MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

Resolución 39/2022

RESOL-2022-39-APN-SPYMEYE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-32992244- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros. 24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 11 de fecha 7 de enero de 2014 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el Contrato de Préstamo BID N° 2923/OC-AR suscripto por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 11 de fecha 7 de enero de 2014, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1145, con destino al PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), el que fuera suscripto bajo la denominación Contrato de Préstamo BID N° 2923/OC-AR por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 26 de marzo de 2014.

Que por el Artículo 4º del citado decreto, la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

Que mediante la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA se aprobó el Reglamento Operativo del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), a los efectos de implementar su ejecución y de conformidad con lo establecido en el “Apartado a) de la Cláusula 3.02 Condiciones previas al primer desembolso del Capítulo III –Desembolsos” del Contrato de Préstamo BID Nº 2.923/OC-AR.

Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el carácter de Autoridad de Aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, como así también las competencias de la SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES, dependiente de la citada Secretaría.

Que mediante la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y a efectos de mejorar la implementación y ejecución del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se aprobó el nuevo Reglamento Operativo del PROGRAMA como Anexo de la citada resolución y se derogó la Resolución Nº 1.212/14 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que el citado nuevo Reglamento Operativo del PROGRAMA en cuestión establece los términos, condiciones y procedimientos a ser observados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y los Emprendedores interesados en participar del mismo.

Que con la finalidad de acompañar los esfuerzos que la REPÚBLICA ARGENTINA está realizando en el marco de la reactivación productiva, resulta necesario realizar un llamado específico a la presentación de Proyectos (Py) con la finalidad de asistir económicamente a emprendedores y nuevas empresas en la ejecución de proyectos con el propósito de que introduzcan cambios innovadores en sus productos y/o servicios; y/o emprendimientos de base científica y/o tecnológica surgidos a partir de procesos de investigación y desarrollo (I+D) con el objetivo de fortalecer cadenas de valor que contribuyan al desarrollo productivo en instituciones académicas, instituciones científico-tecnológicas, empresas o en vinculación con ellas y/o; Emprendimientos con impacto, entendiéndose como tales, aquellos/as que con sus acciones buscan producir no solo un beneficio económico, sino también mejoras en la sociedad y/o el ambiente de su comunidad.

Que mediante la Nota NO-2022-42413117-APN-SPYMEYE#MDP de fecha 29 de abril de 2022, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, solicitó al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), su “No Objeción” necesaria en relación a las Bases y Condiciones y los Anexos que regirán la presente Convocatoria.

Que conforme a lo indicado en considerando precedente, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha manifestado su “No Objeción” a la Convocatoria que se propicia mediante la Nota CSC/CAR-1301/2022, de fecha 6 de mayo de 2022, obrante en el expediente de referencia como IF-2022-45789652-APNDCE#MDP.

Que asimismo, en el Informe Gráfico obrante como IF-2022-28030070-APN-DNGYPP#MDP en las actuaciones de la referencia, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) mediante la Nota CSC/CAR 182/2022 ha manifestado su “No Objeción” a la prórroga del plazo de ejecución y desembolsos del Contrato de Préstamo BID N° 2923/OCAR, con vigencia hasta el día 26 de marzo de 2023.

Que la presente Convocatoria se da en los términos del Anexo de la Resolución N° 32/22 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES.

Que la Dirección de Presupuesto, dependiente de la Dirección General de Administración de Industria, Pyme, Comercio y Minería de la SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se adopta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º del Decreto N° 11/14.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a la presentación de Proyectos APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MI PyME) “PAC” (BID 2923/OC-AR) en el marco del Documento Ejecutivo del Préstamo BID 2923 OC/AR, cuyo Reglamento Operativo fue aprobado por la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el DOCUMENTO EJECUTIVO “Bases y Condiciones de la Convocatoria a la Presentación de Proyectos (Py) – PAC Emprendedores/as 2022”, que como Anexo, IF-2022-48948494-APN-SSE#MDP, forma parte integrante de la presente resolución, el cual regirá juntamente con el citado Reglamento Operativo, la Convocatoria, presentación y ejecución de los Proyectos Prioritarios en el marco de la Convocatoria específica del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

ARTÍCULO 3°.- La convocatoria realizada por el Artículo 1º de la presente medida tendrá la vigencia establecida en el DOCUMENTO EJECUTIVO Bases y Condiciones, y será por un monto máximo de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000).

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Programa 45, Actividad 43, de la Jurisdicción 51 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Servicio Administrativo Financiero 362, para el Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 5°.- La presente medida comenzará a regir a partir de su firma.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Merediz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/05/2022 N° 36721/22 v. 24/05/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


DOCUMENTO EJECUTIVO - Bases y Condiciones de la Convocatoria a la Presentación de Proyectos (Py) - PAC Emprendedores 2022

Proyectos (Py)- PAC Emprendedores 2022

La SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, en adelante SEPYMEYE o Autoridad de Aplicación, realiza un llamado específico, en el marco del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME) “PAC” (BID 2923/OC-AR), COMPONENTE 3: APOYO A NUEVAS EMPRESAS, SUB-COMPONENTE 3.3: Apoyo directo a Emprendedores y Empresas jóvenes individuales, a la presentación de Proyectos (Py), con la finalidad de asistir económicamente a emprendedores, emprendedoras y Emprendimientos innovadores en sus productos y/o servicios y/o Emprendimientos de Base Científica y/o Tecnológica y Emprendimientos con impacto,.

I. Objetivos y Destinatarios

La presente convocatoria específica tiene como finalidad acompañar los esfuerzos que la REPÚBLICA ARGENTINA está realizando en el marco de la reactivación productiva, mediante el fomento de acciones de asistencia económica a través del otorgamiento de un aporte no reembolsable destinado a Emprendedores y Emprendedoras con proyectos:

a)  De base científica y/o tecnológica, surgidos a partir de procesos de investigación y desarrollo (I+D) en instituciones académicas, instituciones científico-tecnológicas, en empresas o en vinculación con ellas, con el objetivo de fortalecer cadenas de valor y que contribuyan al desarrollo productivo.

b)  De Impacto que contribuyan a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 (ODS 2030), Generen y/o introduzcan soluciones innovadoras con impacto a nivel local, regional y/o provincial. Creación de nuevos productos y/o servicios con impacto que busquen satisfacer las demandas del entramado productivo.

c)  De innovación que generen desarrollos de servicios tecnológicos y actividades vinculadas a la industria 4.0 y/o innovaciones tendientes a generar cambios que mejoren la productividad y/o competitividad en cadenas de valor y/o sectores productivos.

d)  De innovación para la creación de nuevas líneas de productos/servicios y/o ampliación de la capacidad productiva que brinden soluciones innovadoras que fortalezcan cadenas de valor y que contribuyan al desarrollo productivo.

