 2014, se aprobó el
Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1145, con destino al PROGRAMA DE
APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
(MiPyME), el que fuera suscripto bajo la denominación Contrato de
Préstamo BID N° 2923/OC-AR por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 26 de marzo de 2014.
Que por el Artículo 4º del citado decreto, la ex SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE
INDUSTRIA fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE APOYO A
LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que mediante la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la
ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
ex MINISTERIO DE INDUSTRIA se aprobó el Reglamento Operativo del
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS (MiPyME), a los efectos de implementar su ejecución y de
conformidad con lo establecido en el “Apartado a) de la Cláusula 3.02
Condiciones previas al primer desembolso del Capítulo III –Desembolsos”
del Contrato de Préstamo BID Nº 2.923/OC-AR.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría,
estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, el carácter de Autoridad de Aplicación de las normas
correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y sus
modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, como así también las
competencias de la SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES, dependiente de la
citada Secretaría.
Que mediante la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2022 de la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y a efectos de mejorar la
implementación y ejecución del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD
PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se aprobó el nuevo
Reglamento Operativo del PROGRAMA como Anexo de la citada resolución y
se derogó la Resolución Nº 1.212/14 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Que el citado nuevo Reglamento Operativo del PROGRAMA en cuestión
establece los términos, condiciones y procedimientos a ser observados
por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y los Emprendedores
interesados en participar del mismo.
Que con la finalidad de acompañar los esfuerzos que la REPÚBLICA
ARGENTINA está realizando en el marco de la reactivación productiva,
resulta necesario realizar un llamado específico a la presentación de
Proyectos (Py) con la finalidad de asistir económicamente a
emprendedores y nuevas empresas en la ejecución de proyectos con el
propósito de que introduzcan cambios innovadores en sus productos y/o
servicios; y/o emprendimientos de base científica y/o tecnológica
surgidos a partir de procesos de investigación y desarrollo (I+D) con
el objetivo de fortalecer cadenas de valor que contribuyan al
desarrollo productivo en instituciones académicas, instituciones
científico-tecnológicas, empresas o en vinculación con ellas y/o;
Emprendimientos con impacto, entendiéndose como tales, aquellos/as que
con sus acciones buscan producir no solo un beneficio económico, sino
también mejoras en la sociedad y/o el ambiente de su comunidad.
Que mediante la Nota NO-2022-42413117-APN-SPYMEYE#MDP de fecha 29 de
abril de 2022, la Dirección General de Programas y Proyectos
Sectoriales y Especiales, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, solicitó al
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), su “No Objeción” necesaria en
relación a las Bases y Condiciones y los Anexos que regirán la presente
Convocatoria.
Que conforme a lo indicado en considerando precedente, el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha manifestado su “No Objeción” a la
Convocatoria que se propicia mediante la Nota CSC/CAR-1301/2022, de
fecha 6 de mayo de 2022, obrante en el expediente de referencia como
IF-2022-45789652-APNDCE#MDP.
Que asimismo, en el Informe Gráfico obrante como
IF-2022-28030070-APN-DNGYPP#MDP en las actuaciones de la referencia, el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) mediante la Nota CSC/CAR
182/2022 ha manifestado su “No Objeción” a la prórroga del plazo de
ejecución y desembolsos del Contrato de Préstamo BID N° 2923/OCAR, con
vigencia hasta el día 26 de marzo de 2023.
Que la presente Convocatoria se da en los términos del Anexo de la
Resolución N° 32/22 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
LOS EMPRENDEDORES.
Que la Dirección de Presupuesto, dependiente de la Dirección General de
Administración de Industria, Pyme, Comercio y Minería de la
SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, ha tomado la intervención que
le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se adopta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º del Decreto N° 11/14.
ARTÍCULO 1°.- Convócase a la presentación de Proyectos APOYO A LA
COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MI PyME) “PAC”
(BID 2923/OC-AR) en el marco del Documento Ejecutivo del Préstamo BID
2923 OC/AR, cuyo Reglamento Operativo fue aprobado por la Resolución N°
32 de fecha 11 de mayo de 2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el DOCUMENTO EJECUTIVO “Bases y Condiciones de
la Convocatoria a la Presentación de Proyectos (Py) – PAC
Emprendedores/as 2022”, que como Anexo, IF-2022-48948494-APN-SSE#MDP,
forma parte integrante de la presente resolución, el cual regirá
juntamente con el citado Reglamento Operativo, la Convocatoria,
presentación y ejecución de los Proyectos Prioritarios en el marco de
la Convocatoria específica del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD
PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
ARTÍCULO 3°.- La convocatoria realizada por el Artículo 1º de la
presente medida tendrá la vigencia establecida en el DOCUMENTO
EJECUTIVO Bases y Condiciones, y será por un monto máximo de PESOS
QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000).
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Programa
45, Actividad 43, de la Jurisdicción 51 – MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, Servicio Administrativo Financiero 362, para el Ejercicio
2022.
ARTÍCULO 5°.- La presente medida comenzará a regir a partir de su firma.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/05/2022 N° 36721/22 v. 24/05/2022
DOCUMENTO EJECUTIVO - Bases y Condiciones de la Convocatoria a la Presentación de Proyectos (Py) - PAC Emprendedores 2022
Proyectos (Py)- PAC Emprendedores 2022
La SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, en
adelante SEPYMEYE o Autoridad de Aplicación, realiza un llamado
específico, en el marco del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME) “PAC” (BID 2923/OC-AR),
COMPONENTE 3: APOYO A NUEVAS EMPRESAS, SUB-COMPONENTE 3.3: Apoyo
directo a Emprendedores y Empresas jóvenes individuales, a la
presentación de Proyectos (Py), con la finalidad de asistir
económicamente a emprendedores, emprendedoras y Emprendimientos
innovadores en sus productos y/o servicios y/o Emprendimientos de Base
Científica y/o Tecnológica y Emprendimientos con impacto,.
I. Objetivos y Destinatarios
La presente convocatoria específica tiene como finalidad acompañar los
esfuerzos que la REPÚBLICA ARGENTINA está realizando en el marco de la
reactivación productiva, mediante el fomento de acciones de asistencia
económica a través del otorgamiento de un aporte no reembolsable
destinado a Emprendedores y Emprendedoras con proyectos:
a) De base científica y/o tecnológica, surgidos a partir de
procesos de investigación y desarrollo (I+D) en instituciones
académicas, instituciones científico-tecnológicas, en empresas o en
vinculación con ellas, con el objetivo de fortalecer cadenas de valor y
que contribuyan al desarrollo productivo.
b) De Impacto que contribuyan a la consecución de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible 2030 (ODS 2030), Generen y/o introduzcan
soluciones innovadoras con impacto a nivel local, regional y/o
provincial. Creación de nuevos productos y/o servicios con impacto que
busquen satisfacer las demandas del entramado productivo.
c) De innovación que generen desarrollos de servicios
tecnológicos y actividades vinculadas a la industria 4.0 y/o
innovaciones tendientes a generar cambios que mejoren la productividad
y/o competitividad en cadenas de valor y/o sectores productivos.
d) De innovación para la creación de nuevas líneas de
productos/servicios y/o ampliación de la capacidad productiva que
brinden soluciones innovadoras que fortalezcan cadenas de valor y que
contribuyan al desarrollo productivo.
