MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 631/2022
RESOL-2022-631-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2022
VISTO el EX-2022-48140995-APN-DGD#MT, la Ley de Ministerios N° 22.520
(t.o. por el Decreto N° 438/1992) y sus modificatorias, la Ley Nacional
de Empleo N° 24.013, la Resolución MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL Nº 268 de fecha 27 de mayo de 2021.
CONSIDERANDO
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Nº 268 de fecha 27 de mayo de 2021 se creó el “PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL” en
el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO
LABORAL.
Que en el marco de la Línea de acción 1 denominada “Formación para
Promotores Territoriales de Infancias Libres de Trabajo Infantil”, se
prevé la posibilidad de otorgar un incentivo económico a las personas
que resulten seleccionadas para participar del PROGRAMA.
Que por los artículos 4° y 5° de la referida Resolución se estableció
que el listado de potenciales destinatarios/as del PROGRAMA debe ser
aprobado por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL y se determinó el respectivo incentivo económico en la suma de
PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-).
Que por razones de celeridad, economía, sencillez y eficacia en los
trámites, cabe encomendar la aprobación de los destinatarios del
incentivo económico establecido en el Artículo 4º de la precitada
Resolución a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO
LABORAL, en su calidad de Autoridad de Aplicación del PROGRAMA.
Que a los fines de garantizar el cumplimiento de los objetivos
propuestos para la implementación del “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO
FEDERAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL” corresponde
actualizar el monto determinado para el incentivo económico en la suma
de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) mensuales por el plazo de SIETE (7)
meses de duración del curso de “Formación para Promotores Territoriales
de Infancias Libres de Trabajo Infantil”.
Que la SECRETARÍA DE TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION DE ADMINISTRACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO,
dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y PROGRAMACION
FINANCIERA, se ha expedido favorablemente respecto de la factibilidad
presupuestaria de la presente medida.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Leyes N° 24.013 y 22.520 (Texto Ordenado por Decreto No 438/92)
y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el ARTÍCULO 4° de la Resolución del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 268 de fecha 27 de
mayo de 2021 por el siguiente:
“ARTÍCULO 4°.- La nómina de las personas seleccionadas como potenciales
destinatarios/as del incentivo económico establecido en el Artículo 3°,
será aprobada por acto administrativo emanado de la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el ARTÍCULO 5° de la Resolución del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 268 de fecha 27 de
mayo de 2021 por el siguiente:
“ARTÍCULO 5°.- El incentivo económico previsto por la presente
Resolución, consistirá en el pago mensual no remunerativo de PESOS
QUINCE MIL ($15.000) por el plazo de SIETE (7) meses de duración del
curso de “Formación para Promotores Territoriales de Infancias Libres
de Trabajo Infantil”.”.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Omar Moroni
e. 24/05/2022 N° 36780/22 v. 24/05/2022