Los PROYECTOS deberán ejecutarse dentro de un periodo de hasta CUATRO (4) meses, contados a partir de la notificación de aprobación de los mismos en caso de modalidad reintegro, o desde la fecha de monetización del ANR en caso de modalidad anticipo. En ambos supuestos se otorgará UN (1) único desembolso

“Podrán presentar Proyectos EMPRENDEDORES/AS, entendiéndose como aquellas personas humanas o jurídicas que pretendan dar inicio a un proyecto o potenciar uno ya existente con grado de desarrollo incipiente, cuya primera venta, de existir, haya sido efectivizada con una antelación no mayor a DOS (2) años antes de la fecha de presentación del Py.

II. Presentación de Proyectos (Py)


III. Características generales de la convocatoria

La convocatoria invita a la presentación de Proyectos (Py) innovadores en sus productos y/o servicios, y/o Emprendimientos de Base Científica y/o Tecnológica surgidos a partir de procesos de investigación y desarrollo (I+D) en instituciones académicas, instituciones científico-tecnológicas, en empresas o en vinculación con ellas, con el objetivo de fortalecer cadenas de valor y que contribuyan al desarrollo productivo y a Emprendimientos con Impacto, entendiéndose como tales, aquellos/as que con sus acciones buscan producir no solo un beneficio económico, sino también mejoras en la sociedad y/o el ambiente de su comunidad

Los Proyectos serán presentados a través de la plataforma DNA2 (https://dna2.produccion.gob.ar). En primera instancia los/las solicitantes presentarán el Formulario Plan de Negocios (Anexo I) y el total de la documentación mencionada en la sección “VIII. Formulación y Presentación de los Proyectos”, junto al link al video de presentación del Proyecto por la misma vía. El plazo para dicha presentación será desde la entrada en vigencia de la presente convocatoria, hasta el día 30 de junio de 2022 a las 18:00 hs.

En última instancia, aquellos proyectos que obtuvieran más de SETENTA (70) puntos, completarán la aplicación a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), presentando la información y documentación requerida por las presentes Bases y Condiciones.

III.I Características generales de los Proyectos:

Los Proyectos deberán encuadrarse dentro de los siguientes objetivos:

a)  De base científica y/o tecnológica, surgidos a partir de procesos de investigación y desarrollo (I+D) en instituciones académicas, instituciones científico-tecnológicas, en empresas o en vinculación con ellas, con el objetivo de fortalecer cadenas de valor y que contribuyan al desarrollo productivo.

b)  De Impacto que contribuyan a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 (ODS 2030). Mejoren o aumenten su/s impacto/s positivo/s local/es, regional/es y/o provincial/es. Generen y/o introduzcan nuevas e innovadoras soluciones con impacto a nivel local, regional y/o provincial. Creación de nuevos productos y/o servicios con impacto que busquen satisfacer las demandas del entramado productivo local.

c)  De innovación que generen desarrollos de servicios tecnológicos y actividades vinculadas a la industria 4.0 y/o innovaciones tendientes a generar cambios que mejoren la productividad y/o competitividad en cadenas de valor y/o sectores productivos.

d)  De innovación para la creación de nuevas líneas de productos/servicios y/o ampliación de la capacidad productiva que brinden soluciones innovadoras que fortalezcan cadenas de valor y que contribuyan al desarrollo productivo.

Los objetivos que se propongan deberán estar debidamente justificados indicando el/los impacto/s esperado/s del proyecto.

La elegibilidad del/la beneficiario/a será determinada sobre la base de la documentación presentada y la factibilidad de los proyectos. El análisis se realizará por orden de ingreso de las postulaciones a la convocatoria.

IV. Duración

Los Proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de CUATRO (4) meses, contado a partir de la monetización del Proyecto en caso de modalidad anticipo o a partir de la aprobación del proyecto en caso de modalidad reintegro; y un plazo de TREINTA (30) días corridos más para su rendición definitiva contados desde la fecha de finalización del periodo de ejecución. Notificada la aprobación del Proyecto, los/las beneficiarios/as podrán iniciar las tareas aprobadas.

V. Aporte No Reembolsable

El aporte no reembolsable (ANR) que la SEPYMEYE destinará a cada uno de los Proyectos seleccionados será de hasta la suma máxima de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000) en el caso de proyectos en estadio de ideación y puesta en marcha; y hasta la suma máxima de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000) en el caso de proyectos en estadio de desarrollo inicial o crecimiento. En ambos casos el ANR cubrirá hasta el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85 %) del monto total de los Proyecto sin el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), con los límites establecidos en el presente documento, debiendo aportar el/la emprendedor/a al menos el QUINCE POR CIENTO (15 %) restante.

A efectos de la presente convocatoria, se consideran en:

a) Estadio de ideación y puesta en marcha a aquellos emprendimientos que se encuentran en proceso de convertir su idea en un proyecto o potencial negocio, en construcción de su propuesta de valor, sin haber realizado su primera venta.

b) Estadio de desarrollo Inicial a aquellos emprendimientos que, habiendo realizado sus primeras ventas, se enfocan en las necesidades de sus clientes y el valor que entrega su modelo de negocios.

c) Estadio de crecimiento a aquellos emprendimientos en marcha, con más de un año de ventas sostenidas en condiciones de consolidar y potenciar sus negocios.

Sólo podrá presentarse UN (1) único proyecto por solicitante en el marco del presente llamado.

VI. Exclusiones

No estarán habilitadas a presentar Py los/as emprendedores/as que:

a) Registren deudas fiscales y/o previsionales exigibles con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA;

b) Posean una participación accionaria extranjera superior al CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO (49 %);

c) Pertenezcan a los sectores de intermediación financiera, de seguros, de servicios profesionales jurídicos y/o contables, y los emprendimientos que presten servicios fiduciarios o fideicomisos;

d) Se hallen en incumplimiento total o parcial de obligaciones del Py u otro tipo de proyectos o planes presentados en Programas existentes en el ámbito de la SEPYMEYE, y habiendo sido notificado formalmente por la Autoridad de Aplicación no han sido subsanados en tiempo y forma;

e) Las personas humanas y/o jurídicas que, en virtud del Proyecto presentado, hubieren aplicado a otra Convocatoria del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME) “PAC” (BID 2923/OC-AR), Subcomponente 3.3 “Apoyo directo a Emprendedores y Empresas jóvenes individuales ” y que registre algún incumplimiento parcial o total.

f) Los/las emprendedores/as cuyos prestadores de servicios de asistencia técnica, o los proveedores de bienes incluidos en las actividades descritas en el Proyecto a presentar en concepto de ANR, se encuentren vinculados laboral, societaria o patrimonialmente con su Empresa/Emprendimiento, o (en caso de corresponder) con sus controlantes o controladas, u ocupen cargos en la misma;

g) Personas Jurídicas que se encuentren en estado de cesación de pagos, sujetos a cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley N° 24.522 o que se encontrarán en causal de disolución.

h) Personas Humanas que hubiesen sido condenadas por cualquier tipo de delito doloso con pena privativa de libertad o inhabilitación, mientras no haya transcurrido un tiempo igual al de la condena.

VII. Gastos financiables

VII.I El Plan de Inversiones podrá contener como máximo DIEZ (10) actividades a financiar, dentro de las cuales podrán ser:

1. Adquisición de activos fijos, maquinarias y/o partes de maquinarias y equipamientos. Todos los bienes deberán ser nuevos y de origen de países miembros del BID.