Los PROYECTOS deberán ejecutarse dentro de un periodo de hasta CUATRO
(4) meses, contados a partir de la notificación de aprobación de los
mismos en caso de modalidad reintegro, o desde la fecha de monetización
del ANR en caso de modalidad anticipo. En ambos supuestos se otorgará
UN (1) único desembolso
“Podrán presentar Proyectos EMPRENDEDORES/AS, entendiéndose como
aquellas personas humanas o jurídicas que pretendan dar inicio a un
proyecto o potenciar uno ya existente con grado de desarrollo
incipiente, cuya primera venta, de existir, haya sido efectivizada con
una antelación no mayor a DOS (2) años antes de la fecha de
presentación del Py.
II. Presentación de Proyectos (Py)
III. Características generales de la convocatoria
La convocatoria invita a la presentación de Proyectos (Py) innovadores
en sus productos y/o servicios, y/o Emprendimientos de Base Científica
y/o Tecnológica surgidos a partir de procesos de investigación y
desarrollo (I+D) en instituciones académicas, instituciones
científico-tecnológicas, en empresas o en vinculación con ellas, con el
objetivo de fortalecer cadenas de valor y que contribuyan al desarrollo
productivo y a Emprendimientos con Impacto, entendiéndose como tales,
aquellos/as que con sus acciones buscan producir no solo un beneficio
económico, sino también mejoras en la sociedad y/o el ambiente de su
comunidad
Los Proyectos serán presentados a través de la plataforma DNA2
(https://dna2.produccion.gob.ar). En primera instancia los/las
solicitantes presentarán el Formulario Plan de Negocios (Anexo I) y el
total de la documentación mencionada en la sección “VIII. Formulación y
Presentación de los Proyectos”, junto al link al video de presentación
del Proyecto por la misma vía. El plazo para dicha presentación será
desde la entrada en vigencia de la presente convocatoria, hasta el día
30 de junio de 2022 a las 18:00 hs.
En última instancia, aquellos proyectos que obtuvieran más de SETENTA
(70) puntos, completarán la aplicación a través de la plataforma de
Trámites a Distancia (TAD), presentando la información y documentación
requerida por las presentes Bases y Condiciones.
III.I Características generales de los Proyectos:
Los Proyectos deberán encuadrarse dentro de los siguientes objetivos:
a) De base científica y/o tecnológica, surgidos a partir de
procesos de investigación y desarrollo (I+D) en instituciones
académicas, instituciones científico-tecnológicas, en empresas o en
vinculación con ellas, con el objetivo de fortalecer cadenas de valor y
que contribuyan al desarrollo productivo.
b) De Impacto que contribuyan a la consecución de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible 2030 (ODS 2030). Mejoren o aumenten su/s
impacto/s positivo/s local/es, regional/es y/o provincial/es. Generen
y/o introduzcan nuevas e innovadoras soluciones con impacto a nivel
local, regional y/o provincial. Creación de nuevos productos y/o
servicios con impacto que busquen satisfacer las demandas del entramado
productivo local.
c) De innovación que generen desarrollos de servicios
tecnológicos y actividades vinculadas a la industria 4.0 y/o
innovaciones tendientes a generar cambios que mejoren la productividad
y/o competitividad en cadenas de valor y/o sectores productivos.
d) De innovación para la creación de nuevas líneas de
productos/servicios y/o ampliación de la capacidad productiva que
brinden soluciones innovadoras que fortalezcan cadenas de valor y que
contribuyan al desarrollo productivo.
Los objetivos que se propongan deberán estar debidamente justificados indicando el/los impacto/s esperado/s del proyecto.
La elegibilidad del/la beneficiario/a será determinada sobre la base de
la documentación presentada y la factibilidad de los proyectos. El
análisis se realizará por orden de ingreso de las postulaciones a la
convocatoria.
IV. Duración
Los Proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de CUATRO (4) meses,
contado a partir de la monetización del Proyecto en caso de modalidad
anticipo o a partir de la aprobación del proyecto en caso de modalidad
reintegro; y un plazo de TREINTA (30) días corridos más para su
rendición definitiva contados desde la fecha de finalización del
periodo de ejecución. Notificada la aprobación del Proyecto, los/las
beneficiarios/as podrán iniciar las tareas aprobadas.
V. Aporte No Reembolsable
El aporte no reembolsable (ANR) que la SEPYMEYE destinará a cada uno de
los Proyectos seleccionados será de hasta la suma máxima de PESOS DOS
MILLONES ($ 2.000.000) en el caso de proyectos en estadio de ideación y
puesta en marcha; y hasta la suma máxima de PESOS TRES MILLONES ($
3.000.000) en el caso de proyectos en estadio de desarrollo inicial o
crecimiento. En ambos casos el ANR cubrirá hasta el OCHENTA Y CINCO POR
CIENTO (85 %) del monto total de los Proyecto sin el Impuesto al Valor
Agregado (I.V.A.), con los límites establecidos en el presente
documento, debiendo aportar el/la emprendedor/a al menos el QUINCE POR
CIENTO (15 %) restante.
A efectos de la presente convocatoria, se consideran en:
a) Estadio de ideación y puesta en marcha a aquellos emprendimientos
que se encuentran en proceso de convertir su idea en un proyecto o
potencial negocio, en construcción de su propuesta de valor, sin haber
realizado su primera venta.
b) Estadio de desarrollo Inicial a aquellos emprendimientos que,
habiendo realizado sus primeras ventas, se enfocan en las necesidades
de sus clientes y el valor que entrega su modelo de negocios.
c) Estadio de crecimiento a aquellos emprendimientos en marcha, con más
de un año de ventas sostenidas en condiciones de consolidar y potenciar
sus negocios.
Sólo podrá presentarse UN (1) único proyecto por solicitante en el marco del presente llamado.
VI. Exclusiones
No estarán habilitadas a presentar Py los/as emprendedores/as que:
a) Registren deudas fiscales y/o previsionales exigibles con la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA;
b) Posean una participación accionaria extranjera superior al CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO (49 %);
c) Pertenezcan a los sectores de intermediación financiera, de seguros,
de servicios profesionales jurídicos y/o contables, y los
emprendimientos que presten servicios fiduciarios o fideicomisos;
d) Se hallen en incumplimiento total o parcial de obligaciones del Py u
otro tipo de proyectos o planes presentados en Programas existentes en
el ámbito de la SEPYMEYE, y habiendo sido notificado formalmente por la
Autoridad de Aplicación no han sido subsanados en tiempo y forma;
e) Las personas humanas y/o jurídicas que, en virtud del Proyecto
presentado, hubieren aplicado a otra Convocatoria del PROGRAMA DE APOYO
A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME)
“PAC” (BID 2923/OC-AR), Subcomponente 3.3 “Apoyo directo a
Emprendedores y Empresas jóvenes individuales ” y que registre algún
incumplimiento parcial o total.
f) Los/las emprendedores/as cuyos prestadores de servicios de
asistencia técnica, o los proveedores de bienes incluidos en las
actividades descritas en el Proyecto a presentar en concepto de ANR, se
encuentren vinculados laboral, societaria o patrimonialmente con su
Empresa/Emprendimiento, o (en caso de corresponder) con sus
controlantes o controladas, u ocupen cargos en la misma;
g) Personas Jurídicas que se encuentren en estado de cesación de pagos,
sujetos a cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley N°
24.522 o que se encontrarán en causal de disolución.
h) Personas Humanas que hubiesen sido condenadas por cualquier tipo de
delito doloso con pena privativa de libertad o inhabilitación, mientras
no haya transcurrido un tiempo igual al de la condena.