2. Activos intangibles, licencia de software, alojamiento en servidores, etc. El monto no podrá superar el CUARENTA POR CIENTO (40 %) del ANR.

3. Gastos relacionados a ensayos, normas, estudios, y gastos vinculados con la obtención de registros, homologaciones, habilitaciones y certificaciones, entre otras.

4. Servicios de consultoría para desarrollos tecnológicos, estrategias de comercialización y promoción en medios digitales, para el diseño, desarrollo y reingeniería de procesos, entre otras. El monto no podrá superar el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del ANR.

5. Capital de trabajo incremental vinculados exclusivamente para la ejecución del proyecto hasta el 70% del total del ANR. Este rubro podrá contemplar la adquisición de insumos, equipamiento complementario, dispositivos tecnológicos, materias primas y/o bienes intermedios, salarios brutos de nuevas incorporaciones de personal o subcontrataciones necesarias para la implementación del proyecto.

6. Servicios de asistencia técnica brindada por una Entidad Especializada en Apoyo Emprendedor (EEAE) en el proceso de presentación y ejecución del Proyecto y hasta la rendición de cuentas final por hasta el DIEZ POR CIENTO (10 %) del total del ANR.

7. Gastos vinculados a la Economía de Cuidado. Pago de salarios u de honorarios de personas que se dediquen al cuidado y asistencia de familiares y/o personas a cargo de los/las Emprendedores/as durante el plazo de ejecución del Proyecto y sólo en los casos en que los/las Solicitantes sean personas humanas y destinen tiempo a dichas tareas, condicionando y/o limitando las posibilidades de desarrollo del Emprendimiento. Este rubro podrá contemplar los salarios o los honorarios del personal que desarrolle esta labor, sin incluir el pago de los aportes ni las contribuciones de la seguridad social, a partir del mes de inicio del Proyecto Aprobado. El monto mensual a abonar no podrá superar a la remuneración que establezca la AFIP para el personal que se dedica a la categoría “Cuidado de personas con retiro”. Este rubro no podrá superar el CINCO POR CIENTO (5 %) del total del ANR.

Para todos los gastos del Proyecto, el/la Solicitante deberá presentar presupuesto o factura proforma con el detalle del correspondiente bien o servicio.

Respecto del ítem N° 6, las/los solicitantes deberán presentar en sus proyectos el gasto asociado a la asistencia técnica brindada por parte de una EEAE, siendo éste, a diferencia de los demás, un gasto elegible de incorporación obligatoria en el plan de inversiones del proyecto.

A efecto de la presente Convocatoria, serán consideradas ENTIDADES ESPECIALIZADAS EN APOYO EMPRENDEDOR (EEAE) aquellas asociaciones, fundaciones, instituciones públicas, privadas o mixtas y demás entidades especializadas, con antecedentes comprobables en acompañamiento y asistencia técnica a emprendedores/as y emprendimientos en sus distintos estadios, inscriptas en el Registro Nacional de Incubadoras “INCUBAR”.

Al igual que para el resto de los gastos del Proyecto (Py), el/la Solicitante deberá presentar un presupuesto o factura proforma emitido por la EEAE. El mismo deberá estar acompañado por el Plan de Trabajo de la Entidad (Anexo VI) que contemple las siguientes actividades:

a) Asistencia técnica para la preparación y presentación del proyecto.

b) Asistencia técnica para el seguimiento de la ejecución de las acciones descriptas en el plan de inversiones del proyecto.

c) Implementación de acciones de vinculación y articulación con otros actores del ecosistema para potenciar el impacto, la innovación y los objetivos del proyecto.

d) Fortalecimiento de las capacidades de los/ las emprendedores/as y/o el equipo emprendedor para potenciar las oportunidades, el impacto, la innovación y el cumplimiento de los objetivos del proyecto.

e) Asistencia técnica y administrativa para la preparación y presentación de las rendiciones de gastos asociadas al proyecto.

Respecto de los ítems donde se considere servicios de asistencia técnica, los proveedores deberán ser “Prestadores de Servicio de Asistencia Técnica” (PSAT) inscriptos en el “Directorio de Proveedores de Asistencia Técnica”, previsto en http ://dna2 .producción. gob. ar/dna2bpm/user/login.

Asimismo, en los ítems donde se considere la adquisición de bienes, los/las Solicitantes deberán presentar el certificado de origen de un país miembro del BID y factura pro-forma y/o presupuesto. Los/as proveedores deberán encontrarse inscriptos ante AFIP no se admitirán presupuestos emitidos por personas humanas o jurídicas extranjeras sin CUIT activo en AFIP.

VII. II Por su parte, los siguientes rubros no se considerarán gastos financiables:

a) Adquisición de bienes cuyo país de origen no sea un país miembro del Banco Interamericano de Desarrollo,

b) Bienes usados,

c) Compra de inmuebles y vehículos,

d) Construcción de obras civiles y edificios,

e) Pago de deudas, dividendos o recuperaciones de capital,

f) Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios.

g) Gastos generales y de administración,

h) Pago de obligaciones impositivas, previsionales y financieras,

i) Pago de servicios públicos, impuestos, tasas y/o contribuciones. El monto total del ANR no podrá incluir IVA, salvo aquellos casos de solicitantes a los que no corresponda computar el crédito fiscal de dicho impuesto o cuando la condición del proveedor seleccionado frente al impuesto no admita la discriminación del IVA en sus ventas.

De presentarse gastos que no resulten elegibles, los mismos serán rechazados y no computarán dentro del ANR total.

VIII. Formulación y Presentación de los Proyectos.

Las/los Solicitantes deberán por medio del sistema DNA2 completar el Formulario Plan de Negocios (Anexo I) y el link al video de presentación del Proyecto (Video Pitch) y documentación conforme a la descripción del punto II. La presentación debe incluir:

1) El link al video de presentación del proyecto (Video Pitch),

2) Formulario Plan de Negocios (Anexo I) disponible en la página web de acceso al PROGRAMA.

3) Documentación del proyecto:

a) Factura proforma y/o un presupuesto emitido por los posibles proveedores, con CUIT VIGENTE en AFIP, por cada uno de los conceptos incluidos en el plan de inversiones. El presupuesto correspondiente a los servicios de la Entidad Especializada en Apoyo Emprendedor deberá estar acompañado por el Plan de Trabajo (Anexo VI). Los presupuestos correspondientes a adquisiciones de bienes deberán acompañarse con el certificado de origen de los mismos o nota del proveedor en la que conste el origen de los bienes. Aquellos bienes o servicios cotizados en moneda extranjera serán convertidos a pesos argentinos según el tipo de cambio comprador del Banco Nación a la fecha de emisión del presupuesto solicitado al proveedor correspondiente.

b) Certificado MiPyME vigente.

c) Constancia de la cuenta bancaria actualizada de titularidad del/la Solicitante, acreditando el nombre de la entidad bancaria, sucursal, tipo, número de cuenta y número de C.B.U. (Clave Bancaria Uniforme) de la cuenta bancaria en la cual el/la Solicitante recibirá el desembolso / reintegro en caso de ser su proyecto aprobado.

d) Constancia de Inscripción en AFIP. En la misma deberá verificarse que alguna de las actividades económicas desarrolladas por el solicitante tiene relación directa con el objetivo del proyecto.

e) Carta Compromiso del/la Solicitante (Anexo II), mediante la cual se compromete a cumplir con toda la normativa aplicable, lo que incluye el cumplimiento total de la ejecución del Py en tiempo y forma y reconocer las penalidades ante eventuales incumplimientos.