VII. Gastos financiables
VII.I El Plan de Inversiones podrá contener como máximo DIEZ (10) actividades a financiar, dentro de las cuales podrán ser:
1. Adquisición de activos fijos, maquinarias y/o partes de maquinarias
y equipamientos. Todos los bienes deberán ser nuevos y de origen de
países miembros del BID.
2. Activos intangibles, licencia de software, alojamiento en
servidores, etc. El monto no podrá superar el CUARENTA POR CIENTO (40
%) del ANR.
3. Gastos relacionados a ensayos, normas, estudios, y gastos vinculados
con la obtención de registros, homologaciones, habilitaciones y
certificaciones, entre otras.
4. Servicios de consultoría para desarrollos tecnológicos, estrategias
de comercialización y promoción en medios digitales, para el diseño,
desarrollo y reingeniería de procesos, entre otras. El monto no podrá
superar el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del ANR.
5. Capital de trabajo incremental vinculados exclusivamente para la
ejecución del proyecto hasta el 70% del total del ANR. Este rubro podrá
contemplar la adquisición de insumos, equipamiento complementario,
dispositivos tecnológicos, materias primas y/o bienes intermedios,
salarios brutos de nuevas incorporaciones de personal o
subcontrataciones necesarias para la implementación del proyecto.
6. Servicios de asistencia técnica brindada por una Entidad
Especializada en Apoyo Emprendedor (EEAE) en el proceso de presentación
y ejecución del Proyecto y hasta la rendición de cuentas final por
hasta el DIEZ POR CIENTO (10 %) del total del ANR.
7. Gastos vinculados a la Economía de Cuidado. Pago de salarios u de
honorarios de personas que se dediquen al cuidado y asistencia de
familiares y/o personas a cargo de los/las Emprendedores/as durante el
plazo de ejecución del Proyecto y sólo en los casos en que los/las
Solicitantes sean personas humanas y destinen tiempo a dichas tareas,
condicionando y/o limitando las posibilidades de desarrollo del
Emprendimiento. Este rubro podrá contemplar los salarios o los
honorarios del personal que desarrolle esta labor, sin incluir el pago
de los aportes ni las contribuciones de la seguridad social, a partir
del mes de inicio del Proyecto Aprobado. El monto mensual a abonar no
podrá superar a la remuneración que establezca la AFIP para el personal
que se dedica a la categoría “Cuidado de personas con retiro”. Este
rubro no podrá superar el CINCO POR CIENTO (5 %) del total del ANR.
Para todos los gastos del Proyecto, el/la Solicitante deberá presentar
presupuesto o factura proforma con el detalle del correspondiente bien
o servicio.
Respecto del ítem N° 6, las/los solicitantes deberán presentar en sus
proyectos el gasto asociado a la asistencia técnica brindada por parte
de una EEAE, siendo éste, a diferencia de los demás, un gasto elegible
de incorporación obligatoria en el plan de inversiones del proyecto.
A efecto de la presente Convocatoria, serán consideradas ENTIDADES
ESPECIALIZADAS EN APOYO EMPRENDEDOR (EEAE) aquellas asociaciones,
fundaciones, instituciones públicas, privadas o mixtas y demás
entidades especializadas, con antecedentes comprobables en
acompañamiento y asistencia técnica a emprendedores/as y
emprendimientos en sus distintos estadios, inscriptas en el Registro
Nacional de Incubadoras “INCUBAR”.
Al igual que para el resto de los gastos del Proyecto (Py), el/la
Solicitante deberá presentar un presupuesto o factura proforma emitido
por la EEAE. El mismo deberá estar acompañado por el Plan de Trabajo de
la Entidad (Anexo VI) que contemple las siguientes actividades:
a) Asistencia técnica para la preparación y presentación del proyecto.
b) Asistencia técnica para el seguimiento de la ejecución de las acciones descriptas en el plan de inversiones del proyecto.
c) Implementación de acciones de vinculación y articulación con otros
actores del ecosistema para potenciar el impacto, la innovación y los
objetivos del proyecto.
d) Fortalecimiento de las capacidades de los/ las emprendedores/as y/o
el equipo emprendedor para potenciar las oportunidades, el impacto, la
innovación y el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
e) Asistencia técnica y administrativa para la preparación y presentación de las rendiciones de gastos asociadas al proyecto.
Respecto de los ítems donde se considere servicios de asistencia
técnica, los proveedores deberán ser “Prestadores de Servicio de
Asistencia Técnica” (PSAT) inscriptos en el “Directorio de Proveedores
de Asistencia Técnica”, previsto en
http ://dna2 .producción. gob. ar/dna2bpm/user/login.
Asimismo, en los ítems donde se considere la adquisición de bienes,
los/las Solicitantes deberán presentar el certificado de origen de un
país miembro del BID y factura pro-forma y/o presupuesto. Los/as
proveedores deberán encontrarse inscriptos ante AFIP no se admitirán
presupuestos emitidos por personas humanas o jurídicas extranjeras sin
CUIT activo en AFIP.
VII. II Por su parte, los siguientes rubros no se considerarán gastos financiables:
a) Adquisición de bienes cuyo país de origen no sea un país miembro del Banco Interamericano de Desarrollo,
b) Bienes usados,
c) Compra de inmuebles y vehículos,
d) Construcción de obras civiles y edificios,
e) Pago de deudas, dividendos o recuperaciones de capital,
f) Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios.
g) Gastos generales y de administración,
h) Pago de obligaciones impositivas, previsionales y financieras,
i) Pago de servicios públicos, impuestos, tasas y/o contribuciones. El
monto total del ANR no podrá incluir IVA, salvo aquellos casos de
solicitantes a los que no corresponda computar el crédito fiscal de
dicho impuesto o cuando la condición del proveedor seleccionado frente
al impuesto no admita la discriminación del IVA en sus ventas.
De presentarse gastos que no resulten elegibles, los mismos serán rechazados y no computarán dentro del ANR total.
VIII. Formulación y Presentación de los Proyectos.
Las/los Solicitantes deberán por medio del sistema DNA2 completar el
Formulario Plan de Negocios (Anexo I) y el link al video de
presentación del Proyecto (Video Pitch) y documentación conforme a la
descripción del punto II. La presentación debe incluir:
1) El link al video de presentación del proyecto (Video Pitch),
2) Formulario Plan de Negocios (Anexo I) disponible en la página web de acceso al PROGRAMA.
3) Documentación del proyecto:
a) Factura proforma y/o un presupuesto emitido por los posibles
proveedores, con CUIT VIGENTE en AFIP, por cada uno de los conceptos
incluidos en el plan de inversiones. El presupuesto correspondiente a
los servicios de la Entidad Especializada en Apoyo Emprendedor deberá
estar acompañado por el Plan de Trabajo (Anexo VI). Los presupuestos
correspondientes a adquisiciones de bienes deberán acompañarse con el
certificado de origen de los mismos o nota del proveedor en la que
conste el origen de los bienes. Aquellos bienes o servicios cotizados
en moneda extranjera serán convertidos a pesos argentinos según el tipo
de cambio comprador del Banco Nación a la fecha de emisión del
presupuesto solicitado al proveedor correspondiente.
b) Certificado MiPyME vigente.
c) Constancia de la cuenta bancaria actualizada de titularidad del/la
Solicitante, acreditando el nombre de la entidad bancaria, sucursal,
tipo, número de cuenta y número de C.B.U. (Clave Bancaria Uniforme) de
la cuenta bancaria en la cual el/la Solicitante recibirá el desembolso
/ reintegro en caso de ser su proyecto aprobado.
d) Constancia de Inscripción en AFIP. En la misma deberá verificarse
que alguna de las actividades económicas desarrolladas por el
solicitante tiene relación directa con el objetivo del proyecto.
e) Carta Compromiso del/la Solicitante (Anexo II), mediante la cual se
compromete a cumplir con toda la normativa aplicable, lo que incluye el
cumplimiento total de la ejecución del Py en tiempo y forma y reconocer
las penalidades ante eventuales incumplimientos.
4) Adicionalmente, deberá presentar:
a) En caso de tratarse de Persona Humana: copia simple de la primera y
segunda página del Documento Nacional de Identidad, así como también en
la que conste el último domicilio denunciado.
b) En caso de ser una Persona Jurídica: Copia simple del Estatuto
vigente, copia simple de la última acta de designación de cargos de
su/s representante/s legal/es o apoderado/s con mandato vigente y copia
simple de la primera y segunda página del Documento Nacional de
Identidad, así como también de la que conste el último domicilio de la
autoridad, representante/s legal/es o apoderado/s firmante de la
persona jurídica.
Toda la documentación deberá ser completada y enviada por el/la
Solicitante a través del sistema DNA2 (dna2.produccion.gob.ar/dna2bpm/)
al PROGRAMA quien comunicará su preselección formal y técnica, su
desestimación, su rechazo, o el requerimiento de subsanación formal y/o
técnica, según corresponda.
En caso que exista observaciones (formales o técnicas) las mismas serán
notificadas a través del sistema DNA2. Las respuestas a dichos
requerimientos deberán efectuarse en una única presentación a través
del sistema DNA2 dentro de los CINCO (5) días hábiles de recibida la
comunicación electrónica correspondiente.
Asimismo, el PROGRAMA podrá solicitar una entrevista (virtual) a los fines de profundizar o aclarar los contenidos del Py.
Ante la falta de respuesta a cualquier solicitud y/o requerimiento del
PROGRAMA en tiempo y forma, el Py podrá ser desestimado de pleno
derecho sin necesidad de intimación previa.
Todas las notificaciones del PROGRAMA a las personas humanas y/o
jurídicas que sean efectuadas a través del Sistema DNA2 y/o por vía
electrónica serán consideradas válidas a todos sus efectos.
IX. EVALUACIÓN DE PROYECTOS.
Los Py serán calificados en base al Anexo III “GRILLA DE EVALUACIÓN DE
PROYECTOS”, que forma parte integrante de las presentes Bases y
Condiciones. Los Py que no alcancen un total de SETENTA (70) puntos
conforme con los criterios establecidos en el mencionado Anexo, serán
rechazados.
Los Py serán objeto de una evaluación por parte de la coordinación del
componente 3 a cargo del Director de Desarrollo y Promoción del
Financiamiento Emprendedor, en la cual se tendrán en cuenta los
siguientes aspectos:
a) Factibilidad del Proyecto:
1. Factibilidad Técnica del proyecto: Determina si el
proyecto presenta un equipo emprendedor con los conocimientos,
habilidades y/o herramientas necesarias para llevar a cabo el proyecto
2. Factibilidad Económica Financiera del proyecto:
Determina si el proyecto es económicamente viable y factible; y
razonabilidad del plan de inversiones.
3. Factibilidad Comercial: Se analizará el producto y/o servicio, el público objetivo, el mercado y la competencia.
b) Grado de Innovación científico-tecnológico del proyecto:
1. Se evaluará la tecnología
implementada/utilizada/desarrollada en relación a la existente en el
mercado nacional e internacional
2. Se evaluará el impacto de la innovación o tecnología en el sector productivo en términos de mejora productiva.
3. Se analizará si el proyecto posee impacto ambiental y/o social
c) Equipo de Trabajo:
1. Se evaluará el carácter interdisciplinario del equipo de trabajo y su pertinencia para ejecutar el proyecto.
2. Se valorará una conformación equitativa en términos de género.
3. Se valorará que el emprendimiento incluya a trabajadores con discapacidad.
La evaluación inicial de los Py será realizada por la Coordinación del
“Componente 3 Apoyo a nuevas empresas”, a cargo del Director de
Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor, en DOS (2)
etapas. En la primera se revisará el cumplimiento de los criterios de
elegibilidad, como así también, de los aspectos formales de información
y consistencia requeridos como condición sine qua non para su
presentación. En la segunda etapa se analizará el proyecto bajo los
criterios de evaluación de la grilla del Anexo III.
Una vez declarada la viabilidad formal y técnica de un Py, el
Coordinador del Componente 3, representado por el Director de
Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor, elaborará un
dictamen de carácter no vinculante junto a una nota de elevación al
Comité de Preselección informando los proyectos recomendados para
preselección y proyectos ingresados que fueron rechazados bajo los
criterios de evaluación de la grilla del Anexo III. El Comité de
Preselección, estará conformado por el Director Nacional del PROGRAMA,
la Subsecretaría de Emprendedores, el Director Nacional de Apoyo al
Desarrollo Emprendedor, el Director de Desarrollo y Promoción del
Financiamiento Emprendedor y la Coordinación General del PROGRAMA.
El Comité emitirá un Acta en la cual pre seleccionará técnicamente a
los Py. La Coordinación del Componente 3, a cargo del Director de
Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor, comunicará vía
electrónica (sistema DNA2) las condiciones de la pre selección. Del
mismo modo serán notificados los proyectos que resulten rechazados bajo
los criterios de la grilla de evaluación.
La notificación tanto de preselección total o parcial, como de rechazo
del PY contendrá los puntos aprobados y/o rechazados del Plan de
Actividades, el porcentaje de financiamiento y el monto de ANR a
asignar al Py.
Dentro de los CINCO (5) días hábiles posteriores a dicha notificación,
el/la Solicitante deberá manifestar enforma expresa, por medio de DNA2,
a la Coordinación del Componente 3, a cargo del Director de Desarrollo
y Promoción del Financiamiento Emprendedor, su conformidad con dicha
preselección parcial o total. En caso de que el/la Solicitante no
responda dentro del plazo indicado, el Py se considerará
preseleccionado en los términos y con los alcances resueltos por el
Comité de Preselección de PY. Si el/la Solicitante rechazare la
preselección parcial, el Py se considerará desestimado de pleno derecho
y se dispondrá, sin más, el archivo de las actuaciones.
Una vez comunicada la preselección, el/la Solicitante deberá presentar
la documentación respaldatoria conforme lo dispuesto en el presente
Documento Ejecutivo.
X. Presentación de Documentación Respaldatoria.
Las/los Solicitantes con Py preseleccionados técnicamente por el
PROGRAMA deberán presentar vía TAD dentro de los DIEZ (10) días hábiles
contados a partir de la comunicación de preselección técnica el total
de la documentación enunciada en el apartado VIII. Formulación y
Presentación de los Proyectos, de las presentes Bases y Condiciones.
Además, el solicitante deberá contar con el número de inscripción en el
RUMP (Registro Único de la Matriz Productiva
(https://www.argentina.gob.ar/inscribirse-al-registro-unico-de-la-matriz-productiva-rump)
aprobada por la Resolución N° 328 de fecha 30 de junio de 2021 y sus
modificatorios y complementarias).