4) Adicionalmente, deberá presentar:

a) En caso de tratarse de Persona Humana: copia simple de la primera y segunda página del Documento Nacional de Identidad, así como también en la que conste el último domicilio denunciado.

b) En caso de ser una Persona Jurídica: Copia simple del Estatuto vigente, copia simple de la última acta de designación de cargos de su/s representante/s legal/es o apoderado/s con mandato vigente y copia simple de la primera y segunda página del Documento Nacional de Identidad, así como también de la que conste el último domicilio de la autoridad, representante/s legal/es o apoderado/s firmante de la persona jurídica.

Toda la documentación deberá ser completada y enviada por el/la Solicitante a través del sistema DNA2 (dna2.produccion.gob.ar/dna2bpm/) al PROGRAMA quien comunicará su preselección formal y técnica, su desestimación, su rechazo, o el requerimiento de subsanación formal y/o técnica, según corresponda.

En caso que exista observaciones (formales o técnicas) las mismas serán notificadas a través del sistema DNA2. Las respuestas a dichos requerimientos deberán efectuarse en una única presentación a través del sistema DNA2 dentro de los CINCO (5) días hábiles de recibida la comunicación electrónica correspondiente.

Asimismo, el PROGRAMA podrá solicitar una entrevista (virtual) a los fines de profundizar o aclarar los contenidos del Py.

Ante la falta de respuesta a cualquier solicitud y/o requerimiento del PROGRAMA en tiempo y forma, el Py podrá ser desestimado de pleno derecho sin necesidad de intimación previa.

Todas las notificaciones del PROGRAMA a las personas humanas y/o jurídicas que sean efectuadas a través del Sistema DNA2 y/o por vía electrónica serán consideradas válidas a todos sus efectos.

IX. EVALUACIÓN DE PROYECTOS.

Los Py serán calificados en base al Anexo III “GRILLA DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS”, que forma parte integrante de las presentes Bases y Condiciones. Los Py que no alcancen un total de SETENTA (70) puntos conforme con los criterios establecidos en el mencionado Anexo, serán rechazados.

Los Py serán objeto de una evaluación por parte de la coordinación del componente 3 a cargo del Director de Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor, en la cual se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

a) Factibilidad del Proyecto:

1.   Factibilidad Técnica del proyecto: Determina si el proyecto presenta un equipo emprendedor con los conocimientos, habilidades y/o herramientas necesarias para llevar a cabo el proyecto

2.   Factibilidad Económica Financiera del proyecto: Determina si el proyecto es económicamente viable y factible; y razonabilidad del plan de inversiones.

3.   Factibilidad Comercial: Se analizará el producto y/o servicio, el público objetivo, el mercado y la competencia.

b) Grado de Innovación científico-tecnológico del proyecto:

1.   Se evaluará la tecnología implementada/utilizada/desarrollada en relación a la existente en el mercado nacional e internacional

2.   Se evaluará el impacto de la innovación o tecnología en el sector productivo en términos de mejora productiva.

3.   Se analizará si el proyecto posee impacto ambiental y/o social

c) Equipo de Trabajo:

1.   Se evaluará el carácter interdisciplinario del equipo de trabajo y su pertinencia para ejecutar el proyecto.

2.   Se valorará una conformación equitativa en términos de género.

3.   Se valorará que el emprendimiento incluya a trabajadores con discapacidad.

La evaluación inicial de los Py será realizada por la Coordinación del “Componente 3 Apoyo a nuevas empresas”, a cargo del Director de Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor, en DOS (2) etapas. En la primera se revisará el cumplimiento de los criterios de elegibilidad, como así también, de los aspectos formales de información y consistencia requeridos como condición sine qua non para su presentación. En la segunda etapa se analizará el proyecto bajo los criterios de evaluación de la grilla del Anexo III.

Una vez declarada la viabilidad formal y técnica de un Py, el Coordinador del Componente 3, representado por el Director de Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor, elaborará un dictamen de carácter no vinculante junto a una nota de elevación al Comité de Preselección informando los proyectos recomendados para preselección y proyectos ingresados que fueron rechazados bajo los criterios de evaluación de la grilla del Anexo III. El Comité de Preselección, estará conformado por el Director Nacional del PROGRAMA, la Subsecretaría de Emprendedores, el Director Nacional de Apoyo al Desarrollo Emprendedor, el Director de Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor y la Coordinación General del PROGRAMA.

El Comité emitirá un Acta en la cual pre seleccionará técnicamente a los Py. La Coordinación del Componente 3, a cargo del Director de Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor, comunicará vía electrónica (sistema DNA2) las condiciones de la pre selección. Del mismo modo serán notificados los proyectos que resulten rechazados bajo los criterios de la grilla de evaluación.

La notificación tanto de preselección total o parcial, como de rechazo del PY contendrá los puntos aprobados y/o rechazados del Plan de Actividades, el porcentaje de financiamiento y el monto de ANR a asignar al Py.

Dentro de los CINCO (5) días hábiles posteriores a dicha notificación, el/la Solicitante deberá manifestar enforma expresa, por medio de DNA2, a la Coordinación del Componente 3, a cargo del Director de Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor, su conformidad con dicha preselección parcial o total. En caso de que el/la Solicitante no responda dentro del plazo indicado, el Py se considerará preseleccionado en los términos y con los alcances resueltos por el Comité de Preselección de PY. Si el/la Solicitante rechazare la preselección parcial, el Py se considerará desestimado de pleno derecho y se dispondrá, sin más, el archivo de las actuaciones.

Una vez comunicada la preselección, el/la Solicitante deberá presentar la documentación respaldatoria conforme lo dispuesto en el presente Documento Ejecutivo.

X. Presentación de Documentación Respaldatoria.

Las/los Solicitantes con Py preseleccionados técnicamente por el PROGRAMA deberán presentar vía TAD dentro de los DIEZ (10) días hábiles contados a partir de la comunicación de preselección técnica el total de la documentación enunciada en el apartado VIII. Formulación y Presentación de los Proyectos, de las presentes Bases y Condiciones.

Además, el solicitante deberá contar con el número de inscripción en el RUMP (Registro Único de la Matriz Productiva (https://www.argentina.gob.ar/inscribirse-al-registro-unico-de-la-matriz-productiva-rump) aprobada por la Resolución N° 328 de fecha 30 de junio de 2021 y sus modificatorios y complementarias).

Las presentaciones de esta documentación deberán efectuarse de acuerdo a los modelos y en los plazos previstos en las presentes Bases y Condiciones a través de la Plataforma Trámites a distancia (TAD).