Las presentaciones de esta documentación deberán efectuarse de acuerdo
a los modelos y en los plazos previstos en las presentes Bases y
Condiciones a través de la Plataforma Trámites a distancia (TAD).
El/la Solicitante deberá registrar en el sistema DNA2 el número de
expediente generado por TAD una vez realizado el envío de la
documentación.
La falta de presentación de documentación, en tiempo y forma, podrá
implicar la desestimación del Py de pleno derecho, sin necesidad de
intimación previa.
XI- Aprobación.
A partir de la presentación de la documentación por TAD de los Py
pre-seleccionados con la documentación respaldatoria correspondiente,
el equipo técnico del PROGRAMA realizará la evaluación de la misma, la
cual puede resultar aprobada, observada o rechazada. De conformidad a
lo previsto en el Reglamento Operativo del PROGRAMA (Resolución N°
32/2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO) la aprobación o
rechazo será realizada por la Coordinación General del PROGRAMA.
Previo a la aprobación o rechazo de proyectos, la Coordinación General
del PROGRAMA podrá requerir al coordinador del componente 3,
representado por el Director de Desarrollo y Promoción del
Financiamiento Emprendedor, mayor información y/o correcciones a los
Py. El equipo técnico requerirá por TAD la información al solicitante,
el cual tendrá un plazo máximo de CINCO (5) días hábiles para enviar la
información adicional o bien para realizar las correcciones que
correspondieren, caso contrario se tendrá por desistida la solicitud.
Aquellos Proyectos preseleccionados que cumplan con los criterios de
elegibilidad; obtengan SETENTA (70) puntos o más, conforme la grilla
contenida en el Anexo III de la presente, y cuya documentación
respaldatoria sea correcta, resultarán pre aprobados conformándose un
orden de mérito en función del puntaje recibido, hasta alcanzar el
límite del cupo presupuestario disponible. En caso de que DOS (2) o más
proyectos obtengan el mismo puntaje y el cupo presupuestario disponible
no sea suficiente para satisfacer dichas solicitudes, las mismas se
priorizarán por orden de ingreso. Tanto la aprobación como el
rechazo serán realizados por la Coordinación General del PROGRAMA
y comunicadas al solicitante a través de la Plataforma “Trámites a
Distancia” (TAD).
XII - Desembolsos, rendición y evaluación
XII.I Desembolso:
El desembolso podrá realizarse mediante las modalidades de anticipo o
reintegro siendo el/la beneficiario/a quien decida entre estas opciones
una vez que se le comunique la aprobación del Py mediante la Plataforma
“Trámites a Distancia” (TAD).
La modalidad de anticipo, deberá ser de UN (1) desembolso por la
totalidad de la asistencia. En dicho caso el/la beneficiario/a deberá
constituir y presentar vía TAD dentro de los DIEZ (10) días hábiles de
notificada la aprobación del proyecto un seguro de caución a favor del
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS (MIPyME) “PAC” (BID 2923/OC-AR), por el valor del ANR, siendo
este un requisito previo a la realización del desembolso.
En todos los casos los desembolsos se efectivizarán en la cuenta
declarada por el/la beneficiario/a en la instancia “Presentación de
Proyectos vía TAD”.
El/la beneficiario/a se compromete a realizar el Plan de Inversiones en
los términos aprobados. En el caso que deban modificarse las
actividades y/o proveedores, los cambios no podrán alterar ni modificar
sustancialmente al objetivo general del Proyecto oportunamente
aprobado. Dichos cambios deberán ser informados antes de su ejecución,
al Equipo técnico del PROGRAMA. A tal fin, el/la beneficiario/a deberá
solicitar su autorización para proceder a la ejecución de las
actividades conforme las modificaciones solicitadas a través del
Sistema DNA2. El equipo técnico del PROGRAMA analizará la viabilidad y
razonabilidad de lo solicitado y elevará a la Coordinación General del
PROGRAMA a fin de solicitar su aprobación o rechazo dentro del plazo de
DIEZ (10) días hábiles. Una vez recibida la autorización por parte de
la Coordinación General del PROGRAMA se notificarán a través del
sistema DNA2, dichos cambios serán incorporados al expediente
adjuntando la correspondiente justificación, nuevos presupuestos e
información necesaria que considere la Coordinación General del
PROGRAMA. No se reconocerán los gastos realizados sin la previa
autorización antes mencionada.
XII.II Rendición:
La rendición de cuentas deberá remitirse en una sola presentación,
atendiendo al “Instructivo de Rendición de Cuentas” disponible en la
página web del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO acompañando los
correspondientes formularios y comprobantes de gastos e inversiones
realizados y los Productos Verificables de las actividades realizadas.
La documentación a presentar vía DNA2 será la siguiente:
a) Facturas de compra de los bienes o servicios adquiridos,
remitos, en caso de corresponder, comprobantes de transferencia
bancaria a cada proveedor o copia de cheque propio cancelatorio de la
inversión con extracto bancario que verifique el débito. Las
transferencias deberán emitirse desde una cuenta bancaria a nombre del
beneficiario del ANR, pudiendo ser titular o cotitular de la misma.
b) Constatación de CAE de las facturas presentadas, la consulta
se puede realizar al siguiente lik:
https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/comprobantes/cae.aspx
c) Certificación contable de la rendición según (ANEXO IV)
d) Producto Verificable de la inversión realizada, según lo
establecido en el PLAN DE INVERSIONES del Plan de Negocio (ANEXO I)
aprobado:
o Registro fotográfico del bien o producto en sede productiva del emprendimiento.
o Informe detallado del Plan de trabajo realizado por el proveedor de asistencia técnica, consultoría.
o Recibos de sueldos por los salarios de los trabajadores/as y alta de AFIP de los mismos.
o Formulario F931 con los correspondientes comprobantes de pago.
o Recibos de sueldo y Formulario 102 de Afip, en caso de corresponder.
o Informe detallado del plan de acompañamiento de la EEAE.
o Otros. Cualquier otro verificable que demuestre la ejecución de las
actividades aprobadas, conforme lo establecido en el PLAN DE
INVERSIONES del PROYECTO aprobado.
El plazo máximo para presentar la rendición es de TREINTA (30) días
corridos contados a partir de la fecha prevista de finalización del
periodo de ejecución.
Si el/la beneficiario/a optase únicamente por el sistema de reintegro,
deberá presentar una única rendición con el objeto de recibir el
correspondiente reembolso.
XII.III Evaluación de las rendiciones:
Si la documentación presentada no se ajustara a lo establecido en las
presentes bases y condiciones y/o los Productos Verificables no fueran
aceptables, el equipo técnico del PROGRAMA podrá realizar las
observaciones pertinentes a través del Sistema DNA2 dando a
emprendedores y emprendedoras un plazo de CINCO (5) días hábiles para
subsanar las observaciones efectuadas. Ante la falta de respuesta, o si
su presentación fuese extemporánea o incompleta, El PROGRAMA podrá:
(i) Rechazar parcialmente la rendición y exigir el reembolso del ANR anticipado no aprobado,
(ii) Rechazar totalmente la rendición y pedir el reembolso del ANR anticipado.
En los casos en que el/la beneficiario/a incumpla el requerimiento de
reembolso del ANR anticipado, el PROGRAMA podrá ejecutar el seguro de
caución presentado en su favor por el monto total de las actividades
rechazadas.
En cualquiera de estos casos, el PROGRAMA tiene la potestad de
desestimar la rendición y el/la emprendedor/a nada tendrá para reclamar.
Con el informe técnico de rendición pre aprobado se notifica por DNA2 y
se habilita al beneficiario/a a cargar en la plataforma TAD los mismos
comprobantes que cargo en DNA2. Desde el PROGRAMA se verificará la
consistencia de la documentación remitida vía TAD y la Coordinación
General del PROGRAMA podrá aprobar o rechazar la documentación enviada
por TAD.
XIII. Incumplimientos:
En caso de verificarse algún incumplimiento a lo dispuesto en las
presentes bases y condiciones El PROGRAMA podrá disponer la caducidad
parcial o total del beneficio. En particular, los siguientes
incumplimientos ameritan devoluciones totales o parciales.
Incumplimientos que ameriten DEVOLUCIONES PARCIALES:
a) Reticencia en brindar a la SEPYMEYE la información solicitada y/o
exhibir la documentación requerida, o bien a dar cumplimiento a las
acciones que requiera la auditoría dentro de los DOS (2) años de
finalizado el proyecto.
b) La documentación presentada por el/la beneficiario/a que no cumpla
con los requisitos formales y/o de plazos de presentación establecidos
en estas bases y condiciones, en el Reglamento Operativo del PROGRAMA
(Resolución N° 32/2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO) y/o en la
normativa vigente.
Incumplimientos que ameritaría DEVOLUCIONES TOTALES:
a) Inejecución y/o subejecución verificadas de la actividad, excepto
que se trate de una reprogramación comunicada con antelación y
debidamente aprobada en los términos de las presentes bases y
condiciones.
b) Cuando la actividad en ejecución difiere sustancialmente de la informada y/o rendida.
c) Cuando el/la beneficiario/a no realice las rendiciones en los plazos
y condiciones previstos en las presentes bases y condiciones.
El acto administrativo que imponga sanciones que impliquen la pérdida
parcial y/o total del beneficio asignado será notificado por medio
fehaciente.
XIV. Verificación y Auditoría
El PROGRAMA podrá, en cualquier instancia de la ejecución del Py,
verificar “in situ” las actividades realizadas en el marco del mismo,
con el objeto de constatar el cumplimiento, ejecución e impacto. El/la
beneficiario/a deberá disponer de todos los medios necesarios para
facilitarle al PROGRAMA o a quien éste designe, el desarrollo de las
tareas de verificación y auditoría y proveer toda la información que
solicite.
XV. Responsabilidades de las partes
Todos los actos que deba realizar el/la emprendedor/a por sí o por
apoderado, para llevar adelante las acciones comprometidas en el Py,
serán realizados en su nombre y por su cuenta y riesgo, sin que pueda
actuar en ningún caso en representación o por mandato de la SEPYMEYE
y/o del ESTADO NACIONAL.
En virtud de ello el/la EMPRENDEDOR/A asume, en forma única y
exclusiva, total responsabilidad sobre las acciones que realice.
Asimismo, adquirirá de forma exclusiva las obligaciones que contraiga
con motivo de la contratación de personas, locación de servicios,
bienes y/u obras, adquisiciones, y/o cualquier otra, sin excepción
alguna, vinculadas directa o indirectamente con las acciones
comprometidas en el Py. El/la EMPRENDEDOR/A indemnizará, defenderá y
mantendrá indemne por cuenta propia a la SEPYMEYE y/o al ESTADO
NACIONAL de y contra toda acción judicial, reclamación, demanda y
responsabilidad de cualquier índole, lo que incluye reclamaciones y
responsabilidades relacionadas con las leyes laborales vigentes. La
presentación, recepción y evaluación del Py no generan de por sí
derecho alguno a favor del/la Solicitante.
XVI. Aceptación de las Bases y Condiciones de la Presente Convocatoria
La presentación del Py importa la adhesión por parte del/la
EMPRENDEDOR/A a las presentes Bases y Condiciones ad hoc PAC
EMPRENDEDORES/AS 2022, en el marco del Documento Ejecutivo del Préstamo
BID 2923 OC/AR, el Reglamento Operativo aprobado mediante Resolución N°
32/2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y demás normativa
vigente del PROGRAMA, así como el reconocimiento y responsabilidad
respecto de:
a) La veracidad de toda la información consignada sobre el/la
Emprendedor/o Emprendimiento, sus características económicas,
societarias contables y fiscales;
b) La validez y autenticidad de toda la documentación presentada;
c) La ejecución de todas las actividades incluidas en el Proyecto de
acuerdo al cronograma establecido en el mismo, a los fines de obtener
los resultados previstos en tiempo y forma;
d) El cumplimiento de los requerimientos formulados por la Autoridad de
Aplicación del PROGRAMA de acuerdo con lo que se establece en el
presente Documento Ejecutivo, el Reglamento Operativo del PROGRAMA y
demás normativa vigente;
e) Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad tanto en
las instalaciones como respecto de las actividades relacionadas con la
gestión del Proyecto;
f) Asumir con fondos propios los incrementos que pudieran surgir en
caso de que los presupuestos presentados oportunamente sufrieran
incremento en los precios, al momento de la efectiva
contratación/adquisición del servicio/bien incluido en el Py;
g) Llevar a cabo todas las acciones necesarias para que los Proveedores
de Bienes y Servicios cumplan con sus obligaciones en tiempo y forma
según lo estipulado en el Proyecto; y
h) Brindar información sobre el proyecto hasta DOS (2) años después de finalizado para el seguimiento por parte del PROGRAMA.
XVII. Comunicaciones - Notificaciones
Todas las comunicaciones/notificaciones del PROGRAMA que sean
efectuadas a través del Sistema DNA2 y/o por vía electrónica y/o por
TAD, en caso de corresponder, a los domicilios/correos informados por
las personas humanas/jurídicas al momento de presentar el Py serán
consideradas válidas a todos sus efectos.
Anexo I: Formulario Plan de Negocios
PROYECTO
a) Describa qué problema va a resolver el producto/servicio y cuál es la oportunidad de negocios.
b) ¿Qué producto/servicio va a desarrollar? ¿Es nuevo en la región?
Para aquellos Emprendimientos
Innovadores: Describir las principales funciones en sus productos o
servicios y para aquellos Emprendimientos de Base Científica y/o
Tecnológica: Describir los procesos de investigación y desarrollo
(I+D). En caso de tenerlo, ¿Es el primer producto o servicio en entrar
al mercado objetivo? ¿Reemplaza parcial o totalmente a algún producto
ya existente?
c) ¿Quiénes son los competidores directos e indirectos?