El/la Solicitante deberá registrar en el sistema DNA2 el número de expediente generado por TAD una vez realizado el envío de la documentación.

La falta de presentación de documentación, en tiempo y forma, podrá implicar la desestimación del Py de pleno derecho, sin necesidad de intimación previa.

XI- Aprobación.

A partir de la presentación de la documentación por TAD de los Py pre-seleccionados con la documentación respaldatoria correspondiente, el equipo técnico del PROGRAMA realizará la evaluación de la misma, la cual puede resultar aprobada, observada o rechazada. De conformidad a lo previsto en el Reglamento Operativo del PROGRAMA (Resolución N° 32/2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO) la aprobación o rechazo será realizada por la Coordinación General del PROGRAMA.

Previo a la aprobación o rechazo de proyectos, la Coordinación General del PROGRAMA podrá requerir al coordinador del componente 3, representado por el Director de Desarrollo y Promoción del Financiamiento Emprendedor, mayor información y/o correcciones a los Py. El equipo técnico requerirá por TAD la información al solicitante, el cual tendrá un plazo máximo de CINCO (5) días hábiles para enviar la información adicional o bien para realizar las correcciones que correspondieren, caso contrario se tendrá por desistida la solicitud.

Aquellos Proyectos preseleccionados que cumplan con los criterios de elegibilidad; obtengan SETENTA (70) puntos o más, conforme la grilla contenida en el Anexo III de la presente, y cuya documentación respaldatoria sea correcta, resultarán pre aprobados conformándose un orden de mérito en función del puntaje recibido, hasta alcanzar el límite del cupo presupuestario disponible. En caso de que DOS (2) o más proyectos obtengan el mismo puntaje y el cupo presupuestario disponible no sea suficiente para satisfacer dichas solicitudes, las mismas se priorizarán por orden de ingreso. Tanto la aprobación como el rechazo  serán realizados por la Coordinación General del PROGRAMA y comunicadas al solicitante a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD).

XII - Desembolsos, rendición y evaluación

XII.I Desembolso:

El desembolso podrá realizarse mediante las modalidades de anticipo o reintegro siendo el/la beneficiario/a quien decida entre estas opciones una vez que se le comunique la aprobación del Py mediante la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD).

La modalidad de anticipo, deberá ser de UN (1) desembolso por la totalidad de la asistencia. En dicho caso el/la beneficiario/a deberá constituir y presentar vía TAD dentro de los DIEZ (10) días hábiles de notificada la aprobación del proyecto un seguro de caución a favor del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME) “PAC” (BID 2923/OC-AR), por el valor del ANR, siendo este un requisito previo a la realización del desembolso.

En todos los casos los desembolsos se efectivizarán en la cuenta declarada por el/la beneficiario/a en la instancia “Presentación de Proyectos vía TAD”.

El/la beneficiario/a se compromete a realizar el Plan de Inversiones en los términos aprobados. En el caso que deban modificarse las actividades y/o proveedores, los cambios no podrán alterar ni modificar sustancialmente al objetivo general del Proyecto oportunamente aprobado. Dichos cambios deberán ser informados antes de su ejecución, al Equipo técnico del PROGRAMA. A tal fin, el/la beneficiario/a deberá solicitar su autorización para proceder a la ejecución de las actividades conforme las modificaciones solicitadas a través del Sistema DNA2. El equipo técnico del PROGRAMA analizará la viabilidad y razonabilidad de lo solicitado y elevará a la Coordinación General del PROGRAMA a fin de solicitar su aprobación o rechazo dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles. Una vez recibida la autorización por parte de la Coordinación General del PROGRAMA se notificarán a través del sistema DNA2, dichos cambios serán incorporados al expediente adjuntando la correspondiente justificación, nuevos presupuestos e información necesaria que considere la Coordinación General del PROGRAMA. No se reconocerán los gastos realizados sin la previa autorización antes mencionada.

XII.II Rendición:

La rendición de cuentas deberá remitirse en una sola presentación, atendiendo al “Instructivo de Rendición de Cuentas” disponible en la página web del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO acompañando los correspondientes formularios y comprobantes de gastos e inversiones realizados y los Productos Verificables de las actividades realizadas.

La documentación a presentar vía DNA2 será la siguiente:

a)  Facturas de compra de los bienes o servicios adquiridos, remitos, en caso de corresponder, comprobantes de transferencia bancaria a cada proveedor o copia de cheque propio cancelatorio de la inversión con extracto bancario que verifique el débito. Las transferencias deberán emitirse desde una cuenta bancaria a nombre del beneficiario del ANR, pudiendo ser titular o cotitular de la misma.

b)  Constatación de CAE de las facturas presentadas, la consulta se puede realizar al siguiente lik: https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/comprobantes/cae.aspx

c)  Certificación contable de la rendición según (ANEXO IV)

d)  Producto Verificable de la inversión realizada, según lo establecido en el PLAN DE INVERSIONES del Plan de Negocio (ANEXO I) aprobado:

o Registro fotográfico del bien o producto en sede productiva del emprendimiento.

o Informe detallado del Plan de trabajo realizado por el proveedor de asistencia técnica, consultoría.

o Recibos de sueldos por los salarios de los trabajadores/as y alta de AFIP de los mismos.

o Formulario F931 con los correspondientes comprobantes de pago.

o Recibos de sueldo y Formulario 102 de Afip, en caso de corresponder.

o Informe detallado del plan de acompañamiento de la EEAE.

o Otros. Cualquier otro verificable que demuestre la ejecución de las actividades aprobadas, conforme lo establecido en el PLAN DE INVERSIONES del PROYECTO aprobado.

El plazo máximo para presentar la rendición es de TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha prevista de finalización del periodo de ejecución.

Si el/la beneficiario/a optase únicamente por el sistema de reintegro, deberá presentar una única rendición con el objeto de recibir el correspondiente reembolso.

XII.III Evaluación de las rendiciones:

Si la documentación presentada no se ajustara a lo establecido en las presentes bases y condiciones y/o los Productos Verificables no fueran aceptables, el equipo técnico del PROGRAMA podrá realizar las observaciones pertinentes a través del Sistema DNA2 dando a emprendedores y emprendedoras un plazo de CINCO (5) días hábiles para subsanar las observaciones efectuadas. Ante la falta de respuesta, o si su presentación fuese extemporánea o incompleta, El PROGRAMA podrá:

(i) Rechazar parcialmente la rendición y exigir el reembolso del ANR anticipado no aprobado,

(ii) Rechazar totalmente la rendición y pedir el reembolso del ANR anticipado.

En los casos en que el/la beneficiario/a incumpla el requerimiento de reembolso del ANR anticipado, el PROGRAMA podrá ejecutar el seguro de caución presentado en su favor por el monto total de las actividades rechazadas.

En cualquiera de estos casos, el PROGRAMA tiene la potestad de desestimar la rendición y el/la emprendedor/a nada tendrá para reclamar.

Con el informe técnico de rendición pre aprobado se notifica por DNA2 y se habilita al beneficiario/a a cargar en la plataforma TAD los mismos comprobantes que cargo en DNA2. Desde el PROGRAMA se verificará la consistencia de la documentación remitida vía TAD y la Coordinación General del PROGRAMA podrá aprobar o rechazar la documentación enviada por TAD.

XIII. Incumplimientos:

En caso de verificarse algún incumplimiento a lo dispuesto en las presentes bases y condiciones El PROGRAMA podrá disponer la caducidad parcial o total del beneficio. En particular, los siguientes incumplimientos ameritan devoluciones totales o parciales.

Incumplimientos que ameriten DEVOLUCIONES PARCIALES:

a) Reticencia en brindar a la SEPYMEYE la información solicitada y/o exhibir la documentación requerida, o bien a dar cumplimiento a las acciones que requiera la auditoría dentro de los DOS (2) años de finalizado el proyecto.

b) La documentación presentada por el/la beneficiario/a que no cumpla con los requisitos formales y/o de plazos de presentación establecidos en estas bases y condiciones, en el Reglamento Operativo del PROGRAMA (Resolución N° 32/2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO) y/o en la normativa vigente.

Incumplimientos que ameritaría DEVOLUCIONES TOTALES:

a) Inejecución y/o subejecución verificadas de la actividad, excepto que se trate de una reprogramación comunicada con antelación y debidamente aprobada en los términos de las presentes bases y condiciones.

b) Cuando la actividad en ejecución difiere sustancialmente de la informada y/o rendida.

c) Cuando el/la beneficiario/a no realice las rendiciones en los plazos y condiciones previstos en las presentes bases y condiciones.

El acto administrativo que imponga sanciones que impliquen la pérdida parcial y/o total del beneficio asignado será notificado por medio fehaciente.

XIV. Verificación y Auditoría

El PROGRAMA podrá, en cualquier instancia de la ejecución del Py, verificar “in situ” las actividades realizadas en el marco del mismo, con el objeto de constatar el cumplimiento, ejecución e impacto. El/la beneficiario/a deberá disponer de todos los medios necesarios para facilitarle al PROGRAMA o a quien éste designe, el desarrollo de las tareas de verificación y auditoría y proveer toda la información que solicite.

XV. Responsabilidades de las partes

Todos los actos que deba realizar el/la emprendedor/a por sí o por apoderado, para llevar adelante las acciones comprometidas en el Py, serán realizados en su nombre y por su cuenta y riesgo, sin que pueda actuar en ningún caso en representación o por mandato de la SEPYMEYE y/o del ESTADO NACIONAL.

En virtud de ello el/la EMPRENDEDOR/A asume, en forma única y exclusiva, total responsabilidad sobre las acciones que realice. Asimismo, adquirirá de forma exclusiva las obligaciones que contraiga con motivo de la contratación de personas, locación de servicios, bienes y/u obras, adquisiciones, y/o cualquier otra, sin excepción alguna, vinculadas directa o indirectamente con las acciones comprometidas en el Py. El/la EMPRENDEDOR/A indemnizará, defenderá y mantendrá indemne por cuenta propia a la SEPYMEYE y/o al ESTADO NACIONAL de y contra toda acción judicial, reclamación, demanda y responsabilidad de cualquier índole, lo que incluye reclamaciones y responsabilidades relacionadas con las leyes laborales vigentes. La presentación, recepción y evaluación del Py no generan de por sí derecho alguno a favor del/la Solicitante.

XVI. Aceptación de las Bases y Condiciones de la Presente Convocatoria

La presentación del Py importa la adhesión por parte del/la EMPRENDEDOR/A a las presentes Bases y Condiciones ad hoc PAC EMPRENDEDORES/AS 2022, en el marco del Documento Ejecutivo del Préstamo BID 2923 OC/AR, el Reglamento Operativo aprobado mediante Resolución N° 32/2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y demás normativa vigente del PROGRAMA, así como el reconocimiento y responsabilidad respecto de:

a) La veracidad de toda la información consignada sobre el/la Emprendedor/o Emprendimiento, sus características económicas, societarias contables y fiscales;

b) La validez y autenticidad de toda la documentación presentada;

c) La ejecución de todas las actividades incluidas en el Proyecto de acuerdo al cronograma establecido en el mismo, a los fines de obtener los resultados previstos en tiempo y forma;

d) El cumplimiento de los requerimientos formulados por la Autoridad de Aplicación del PROGRAMA de acuerdo con lo que se establece en el presente Documento Ejecutivo, el Reglamento Operativo del PROGRAMA y demás normativa vigente;

e) Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad tanto en las instalaciones como respecto de las actividades relacionadas con la gestión del Proyecto;

f) Asumir con fondos propios los incrementos que pudieran surgir en caso de que los presupuestos presentados oportunamente sufrieran incremento en los precios, al momento de la efectiva contratación/adquisición del servicio/bien incluido en el Py;

g) Llevar a cabo todas las acciones necesarias para que los Proveedores de Bienes y Servicios cumplan con sus obligaciones en tiempo y forma según lo estipulado en el Proyecto; y

h) Brindar información sobre el proyecto hasta DOS (2) años después de finalizado para el seguimiento por parte del PROGRAMA.

XVII. Comunicaciones - Notificaciones

Todas las comunicaciones/notificaciones del PROGRAMA que sean efectuadas a través del Sistema DNA2 y/o por vía electrónica y/o por TAD, en caso de corresponder, a los domicilios/correos informados por las personas humanas/jurídicas al momento de presentar el Py serán consideradas válidas a todos sus efectos.


Anexo I: Formulario Plan de Negocios

PROYECTO

a) Describa qué problema va a resolver el producto/servicio y cuál es la oportunidad de negocios.


b) ¿Qué producto/servicio va a desarrollar? ¿Es nuevo en la región?

Para aquellos Emprendimientos Innovadores: Describir las principales funciones en sus productos o servicios y para aquellos Emprendimientos de Base Científica y/o Tecnológica: Describir los procesos de investigación y desarrollo (I+D). En caso de tenerlo, ¿Es el primer producto o servicio en entrar al mercado objetivo? ¿Reemplaza parcial o totalmente a algún producto ya existente?


c) ¿Quiénes son los competidores directos e indirectos?