Nombre / Razón Social, Directo o
Indirecto, descripción (50 palabras) y link al sitio del competidor (si
lo tiene/conoce) Describa las ventajas competitivas del
producto/servicio, considerando las siguientes preguntas: ¿Qué rasgos
distinguen al producto/servicio del proyecto con relación a los
competidores? ¿La producción se realiza con personal especializado,
nueva tecnología, insumos a menores costos o algún otro recurso
diferenciador?
d) ¿Cuáles son los canales de
comunicación y las herramientas de promoción que usa actualmente o
usará para dar a conocer el producto/servicio y atraer a los
potenciales clientes? Sitio Web
Redes sociales, Medios de comunicación tradicionales, Marketing directo, Eventos y experiencias, Relaciones públicas, otros.
e) Estadio del proyecto
estadio de ideación y puesta en marcha
estadio de desarrollo inicial o crecimiento
f) Especifique las licencias,
habilitaciones, permisos, homologaciones y/o certificaciones aplicables
al proyecto, sean o no de carácter obligatorio. Mencione la entidad
otorgante de las licencias, habilitaciones, permisos, homologaciones
y/o certificaciones y si cuenta con las mismas.
g) Describa cual es la tecnología, innovación o conocimiento específico en la que se basa el desarrollo de tu proyecto.
h) Describa el sector productivo donde su proyecto genera una innovación y el grado de aceptación en dicho mercado
i) Para determinar la escalabilidad. Indicar: ¿Cuál es la escala actual de tu emprendimiento? Local, Provincial, Regional, Nacional, Internacional
j) Indica cuáles son los impactos del proyecto ¿Qué impacto tendrá el proyecto en las cadenas productivas de valor?
En la generación de valor agregado, Impacto en innovación, impacto
Científico Tecnológico, Impacto Económico local, Impacto económico
regional, impacto económico global
k) ¿Cuáles son las fuentes de
financiación que utilizará tu proyecto además del aporte no
reembolsable de PAC EMPRENDEDORES en el próximo año? Ahorro personal
propio o de socios, Reinversión de ganancias, Programas del Estado,
Préstamos de terceros, Créditos personales de bancos, Créditos
empresariales de bancos, Créditos de proveedores, Inversión Ángel /
Venta acciones (equity) ,Inversión de una Aceleradora.
l) ¿Con qué recursos financiarán la
contraparte del proyecto, el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
y el pago del seguro de caución?
m) Describa el equipamiento que solicita al PAC y cómo éste impacta en la capacidad productiva de su emprendimiento.
n) ¿Quién es el usuario / consumidor de tus productos/servicios? Consumidores finales, Empresas, Gobiernos, Instituciones, otros
EQUIPO DE TRABAJO
a) Describa como está conformado el
equipo emprendedor, que funciones y tareas cumplen los distintos
integrantes y cuál es la motivación principal para emprender el proyecto
b) De los roles claves para llevar
adelante el proyecto ¿Cuáles ya están cubiertos y cuáles faltan cubrir?
¿Cómo planea cubrirlos?
c) ¿Cuántas mujeres participan en el
emprendimiento? ¿Qué grado de participación tienen? (socias,
gerenciamiento, empleadas, proveedoras, etc.)
d) ¿Participan en el emprendimiento
personas con capacidades diferentes? ¿Qué grado de participación
tienen? En caso de ser afirmativa indique código CUD (Certificado Único
de Discapacidad)
PLAN DE INVERSIONES
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PRÉSTAMO BID 2923/OC-AR
PAC EMPRENDEDORES - LÍNEA 2022 (ANR)
PLAN DE INVERSIONES DETALLADO
Importante:
1) Los presupuestos y las facturas pro forma deberán estar emitidas de
acuerdo a la condición que revista el Emprendedor y el proveedor frente
al IVA. Es decir, el monto del presupuesto deberá incluir el IVA sólo
en aquellos casos en que los Emprendedores no puedan computar el
crédito fiscal de dicho impuesto, o cuando la condición del proveedor
seleccionado frente al impuesto no corresponda la discriminación del
IVA en sus ventas. En caso contrario, el IVA deberá estar discriminado
y será excluido del monto total del Beneficio solicitado, debiendo ser
abonado por el Emprendedor en caso de que el proyecto resulte aprobado.
2) En los casos en que los presupuestos sean emitidos en moneda
extranjera, el tipo de cambio que deberá ser utilizado para la
conversión a Pesos Argentinos será el del Banco de la Nación Argentina
“cotización billete” para “personas” -si se trata de una persona
humana- y “cotización billete” para “empresas” si se trata de una
persona jurídica, correspondiente a la fecha de emisión del presupuesto
y/ o la factura pro forma presentada.
Aquellos emprendedores que debido a su condición fiscal, no puedan
computar como crédito fiscal el Impuesto al Valor Agregado contenido en
el monto de las inversiones, o cuando la condición del proveedor
seleccionado frente al impuesto no corresponda la discriminación del
IVA en sus ventas, deberán establecer el monto final de cada una de las
inversiones en la columna Precio total sin IVA
FLUJO DE FONDOS
a) Ingresos por ventas
Plan de ventas para los próximos 3 años. Indicar por cada
Producto:____(en el caso de ser más de un producto se debe agregar
descripción por cada uno) Cantidad de venta estimada, Precio de venta
al cliente, Ingreso por venta.
b) Costos
Determine los costos asociados al proyecto. Diferencia entre costos
fijos y variables. Mencione cual es el costo unitario del
producto/servicio en los primeros TRES (3) años. Realice las
aclaraciones necesarias de los conceptos contemplados en la estructura
de costos del proyecto.
c) Punto de Equilibrio
Determine cuál es el volumen de venta necesario para poder cubrir todos tus costos
Anexo II: Carta Compromiso
CARTA COMPROMISO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
PAC Emprendedores 2022
Ciudad de..........,......de.........de 2022.
Sres. PROGRAMA PAC (Préstamo BID 2923/OC-AR).
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Referencia: PN N°.:........./2022
Por medio de la presente, manifiesto conocer, entender y aceptar en su
totalidad la normativa aplicable al Proyecto / Plan presentado en el
marco de la presente Convocatoria. En especial, me comprometo a tener
siempre presente y cumplir lo que a continuación enumero, en instancia
de postulación y en el caso que el proyecto resultase aprobado:
1) Realizar los máximos esfuerzos para completar la ejecución total de
PROYECTO en el plazo y las condiciones que se otorguen, reconociendo la
importancia que supone la ejecución total en tiempo y forma de los
fondos comprometidos a partir de la aprobación del mismo, dado que el
no cumplimiento de esto supone una limitación para otro/a EMPRENDEDOR/A
potencial beneficiario/a de la convocatoria especial del PROGRAMA DE
APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
(MiPyME).
2) Realizar los máximos esfuerzos para alcanzar los objetivos
planteados, adquiriendo los mismos bienes y servicios en cuanto a
cantidad y calidad que resulten aprobados, aun cuando los proveedores
no mantuvieran los precios de las ofertas. Consecuentemente, manifiesto
que serán afrontados con recursos propios las eventuales diferencias de
valor que surjan, entre los montos expresados en los presupuestos
oportunamente presentados y los que fuesen aprobados en el marco de la
convocatoria, y los valores en pesos argentinos al momento de la
adquisición de los bienes y/o servicios detallados en dicho proyecto.
3) Conocer lo dispuesto en el Presente Régimen Especial del PAC, y en
especial, todo lo referido a los posibles incumplimientos y penalidades
según lo dispuesto en la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2022
de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO (punto F de la sección II -
Disposiciones Generales).
4) Conocer que el PROGRAMA, para los PROYECTOS no concluidos, podrá
limitar el ingreso a nuevas presentaciones en nuevos llamados y/o
etapas sucesivas.
5) Declaro bajo juramento que ni los Prestadores de Servicios de
Asistencia Técnica, ni los Proveedores de bienes incluidos en las
actividades descritas en el Proyecto presentado, se encuentran
vinculados laboral, societaria o patrimonialmente con nuestro
Emprendimiento, ni (en caso de corresponder) con sus controlantes o
controladas, ni ocupan cargos en la misma.