Nombre / Razón Social, Directo o Indirecto, descripción (50 palabras) y link al sitio del competidor (si lo tiene/conoce) Describa las ventajas competitivas del producto/servicio, considerando las siguientes preguntas: ¿Qué rasgos distinguen al producto/servicio del proyecto con relación a los competidores? ¿La producción se realiza con personal especializado, nueva tecnología, insumos a menores costos o algún otro recurso diferenciador?


d) ¿Cuáles son los canales de comunicación y las herramientas de promoción que usa actualmente o usará para dar a conocer el producto/servicio y atraer a los potenciales clientes? Sitio Web

Redes sociales, Medios de comunicación tradicionales, Marketing directo, Eventos y experiencias, Relaciones públicas, otros.


e) Estadio del proyecto

estadio de ideación y puesta en marcha

estadio de desarrollo inicial o crecimiento



f) Especifique las licencias, habilitaciones, permisos, homologaciones y/o certificaciones aplicables al proyecto, sean o no de carácter obligatorio. Mencione la entidad otorgante de las licencias, habilitaciones, permisos, homologaciones y/o certificaciones y si cuenta con las mismas.


g) Describa cual es la tecnología, innovación o conocimiento específico en la que se basa el desarrollo de tu proyecto.


h) Describa el sector productivo donde su proyecto genera una innovación y el grado de aceptación en dicho mercado


i) Para determinar la escalabilidad. Indicar: ¿Cuál es la escala actual de tu emprendimiento? Local, Provincial, Regional, Nacional, Internacional


j) Indica cuáles son los impactos del proyecto ¿Qué impacto tendrá el proyecto en las cadenas productivas de valor? En la generación de valor agregado, Impacto en innovación, impacto Científico Tecnológico, Impacto Económico local, Impacto económico regional, impacto económico global


k) ¿Cuáles son las fuentes de financiación que utilizará tu proyecto además del aporte no reembolsable de PAC EMPRENDEDORES en el próximo año? Ahorro personal propio o de socios, Reinversión de ganancias, Programas del Estado, Préstamos de terceros, Créditos personales de bancos, Créditos empresariales de bancos, Créditos de proveedores, Inversión Ángel / Venta acciones (equity) ,Inversión de una Aceleradora.


l) ¿Con qué recursos financiarán la contraparte del proyecto, el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el pago del seguro de caución?


m) Describa el equipamiento que solicita al PAC y cómo éste impacta en la capacidad productiva de su emprendimiento.


n) ¿Quién es el usuario / consumidor de tus productos/servicios? Consumidores finales, Empresas, Gobiernos, Instituciones, otros


EQUIPO DE TRABAJO

a) Describa como está conformado el equipo emprendedor, que funciones y tareas cumplen los distintos integrantes y cuál es la motivación principal para emprender el proyecto


b) De los roles claves para llevar adelante el proyecto ¿Cuáles ya están cubiertos y cuáles faltan cubrir? ¿Cómo planea cubrirlos?


c) ¿Cuántas mujeres participan en el emprendimiento? ¿Qué grado de participación tienen? (socias, gerenciamiento, empleadas, proveedoras, etc.)


d) ¿Participan en el emprendimiento personas con capacidades diferentes? ¿Qué grado de participación tienen? En caso de ser afirmativa indique código CUD (Certificado Único de Discapacidad)


PLAN DE INVERSIONES

PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PRÉSTAMO BID 2923/OC-AR
PAC EMPRENDEDORES - LÍNEA 2022 (ANR)

PLAN DE INVERSIONES DETALLADO

Importante:

1) Los presupuestos y las facturas pro forma deberán estar emitidas de acuerdo a la condición que revista el Emprendedor y el proveedor frente al IVA. Es decir, el monto del presupuesto deberá incluir el IVA sólo en aquellos casos en que los Emprendedores no puedan computar el crédito fiscal de dicho impuesto, o cuando la condición del proveedor seleccionado frente al impuesto no corresponda la discriminación del IVA en sus ventas. En caso contrario, el IVA deberá estar discriminado y será excluido del monto total del Beneficio solicitado, debiendo ser abonado por el Emprendedor en caso de que el proyecto resulte aprobado.

2) En los casos en que los presupuestos sean emitidos en moneda extranjera, el tipo de cambio que deberá ser utilizado para la conversión a Pesos Argentinos será el del Banco de la Nación Argentina “cotización billete” para “personas” -si se trata de una persona humana- y “cotización billete” para “empresas” si se trata de una persona jurídica, correspondiente a la fecha de emisión del presupuesto y/ o la factura pro forma presentada.




Aquellos emprendedores que debido a su condición fiscal, no puedan computar como crédito fiscal el Impuesto al Valor Agregado contenido en el monto de las inversiones, o cuando la condición del proveedor seleccionado frente al impuesto no corresponda la discriminación del IVA en sus ventas, deberán establecer el monto final de cada una de las inversiones en la columna Precio total sin IVA

FLUJO DE FONDOS

a) Ingresos por ventas

Plan de ventas para los próximos 3 años. Indicar por cada Producto:____(en el caso de ser más de un producto se debe agregar descripción por cada uno) Cantidad de venta estimada, Precio de venta al cliente, Ingreso por venta.


b) Costos

Determine los costos asociados al proyecto. Diferencia entre costos fijos y variables. Mencione cual es el costo unitario del producto/servicio en los primeros TRES (3) años. Realice las aclaraciones necesarias de los conceptos contemplados en la estructura de costos del proyecto.


c) Punto de Equilibrio

Determine cuál es el volumen de venta necesario para poder cubrir todos tus costos


Anexo II: Carta Compromiso

CARTA COMPROMISO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO

PAC Emprendedores 2022

Ciudad de..........,......de.........de 2022.

Sres. PROGRAMA PAC (Préstamo BID 2923/OC-AR).

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Referencia: PN N°.:........./2022

Por medio de la presente, manifiesto conocer, entender y aceptar en su totalidad la normativa aplicable al Proyecto / Plan presentado en el marco de la presente Convocatoria. En especial, me comprometo a tener siempre presente y cumplir lo que a continuación enumero, en instancia de postulación y en el caso que el proyecto resultase aprobado:

1) Realizar los máximos esfuerzos para completar la ejecución total de PROYECTO en el plazo y las condiciones que se otorguen, reconociendo la importancia que supone la ejecución total en tiempo y forma de los fondos comprometidos a partir de la aprobación del mismo, dado que el no cumplimiento de esto supone una limitación para otro/a EMPRENDEDOR/A potencial beneficiario/a de la convocatoria especial del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

2) Realizar los máximos esfuerzos para alcanzar los objetivos planteados, adquiriendo los mismos bienes y servicios en cuanto a cantidad y calidad que resulten aprobados, aun cuando los proveedores no mantuvieran los precios de las ofertas. Consecuentemente, manifiesto que serán afrontados con recursos propios las eventuales diferencias de valor que surjan, entre los montos expresados en los presupuestos oportunamente presentados y los que fuesen aprobados en el marco de la convocatoria, y los valores en pesos argentinos al momento de la adquisición de los bienes y/o servicios detallados en dicho proyecto.

3) Conocer lo dispuesto en el Presente Régimen Especial del PAC, y en especial, todo lo referido a los posibles incumplimientos y penalidades según lo dispuesto en la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO (punto F de la sección II - Disposiciones Generales).

4) Conocer que el PROGRAMA, para los PROYECTOS no concluidos, podrá limitar el ingreso a nuevas presentaciones en nuevos llamados y/o etapas sucesivas.

5) Declaro bajo juramento que ni los Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica, ni los Proveedores de bienes incluidos en las actividades descritas en el Proyecto presentado, se encuentran vinculados laboral, societaria o patrimonialmente con nuestro Emprendimiento, ni (en caso de corresponder) con sus controlantes o controladas, ni ocupan cargos en la misma.

6) Conocer y aplicar fielmente el instructivo proporcionado por la Autoridad de Aplicación del PROGRAMA para la rendición de las solicitudes de adelantos.

7) Brindar información tanto al PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) como a la auditoría.