6) Conocer y aplicar fielmente el instructivo proporcionado por la
Autoridad de Aplicación del PROGRAMA para la rendición de las
solicitudes de adelantos.
7) Brindar información tanto al PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD
PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) como a la auditoría.
8) Asimismo, declaro bajo juramento que no me encuentro contemplado por ninguna de las siguientes causales de exclusión:
a) Aquellos que registren deudas fiscales y/o previsionales exigibles
con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica
en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
b) Los que posean una participación accionaria extranjera superior al CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO (49 %).
c) Pertenezcan a los sectores de intermediación financiera, de seguros,
de servicios profesionales jurídicos y/o contables, y los
emprendimientos que presten servicios fiduciarios o fideicomisos.
d) Se hallen en incumplimiento total o parcial de obligaciones del Py u
otro tipo de proyectos o planes presentados en Programas existentes en
el ámbito de la SEPYMEYE, y habiendo sido notificado formalmente por la
Autoridad de Aplicación no han sido subsanados en tiempo y forma.
e) Las personas humanas y/o jurídicas que, en virtud del Proyecto
presentado, hubieren aplicado a otra Convocatoria vigente del PROGRAMA
DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
(MIPyME) “PAC” (BID 2923/OC-AR), Subcomponente 3.3 “Apoyo a
Emprendedores y Empresas Jóvenes”.
f) Los/las emprendedores/as cuyos prestadores de servicios de
asistencia técnica, o los Proveedores de bienes incluidos en las
actividades descritas en el Proyecto a presentar en concepto de ANR, se
encuentren vinculados laboral, societaria o patrimonialmente con su
Empresa/Emprendimiento, o (en caso de corresponder) con sus
controlantes o controladas, u ocupen cargos en la misma.
g) Personas Jurídicas que se encuentren en estado de cesación de pagos,
sujetos a cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley N°
24.522 o que se encontrarán en causal de disolución.
h) Personas Humanas que hubiesen sido condenadas por cualquier tipo de
delito doloso con pena privativa de la libertad o inhabilitación,
mientras no haya transcurrido un tiempo igual al de la condena.
9) En razón de lo expuesto, ratifico los compromisos asumidos por medio de la presente.
Firma, sello y aclaración
Anexo III: Grilla de Evaluación
“TABLA DE PUNTAJE PARA LA CALIFICACIÓN DE PROYECTOS”
Referencia: PAC Emprendedores 2022
ANEXO IV: Certificación Contable
MODELO DE CERTIFICACIÓN CONTABLE RENDICIÓN DE ACTIVIDADES PROYECTOS
RENDICIÓN DE APORTE LOCAL MONETARIO Y ANR
PROGRAMA" PAC Emprendedores 2022 "(Préstamo BID 2923/OC-AR).
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Señores
[Razón Social.]
[C.U.I.T....]
[Domicilio Legal..]
[Localidad.]
Explicación del alcance de una certificación
En mi carácter de Contador Público independiente, a su pedido y
para su presentación ante el “PAC EMPRENDEDORES 2022” emito la presente
certificación
conforme con lo dispuesto por las normas incluidas en la sección VI de
la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos
Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumpla
los requerimientos de ética, así como que planifique mi tarea.
La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o
comprobaciones especiales, a través de la constatación con registros
contables y otra documentación de respaldo. Este trabajo profesional no
constituye una auditoría ni una revisión y, por lo tanto, las
manifestaciones del contador público no representan la emisión de un
juicio técnico respecto de la información objeto de la
certificación.
Detalle de lo que se certifica
Detalle de Imputación de Facturas y/o recibos y/o constancias de
transferencias bancarias de/los gastos, que forma parte de la RENDICIÓN
del ANR (anticipo o reintegro, según corresponda, correspondiente al
PROYECTO aprobado con N° de expediente presentado en el marco del “PAC
EMPRENDEDORES 2022”, preparada por (Nombre del/ la emprendedor/a), bajo
su exclusiva responsabilidad, el cual se incluye a continuación al solo
efecto de su identificación con esta certificación:
*En caso de corresponder
Alcance específico de la tarea realizada
Mi tarea profesional se limitó únicamente a:
1) Cotejar la información incluida en la sección Detalle de lo que se
Certifica con los registros contables (Incluir detalle de números de
asiento del Libro Diario, fecha y número de rúbrica del libro, en caso
de corresponder) y comprobantes correspondientes.
2) Verificar que en todos los comprobantes incluidos en el detalle
citado (facturas, remitos, recibos, constancias de transferencias
bancarias y todo otro documento) se haga referencia a que corresponden
a servicios/bienes efectivamente recibidos en el marco de la rendición
presentada.
3) Verificar que el pago total de los servicios y/o bienes
correspondientes haya sido efectuado por transferencia bancaria, con el
correspondiente débito de la cuenta del Beneficiario, de acuerdo a lo
estipulado por las normas vigentes (consignar con qué documentación se
ha constatado, por ejemplo, recibo de pago en el que se identifique el
débito de los fondos en el respectivo extracto bancario; o recibo de
pago, comprobante de transferencia de fondos a la cuenta del C.U.I.T.
del acreedor y débito de los fondos en el respectivo extracto bancario).
4) Verificar que las retenciones de impuestos nacionales, provinciales
y/o municipales efectuadas, si existieran, se hayan depositado en los
organismos recaudadores respectivos de acuerdo a lo estipulado por las
normas pertinentes (consignar con qué documentación se ha constatado,
por ejemplo, formulario F 744 SICORE y comprobante de pago).
5) Verificar que la documentación de respaldo de las operaciones
(remitos, facturas, recibos y todo comprobante respaldatorio de gastos)
sean válidos en los términos de la normativa aplicable vigente.
6) Verificar con el extracto bancario correspondiente que la
titularidad de la cuenta bancaria N° xxxxxxxxxxxx, C.B.U. N°
xxxxxxxxxxxx del BANCO XXXXXX a la cual se transfirió el ANR del
Programa, corresponde a.............................(Nombre del
Emprendedor/a ).
Manifestación del contador público
Sobre la base de las tareas descriptas certifico que:
1) La información incluida en la declaración citada en la sección
Detalle de lo que se certifica surge de los registros contables y
comprobantes correspondientes.
2) En todos los comprobantes incluidos en el detalle citado, se hace
referencia que corresponden a servicios/bienes efectivamente recibidos
en el marco del Expediente Aprobado N°
.................................. presentado por el/la EMPRENDEDOR/A
(nombre del Beneficiario)....................................
3) El pago total de los servicios y/o bienes correspondientes se
efectuó por transferencia bancaria, según los débitos registrados en la
cuenta bancaria N° xxxxxxx, de acuerdo a lo estipulado por las normas
vigentes.
4) Las retenciones de impuestos nacionales, provinciales y/o
municipales efectuadas, en caso de existir, se han depositado en los
organismos recaudadores respectivos de acuerdo a lo estipulado por las
normas pertinentes.
5) La documentación de respaldo de las operaciones (remitos, facturas,
recibos y todo comprobante de gastos) son válidos en los términos de la
normativa aplicable vigente.
6) La titularidad de la cuenta bancaria N° xxxxxxxxxxxx, C.B.U. N°
xxxxxxxxxxxx del BANCO XXXXXX a la cual se transfirió el ANR del
Programa, corresponde a.............................(Nombre del
Emprendedor/a ).
Lugar y Fecha
Firma y sello del profesional
Anexo V: Plan de trabajo de la EEAE