8) Asimismo, declaro bajo juramento que no me encuentro contemplado por ninguna de las siguientes causales de exclusión:

a) Aquellos que registren deudas fiscales y/o previsionales exigibles con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

b) Los que posean una participación accionaria extranjera superior al CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO (49 %).

c) Pertenezcan a los sectores de intermediación financiera, de seguros, de servicios profesionales jurídicos y/o contables, y los emprendimientos que presten servicios fiduciarios o fideicomisos.

d) Se hallen en incumplimiento total o parcial de obligaciones del Py u otro tipo de proyectos o planes presentados en Programas existentes en el ámbito de la SEPYMEYE, y habiendo sido notificado formalmente por la Autoridad de Aplicación no han sido subsanados en tiempo y forma.

e) Las personas humanas y/o jurídicas que, en virtud del Proyecto presentado, hubieren aplicado a otra Convocatoria vigente del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME) “PAC” (BID 2923/OC-AR), Subcomponente 3.3 “Apoyo a Emprendedores y Empresas Jóvenes”.

f) Los/las emprendedores/as cuyos prestadores de servicios de asistencia técnica, o los Proveedores de bienes incluidos en las actividades descritas en el Proyecto a presentar en concepto de ANR, se encuentren vinculados laboral, societaria o patrimonialmente con su Empresa/Emprendimiento, o (en caso de corresponder) con sus controlantes o controladas, u ocupen cargos en la misma.

g) Personas Jurídicas que se encuentren en estado de cesación de pagos, sujetos a cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley N° 24.522 o que se encontrarán en causal de disolución.

h) Personas Humanas que hubiesen sido condenadas por cualquier tipo de delito doloso con pena privativa de la libertad o inhabilitación, mientras no haya transcurrido un tiempo igual al de la condena.

9) En razón de lo expuesto, ratifico los compromisos asumidos por medio de la presente.

Firma, sello y aclaración

Anexo III: Grilla de Evaluación

“TABLA DE PUNTAJE PARA LA CALIFICACIÓN DE PROYECTOS”

Referencia: PAC Emprendedores 2022





ANEXO IV: Certificación Contable

MODELO DE CERTIFICACIÓN CONTABLE RENDICIÓN DE ACTIVIDADES PROYECTOS

RENDICIÓN DE APORTE LOCAL MONETARIO Y ANR

PROGRAMA" PAC Emprendedores 2022 "(Préstamo BID 2923/OC-AR).

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Señores

[Razón Social.]

[C.U.I.T....]

[Domicilio Legal..]

[Localidad.]

Explicación del alcance de una certificación

En mi carácter de Contador Público independiente, a su pedido y para su presentación ante el “PAC EMPRENDEDORES 2022” emito la presente certificación conforme con lo dispuesto por las normas incluidas en la sección VI de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique mi tarea.

La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constatación con registros contables y otra documentación de respaldo. Este trabajo profesional no constituye una auditoría ni una revisión y, por lo tanto, las manifestaciones del contador público no representan la emisión de un juicio técnico  respecto de la información objeto de la certificación.

Detalle de lo que se certifica

Detalle de Imputación de Facturas y/o recibos y/o constancias de transferencias bancarias de/los gastos, que forma parte de la RENDICIÓN del ANR (anticipo o reintegro, según corresponda, correspondiente al PROYECTO aprobado con N° de expediente presentado en el marco del “PAC EMPRENDEDORES 2022”, preparada por (Nombre del/ la emprendedor/a), bajo su exclusiva responsabilidad, el cual se incluye a continuación al solo efecto de su identificación con esta certificación:



*En caso de corresponder



Alcance específico de la tarea realizada


Mi tarea profesional se limitó únicamente a:

1) Cotejar la información incluida en la sección Detalle de lo que se Certifica con los registros contables (Incluir detalle de números de asiento del Libro Diario, fecha y número de rúbrica del libro, en caso de corresponder) y comprobantes correspondientes.

2) Verificar que en todos los comprobantes incluidos en el detalle citado (facturas, remitos, recibos, constancias de transferencias bancarias y todo otro documento) se haga referencia a que corresponden a servicios/bienes efectivamente recibidos en el marco de la rendición presentada.

3) Verificar que el pago total de los servicios y/o bienes correspondientes haya sido efectuado por transferencia bancaria, con el correspondiente débito de la cuenta del Beneficiario, de acuerdo a lo estipulado por las normas vigentes (consignar con qué documentación se ha constatado, por ejemplo, recibo de pago en el que se identifique el débito de los fondos en el respectivo extracto bancario; o recibo de pago, comprobante de transferencia de fondos a la cuenta del C.U.I.T. del acreedor y débito de los fondos en el respectivo extracto bancario).

4) Verificar que las retenciones de impuestos nacionales, provinciales y/o municipales efectuadas, si existieran, se hayan depositado en los organismos recaudadores respectivos de acuerdo a lo estipulado por las normas pertinentes (consignar con qué documentación se ha constatado, por ejemplo, formulario F 744 SICORE y comprobante de pago).

5) Verificar que la documentación de respaldo de las operaciones (remitos, facturas, recibos y todo comprobante respaldatorio de gastos) sean válidos en los términos de la normativa aplicable vigente.

6) Verificar con el extracto bancario correspondiente que la titularidad de la cuenta bancaria N° xxxxxxxxxxxx, C.B.U. N° xxxxxxxxxxxx del BANCO XXXXXX a la cual se transfirió el ANR del Programa, corresponde a.............................(Nombre del Emprendedor/a ).

Manifestación del contador público

Sobre la base de las tareas descriptas certifico que:

1) La información incluida en la declaración citada en la sección Detalle de lo que se certifica surge de los registros contables y comprobantes correspondientes.

2) En todos los comprobantes incluidos en el detalle citado, se hace referencia que corresponden a servicios/bienes efectivamente recibidos en el marco del Expediente Aprobado N° .................................. presentado por el/la EMPRENDEDOR/A (nombre del Beneficiario)....................................

3) El pago total de los servicios y/o bienes correspondientes se efectuó por transferencia bancaria, según los débitos registrados en la cuenta bancaria N° xxxxxxx, de acuerdo a lo estipulado por las normas vigentes.

4) Las retenciones de impuestos nacionales, provinciales y/o municipales efectuadas, en caso de existir, se han depositado en los organismos recaudadores respectivos de acuerdo a lo estipulado por las normas pertinentes.

5) La documentación de respaldo de las operaciones (remitos, facturas, recibos y todo comprobante de gastos) son válidos en los términos de la normativa aplicable vigente.

6) La titularidad de la cuenta bancaria N° xxxxxxxxxxxx, C.B.U. N° xxxxxxxxxxxx del BANCO XXXXXX a la cual se transfirió el ANR del Programa, corresponde a.............................(Nombre del Emprendedor/a ).

Lugar y Fecha

Firma y sello del profesional

Anexo V: Plan de trabajo de la EEAE





ANEXO VI: Flujo de Fondos


PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PRÉSTAMO BID 2923/OC-AR PAC EMPRENDEDORES





IF-2022-48948494-APN-SSE#MDP